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Documento BOE-A-1996-8397

Resolución de 28 de febrero de 1996, del Instituto de Turismo de España, por la que se anula el título-licencia de agencia de viajes minorista a «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima», con el código identificativo de Euskadi (CIE número 2.101).

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 13 de abril de 1996, páginas 13688 a 13688 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1996-8397

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo; la Orden de 14 de abril de 1988, y la Ley 21/1995, de 6 de julio, regulan las actividades propias de las agencias de viajes y;

Resultando que una vez cumplidos los trámites reglamentados por la Orden de 2 de marzo de 1993, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 28 de abril, se concedió a «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima» el título-licencia de agencia de viajes minorista CIE número 2.101 y casa central en Bilbao, Bidebarrieta, 14, 2.º, departamento 1;

Resultando que en escrito de fecha 4 de mayo de 1995, la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «La Caixa» de gran vía López de Haro, 38, de Bilbao, comunica a la Dirección General de Estrategia Turística, que ha cancelado el aval suscrito con «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima» por impago de la prima correspondiente;

Resultando que la Dirección General de Estrategia Turística con fecha 15 de junio de 1995 se dirigió por escrito a «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima» comunicándole que «La Caixa» había cancelado el aval, y dado que el precitado escrito fue devuelto por Correos, se cursó otro con fecha 2 de octubre de 1995, a la Delegación Territorial del Departamento de Comercio, Consumo y Turismo del Gobierno Vasco en Vizcaya, para que, a través de su Servicio de Inspección, se comprobase la situación de «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima»;

Resultando que la Delegación Territorial con fecha 14 de noviembre contesta por escrito, al que se une el informe de su Servicio de Inspección, donde se dice: Que en el número 14 de la calle Bidebarrieta de Bilbao, no existe ningún local en el que se ejerza la actividad de agencia de viajes bajo la denominación de «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima» y la propuesta de revocación de su título-licencia;

Considerando que «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima» han incurrido en dos infracciones muy graves que se contemplan con la revocación del título-licencia a tenor de lo dispuesto en el artículo 12, apartados c) y f) de las normas reguladoras aprobadas por la Orden de 14 de abril de 1988.

En su virtud esta Presidencia, en uso de las competencias establecidas por el Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas, aprobado por el Decreto 231/1965, de 14 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero); por el Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco; por el Real Decreto 1289/1993, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31), por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Comercio y Turismo; por el Real Decreto 1693/1994, de 22 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 23), por el que se reorganiza la Secretaría General de Turismo, ha tenido a bien disponer:

Anular el título-licencia de agencia de viajes minorista otorgado por Orden de 2 de marzo de 1993, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de abril de 1993 a «Viajes Gaztaro, Sociedad Anónima», con el código identificativo de Euskadi, CIE número 2.101 y casa central en Bilbao, Bidebarrieta, 14, 2.º, departamento 1.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 28 de febrero de 1996.-El Presidente, Miguel Góngora Benítez de Lugo.

Ilmo. Sr. Director general de Estrategia Turística.

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