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Documento BOE-A-1996-6036

Resolución de 11 de marzo de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Abogados del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 15 de marzo de 1996, páginas 10338 a 10340 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-6036

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado, convocadas por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia e Interior de 28 de abril de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de abril) y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia e Interior, resuelve:

Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Abogados del Estado a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.

Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión en sus destinos en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a VV. II.

Madrid, 11 de marzo de 1996.-El Secretario de Estado, Eugenio Burriel de Orueta.

Ilmos. Srs. Subsecretario del Ministerio de Justicia e Interior y Director general de la Función Pública.

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