La entidad «Almudena Compañía de Seguros, Sociedad Anónima», ha presentado, en la Dirección General de Seguros, solicitud de autorización de la cesión de la totalidad de la cartera de seguros de la entidad «Vértice de Seguros, Sociedad Anónima».
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 27 de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, como legislación aplicable durante la tramitación del expediente administrativo, así como a lo previsto en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero.-Autorizar la cesión de la cartera de seguros de la entidad «Vértice de Seguros, Sociedad Anónima», a la entidad «Almudena Compañía de Seguros, Sociedad Anónima».
Segundo.-Declarar la cancelación del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la entidad «Vértice de Seguros, Sociedad Anónima».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 13 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Manuel Conthe Gutiérrez.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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