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Documento BOE-A-1996-7932

Ley Foral 11/1995, de 19 de diciembre, de concesión de un suplemento de crédito para el Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 1996, páginas 13143 a 13143 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1996-7932
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1995/12/19/11

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de un suplemento de crédito para el Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud.

A lo largo del ejercicio 1995 se han puesto de manifiesto en el Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud tensiones presupuestarias que han sido motivadas por insuficiencia de crédito para las retribuciones del personal contratado temporal.

En consecuencia, para atender estas necesidades se concede el suplemento de crédito correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra.

Artículo 1.

Se concede un suplemento de crédito por importe de 960.597.461 pesetas para atender las necesidades del Departamento de Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Este suplemento de crédito se aplicará al proyecto 00000, partida 41000-1310-4211, línea 11730-2, denominada «Retribuciones del personal contratado temporal», por importe de 643.600.299 pesetas y partida 41000-1600-4211, línea 11760-4, denominada «Seguridad Social», por importe de 316.997.162 pesetas, del presupuesto de gastos de 1995.

Artículo 2.

La financiación del referido suplemento de crédito se realizará con cargo a los mayores ingresos de la partida «Aplicación del superávit de ejercicios anteriores».

Disposición final.

La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de Su Majestad el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 19 de diciembre de 1995.

JAVIER OTANO CID,

Presidente (Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 158, de 25 de diciembre de 1995)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 19/12/1995
  • Fecha de publicación: 10/04/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 26/12/1995
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BON núm. 158, de 25 de diciembre de 1995.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Navarra
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas

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