Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda), del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 2/248/1994, interpuesto por don Jorge Ruiz Jiménez, contra Resolución de 3 de diciembre de 1993 del Director general de Administración Penitenciaria, dictada por delegación del Subsecretario del Departamento, por la que se desestimó su solicitud relativa a indemnización por razón de servicio, hacer uso de plazo posesorio y reducción de jornada, con motivo del cierre del Centro Penitenciario de Hombres de Valencia, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda), del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 3 de febrero de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Jorge Ruiz Jiménez, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria de 3 de diciembre de 1993 en materia de indemnización por traslado al Centro Penitenciario de Picassent.
Segundo.-Declarar que dichos actos son contrarios al ordenamiento jurídico, anulándolos y dejándolos sin efecto, debiendo declararse que el traslado tiene el carácter de forzoso, rechazándose las demás peticiones formuladas.
Tercero.-No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 22 de marzo de 1996.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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