La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 27 de noviembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 2.274/1994, interpuesto por don Agustín Camiña Rodríguez, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 24 de marzo de 1994, que denegó su petición de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que pertenece.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Agustín Camiña Rodríguez, contra la Resolución de 24 de marzo de 1994, que le denegó su pretensión, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución administrativa por ser conforme a Derecho, sin hacer condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 7 de marzo de 1996.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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