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Documento BOE-A-1996-6473

Resolución de 20 de febrero de 1996, de la Dirección General de Patrimonio Artístico de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se acuerda tener por incoado el expediente de delimitación del entorno de protección de las murallas de las guerras carlistas en Castellón de la Plana.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 21 de marzo de 1996, páginas 10984 a 10985 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1996-6473

TEXTO ORIGINAL

Considerando que por Resolución de 12 de diciembre de 1994, de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura, se procedió a la inscripción de las murallas de las guerras carlistas de Castellón de la Plana en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, con categoría de monumento, al tener la consideración de Bien de Interés Cultural de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español;

Visto el informe del Servicio de Patrimonio Arquitectónico y Medioambiental favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de este monumento;

Considerando lo que disponen los artículos 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y 11 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de dicha Ley, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero,

La Dirección General de Patrimonio Artístico ha resuelto:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección de las murallas de las guerras carlistas de Castellón de la Plana.

El entorno de protección queda delimitado en los anexos que se adjuntan a la presente Resolución.

2. Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

3. Dar traslado de esta Resolución al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Castellón de la Plana y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 19 en relación con el 11 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la realización de obras en esta zona deberá ser autorizada por la Dirección General de Patrimonio Artístico.

4. Que de acuerdo con lo que dispone el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos.

5. Que la presente Resolución con sus anexos se publique en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valencia, 20 de febrero de 1996.-La Directora general, Carmen Pérez García.

ANEXO I

Motivación de la delimitación propuesta

La zona donde apareció este lienzo de murallas del siglo XIX se ha desarrollado con independencia de las mismas, pues su descubrimiento fue reciente y de forma casual al ir a edificar el solar donde se encuentra.

Esta circunstancia lleva a tratar singularmente esta delimitación frente a los otros monumentos urbanos que generaron en su día una configuración de ciudad con una clara dependencia jerárquica y morfológica del mismo.

Es, por estos motivos, que se considera que el entorno propio de este Bien de Interés Cultural debe ser el propio solar donde se encuentra y el espacio público circundante.

ANEXO II

Area de protección

A) Descripción literal de la delimitación.

La línea de delimitación esta constituida por el cuadrilátero delimitado por las alineaciones de fachadas y sus respectivas prolongaciones siguientes; posterior del edificio del Gobierno Civil, calle Rafalafena, calle Gaibiel y calle Madrid que circundan todo el espacio libre o viario de los restos de las murallas.

B) Descripción gráfica.

(MAPA OMITIDO)

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