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Documento BOE-A-1996-6956

Resolución de 21 de febrero de 1996, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente para la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural, con categoría de monumento, iglesia y claustro del convento de Santa Isabel, en Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 1996, páginas 11646 a 11646 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1996-6956

TEXTO ORIGINAL

La iglesia y claustro del convento de Santa Isabel, en Valladolid, fueron declarados monumento histórico-artístico por Decreto 3288/1975, de 25 de noviembre.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno afectado por la declaración, al mismo tiempo que se definen y enumeran las partes integrantes, pertenencias y accesorios, comprendidos en la misma.

Vista la propuesta del Servicio de Conservación,

Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.-Tener por incoado expediente para delimitar el entorno de protección del bien de interés cultural, declarado monumento, iglesia y claustro del convento de Santa Isabel, en Valladolid, definiendo y enumerando las partes integrantes, pertenencias y accesorios, según la descripción y delimitación que se publica como anexo a la presente resolución y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Valladolid que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de obra en el entorno delimitado sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el caso, por la Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.

Valladolid, 21 de febrero de 1996.-El Director general, Carlos de la Casa Martínez.

ANEXO

Entorno de protección de la iglesia de San Pedro de la Nave, en Campillo (Ayuntamiento de San Pedro de la Nave-Almendra), Zamora

Delimitación del entorno de protección:

Queda recogido en una línea que, comenzando en el cruce del camino Rodeo con el camino de la Llanada, sigue hacia el sur por este camino, bordeando el límite sur de las parcelas 1.322, 1.321, 1.320 y 1.319, prolongándose esta línea hasta llegar al camino Viejo, sigue por el camino de la Fuente, el eje de la calle Herreros y eje de la calle Carretera, hasta el camino del Fondal, por donde sigue hasta el camino de la Cruz, recogiendo la parcela 1.344 hasta el camino Rodeo y siguiendo por éste hasta el punto de origen.

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