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Documento BOE-A-1996-5795

Resolución de 22 de febrero de 1996, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria general de becas y ayudas de estudio del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), para el curso académico 1996/1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 12 de marzo de 1996, páginas 9966 a 9974 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1996-5795

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas de formación y de intercambio que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa y científica con los países árabes, mediterráneo y países en desarrollo, corresponde proceder a la convocatoria de becas y ayudas de estudio para el curso 1996/1997, convocatoria que debe ser difundida con la necesaria publicidad.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado 3.º de la Orden de 26 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril de 1992), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y por la que se establece la publicación anual de una convocatoria única por cada uno de los Institutos que se integran en la Agencia, y de lo dispuesto por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Ordenar la publicación de la convocatoria del concurso general de becas y ayudas de estudio para el curso académico 1996/1997, del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo.

Segundo.-Trimestralmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de becas y ayudas concedidas con arreglo a esta convocatoria.

Tercero.-La convocatoria será expuesta en los tablones de anuncios de las Representaciones Diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Cuarto.-Facultar al Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), en el ámbito de esta convocatoria para dictar cuantas normas e instrucciones sean precisas en la interpretación, desarrollo y ejecución de la misma.

Madrid, 22 de febrero de 1996.-La Presidenta, Ana María Ruiz-Tagle Morales.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Secretaria general de la AECI.

ANEXO

Convocatoria general de becas y ayudas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD) para el curso 1996/1997

Según lo establecido en la Orden de 26 de marzo de 1992, el Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, convoca un concurso para la adjudicación de becas y ayudas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 12.103.134 A.481 y 12.103.134 A.791. El otorgamiento de dichas becas estará condicionado a la existencia de crédito presupuestario durante los años 1996 y 1997.

Las presentes becas tienen por objeto la realización de estudios de Formación Profesional (segundo grado), universitarios o de especialización e investigación, durante el curso académico 1996/1997. Las materias objeto de estudio deberán ser consideradas de interés para el país de origen del becario y para la cooperación española.

Tipos de becas que se ofrecen:

I. Becas de curso académico para extranjeros que quieran realizar estudios en España.

1. Becas convenio hispano-marroquí.

2. Becas de especialización en cerámica, según convenio con Túnez.

3. Becas para realizar el doctorado en Estudios Internacionales Mediterráneos DEIM, en la Universidad Autónoma de Madrid.

4. Becas para realizar el curso de estudios internacionales en la Escuela Diplomática.

5. Becas para realizar el Master Internacional de Turismo en la Universidad de Las Palmas, según convenio con Argelia.

6. Becas para realizar estudios de Turismo en la Escuela Universitaria de Hostelería y Turismo de Barcelona (Sitges), en virtud del convenio con Argelia.

7. Becas para postgrado de gestión conjunta ICMAMPD y Universidad de Valladolid.

II. Becas para extranjeros para cursos de verano 1996 en España.

1. Ciudadanos de países árabes.

1.1 Becas para la Escuela Española de Verano, de Madrid.

1.2 Becas, según convenio de cooperación cultural hispano-egipcio.

1.3 Ayudas de investigación en España.

1.4 Becas para realizar el curso de didáctica del español en Granada.

2. Ciudadanos de países de Africa Subsahariana, Asia y Oceanía.

III. Becas y ayudas para españoles.

1. Becas de curso para españoles en países árabes según convenios.

2. Becas de verano para españoles en países árabes.

3. Ayudas de verano para españoles en países árabes.

4. Ayudas para españoles que realicen estudios en China e India.

I. Becas para extranjeros en España

Condiciones generales:

Primera.-Las unidades receptoras de las solicitudes podrán llevar a cabo con la supervisión de la Embajada de España una preselección de solicitudes de acuerdo con las directrices marcadas por la AECI. Se levantará acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con las solicitudes, al ICMAMPD.

La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión evaluadora formada por el Director general del ICMAMPD y cuatro Vocales a designar por la Presidenta de la Agencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.º de la Orden de referencia, la cual actuará según los siguientes criterios:

a) Estudios que responden a las necesidades prioritarias del país de origen.

b) Estudios que se derivan de los sectores de mayor interés fijados por la cooperación española.

c) Nivel de español del solicitante.

d) Posibilidad de llevar a cabo tales estudios en España, en cuanto a existencia de los mismos y capacidad de los centros.

e) Expediente académico del solicitante.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de la AECI y del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa», la lista de solicitudes completas e incompletas dentro de los tres meses siguientes a la fecha de cierre de la convocatoria, dando un plazo de diez días para completar su expediente.

La Comisión evaluadora formulará propuesta de resolución de concesión o prórroga de las becas, en un período de seis meses, contados a partir del término del plazo para presentar las solicitudes. La presidencia de la AECI dictará resolución en el mes siguiente al plazo de la Comisión evaluadora, que se hará pública en los tablones de anuncios de la AECI, del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa» y de las representaciones diplomáticas donde los solicitantes presentaron la documentación. En ningún caso se notificará personalmente.

Contra la resolución de presidencia de la AECI, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso administrativo ordinario en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicidad de la resolución ante el señor Ministro de Asuntos Exteriores, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La información, tramitación de expedientes y demás gestiones del ICMAMPD se realizarán en los siguientes departamentos:

Ciudadanos de países árabes: Unidad de Becas ICMAMPD, avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid, teléfono 583 83 59.

Ciudadanos de países de Africa Subsahariana, Asia y Oceanía: Unidad de Becas, Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa», avenida Ramiro de Maeztu, sin número, 28040 Madrid, teléfono 554 30 73.

Segunda.-Obligaciones comunes a los beneficiarios:

a) Presentarse en el Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, en la fecha notificada.

b) Seguir la formación para la cual se le concedió la beca.

c) No cambiar de centro de formación sin el acuerdo previo del ICMAMPD.

d) No aceptar ninguna otra beca. La concesión de una beca a un candidato que ya sea titular de otra será considerada nula y sin efecto, y las ayudas o becas indebidamente percibidas deberán restituirse.

e) No ejercer actividades lucrativas durante el período de vigencia de la beca.

f) Mantener un comportamiento que no implique un perjuicio para el Estado español.

g) Facilitar toda información útil que solicite el ICMAMPD, especialmente:

Domicilio particular y sus cambios.

Documentación académica.

h) Permanecer en territorio español, durante el período de concesión de la beca, comunicando al ICMAMPD cualquier circunstancia excepcional e imprevisible que pudiera justificar una salida temporal, el período de ausencia, la incidencia en el estudio correspondiente y en la continuidad de la ayuda pública, resolviendo lo que proceda el órgano competente, al que se habrá de comunicar, en su caso, la fecha de regreso a España.

i) Respetar la legislación española en materia de visados y permisos de residencia.

j) Los beneficiarios de las becas de doctorado o ayuda de investigación, deberán mencionar en la tesis o trabajo su condición de becario del ICMAMPD.

k) Aceptar el control y supervisión ejercido por el ICMAMPD.

l) En caso de discrepancias sobre las condiciones de la beca, prevalecerá el criterio del ICMAMPD.

Cualquier incumplimiento de las obligaciones señaladas podrá implicar la revocación de la beca.

Tercera.-Los concursantes deberán aceptar en todos sus términos las presentes bases, así como el fallo de la Comisión evaluadora y la resolución de la presidencia de la AECI.

Cuarta.-Podrán optar a este programa de becas los ciudadanos del Mundo Arabe, Africa Subsahariana, Asia y Oceanía.

Quinta.-Son requisitos indispensables para participar en el concurso: Tener nacionalidad de un país de los que contempla el apartado anterior, estar en posesión de la titulación académica que requiere la legislación española para cursar el nivel elegido según el apartado primero, y acreditar conocimientos de español suficientes. Excepcionalmente, teniendo en cuenta el tipo de estudios a realizar y teniendo en cuenta el expediente académico del solicitante podrá autorizarse la dedicación del primer año de percepción de la beca a perfeccionar el español.

No podrán concursar las personas que hayan obtenido una beca de este organismo, antes de que haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la finalización o revocación de dicha beca.

Con carácter muy excepcional, se podrán autorizar becas y ayudas para estudios de enseñanza secundaria o de otro tipo, ya sean de gestión centralizada en la AECI o de gestión descentralizada en el exterior.

La concesión de una beca por este organismo es incompatible con cualquier otra ayuda, ya sea de otras entidades públicas o privadas.

Sexta.-Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación, traducida al español y legalizada por vía diplomática:

Impreso oficial de solicitud de beca debidamente cumplimentado.

Certificación acreditativa de su nacionalidad.

Tarjeta de residencia de estudiante para los solicitantes que estén realizando estudios en España.

Copia compulsada del título académico.

Certificación académica de los estudios realizados por el solicitante, en la que consten la duración de los mismos en años académicos, asignaturas cursadas, y calificaciones obtenidas.

Documento acreditativo del conocimiento del español con especificación del grado.

Dos fotografías.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados, y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, extendido en un plazo anterior no superior a tres meses.

Cuando se trate de investigación, ampliación de estudios o especialidad médica, currículum vitae, Memoria del proyecto y carta de aceptación del centro.

Las solicitudes que no se hayan completado en plazo indicado serán desestimadas. La documentación entregada no será devuelta, por lo que se aconseja no entregar documentación original o irrepetible.

Séptima.-Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse hasta el 30 de abril de 1996 en:

a) Ciudadanos árabes:

Representación diplomática española en el país del solicitante, con la excepción de los ciudadanos sudaneses que habrán de presentarlas en la Embajada de España en El Cairo (Egipto), y de los palestinos que habrán de hacerlo en el Consulado de Jerusalén.

En los países con los que existan compromisos bilaterales, la documentación deberá presentarse a través de los organismos competentes de la administración del país, y dentro de los plazos fijados en los correspondientes programas de cooperación.

b) Ciudadanos de países de Africa Subsahariana, Asia y Oceanía:

Representación diplomática española en el país del solicitante.

Agencia Española de Cooperación Internacional, avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, teléfono 583 81 00.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artícu lo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Unidad de Becas ICMAMPD/Desarrollo, Colegio Mayor «Nuestra Señora de Africa», avenida Ramiro de Maeztu, sin número, 28040 Madrid, teléfono 554 30 73.

Octava.-La beca se concede por el período que dure la formación en el presente curso académico, prorrogable de acuerdo con lo establecido en la décima condición general de esta convocatoria.

Para los estudios de doctorado, independientemente de lo establecido en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, «Boletín Oficial del Estado» de 16 de febrero, se concederá la beca durante dos cursos académicos para la obtención de los créditos del programa de Doctorado correspondiente, y otros dos para la elaboración de la tesis doctoral. Si en el momento de la concesión de la beca, el beneficiario ha iniciado los estudios mencionados, se computarán los cursos académicos realizados respecto a la duración máxima de cuatro años.

Novena.-La beca comprende:

a) Una dotación mensual de acuerdo con los estudios a realizar:

Formación Profesional, estudios universitarios hasta el grado de licenciatura incluido: 90.000 pesetas.

Postgrado, especialización, investigación y estudios no reglados: 100.000 pesetas. Esta cuantía tendrá la retención fiscal correspondiente.

b) Seguro de asistencia médica primaria no farmacéutica, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por este Instituto con la compañía Aresa, seguros generales, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

c) Ayuda de viaje para los nacionales de los países con los que existan compromisos bilaterales, al comienzo y final de la formación en las condiciones previstas por dichos compromisos.

d) Ayuda de matrícula en centros oficiales, según los acuerdos con el Ministerio de Educación y Ciencia, y las Universidades; y en los centros privados que determine el ICMAMPD.

e) Excepcionalmente, se concederán mensualidades de beca distintas, de acuerdo con los estudios y el criterio de la Comisión evaluadora.

Debido al carácter individual de la beca, el ICMAMPD no asume ningún gasto ocasionado por las personas que eventualmente estén a cargo del becario.

El pago mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria. Unicamente se pagará por cheque las primeras mensualidades, hasta que el becario posea la tarjeta de residencia de estudiante expedida por el Ministerio de Justicia e Interior, necesaria para abrir una cuenta en el banco. Cuando el becario incumpla la normativa de pago establecida por la AECI, perderá la mensualidad correspondiente. En caso de reincidencia será motivo de revocación de la beca.

Décima.-Los becarios que realicen estudios cuya duración sea superior a un curso académico, podrán solicitar la renovación de la beca presentando la siguiente documentación en las unidades de becas relacionadas en el último párrafo del apartado condiciones generales, primera, hasta el día 30 de abril de 1996:

a) Impreso oficial de solicitud de renovación de beca debidamente cumplimentado.

b) Una fotografía.

c) Fotocopia de la tarjeta de residencia de estudiante expedida por el Ministerio de Justicia e Interior.

d) Fotocopia del pasaporte en vigor.

e) Certificación académica original expedida por el Jefe de Secretaría del centro de estudios, en la que consten las asignaturas cursadas, calificación, año académico y convocatoria. Deberá presentarse una certificación correspondiente a la convocatoria de junio de 1996 antes del 31 de julio de 1996, y, en su caso, otra que incluya las calificaciones obtenidas en la convocatoria de septiembre de 1996 antes del 31 de octubre de 1996.

El criterio de la Comisión evaluadora respecto a la renovación de la beca, estará basado en el rendimiento académico.

Concluido el ciclo académico, el ICMAMPD no concederá la renovación de la beca para cursar otro distinto.

1. Becas según convenio hispano-marroquí: Pendiente de negociación con el Gobierno marroquí.

2. Becas de especialización en Cerámica para estudiantes tunecinos, según convenio con Túnez.

2.1 Se convoca una beca para realizar estudios de especialización en Cerámica en la Escuela Oficial de Cerámica de Madrid.

2.2 La beca se concede por el período que dure la formación en el presente curso académico. Cuando los estudios consten de más de un curso académico, la renovación de la beca dependerá del rendimiento académico, de acuerdo con lo establecido en la condición décima de la convocatoria.

2.3 Podrán optar a esta beca solamente los estudiantes de nacionalidad tunecina.

2.4 Los solicitantes deberán aportar, además de la documentación exigida en la condición sexta de esta convocatoria, convalidación de los estudios equivalentes al COU español; si no tuvieran estos estudios deberán realizar una prueba de carácter general y otra específica. Si su solicitud de beca fuera preseleccionada, ésta no sería efectiva si no hubiera superado dicha prueba y no fuera aceptado en la Escuela.

2.5 Los solicitantes deberán preinscribirse, en el mes de junio, en la Secretaría de la Escuela Oficial de Cerámica, calle Francisco y Jacinto Alcántara, número 2, 28008 Madrid (fax 542 32 41).

2.6 Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse hasta el 30 de abril de 1996, en el Ministerio de Asuntos Extranjeros, de Túnez.

2.7 Las condiciones de la beca son las que se indican en la novena de las condiciones generales.

3. Becas para realizar el Doctorado en Estudios Internacionales Mediterráneos, DEIM, en la Universidad Autónoma de Madrid.

3.1 Se convocan seis becas para realizar el Doctorado en Estudios Internacionales Mediterráneos, para estudiantes árabes.

3.2 La beca se concederá por un curso académico con posibilidad de renovación siempre que el rendimiento académico y el informe del Director de la tesis doctoral sea favorable, de acuerdo con lo establecido en la condición décima de esta convocatoria. El período que se concede para la realización de los créditos del programa de doctorado será de dos cursos académicos y otros dos para elaboración de la tesis doctoral. Si en el momento de la concesión de la beca, el beneficiario ha iniciado los estudios mencionados, se computarán los cursos académicos realizados respecto a la duración máxima de cuatro años.

3.3 Podrán optar a estas becas estudiantes árabes licenciados en los últimos cinco años, en alguna de las ramas de ciencias sociales, económicas o jurídicas.

3.4 Los solicitantes deberán aportar, además de la documentación exigida en la condición sexta de esta convocatoria:

a) Memoria explicativa de las razones que les llevan a solicitar la beca (máximo dos folios).

b) Dos cartas de presentación.

3.5 Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse hasta el 30 de abril de 1996 en las representaciones diplomáticas españolas, correspondientes a los distintos países de origen.

3.6 Las condiciones de la beca son las que se indican en la novena de las condiciones generales.

4. Becas para curso de Estudios Internacionales en la Escuela Diplomática.

4.1 Se convocan cuatro becas para realizar el curso de Estudios Internacionales en la Escuela Diplomática.

4.2 Las becas se conceden por el período que dure el curso académico 1996/1997, de octubre a junio, ambos inclusive.

4.3 Podrán optar a estas becas los estudiantes árabes que cumplan las siguientes condiciones:

a) Ser licenciados o doctores en Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o centros de estudios que puedan considerarse equiparados.

b) Tener conocimiento suficiente de la lengua española.

c) No tener más de treinta y cinco años.

4.4 Los solicitantes deberán aportar la documentación exigida en la condición sexta de la convocatoria general, debiendo presentar al tiempo que la solicitud de beca, el impreso de solicitud de admisión en el curso de Estudios Internacionales. Los candidatos deberán realizar una prueba de admisión que tendrá lugar en la Escuela Diplomática (paseo Juan XXIII, número 5, 28040 Madrid), y los residentes en el extranjero, en cada una de las Embajadas de España correspondientes. Dicha prueba habrá de tener lugar antes del 15 de mayo de 1996, tanto en Madrid como en las Embajadas de España.

4.5 Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse antes del día 1 de abril del 1996, en la Escuela Diplomática para los residentes en España o en las representaciones diplomáticas españolas para los residentes en el extranjero.

4.6 Las condiciones de las becas son las que se indican en la condición novena de las condiciones generales.

5. Becas para realizar el Master Internacional de Turismo en la Universidad de Las Palmas (según convenio con Argelia).

5.1 Se convocan dos becas para realizar el Master Internacional de Turismo en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

5.2 La beca se concede por el período que dure el curso académico 1996/1997. Cuando los estudios consten de más de un curso académico, la renovación de la beca dependerá del rendimiento académico e informe del Director del curso, de acuerdo con lo establecido en la condición décima de esta convocatoria.

5.3 Podrán optar a estas becas los estudiantes de nacionalidad argelina con la siguiente titulación:

Graduados, Licenciados, Ingenieros, Arquitectos y Técnicos de Empresa y Actividades Turísticas. Los candidatos deberán demostrar en la fase de selección un nivel suficiente de preparación y adecuados conocimientos en las áreas generales de economía, sociología, estadística, contabilidad, «marketing» y derecho. Se valorará, asimismo, de manera positiva, la experiencia en gestión de empresas turísticas.

5.4 Los solicitantes deberán aportar la documentación exigida en la condición sexta, más un currículum vitae. Se hará una preselección basándose en el currículum presentado.

5.5 Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse hasta 30 de abril de 1996 en el Ministerio de Asuntos Extranjeros, en Argel.

5.6 Las condiciones de las becas son las que se indican en la condición novena de las condiciones generales.

6. Becas para realizar estudios de turismo en la Escuela Universitaria de Hostelería y Turismo de Barcelona (Sitges), en virtud del convenio con Argelia.

6.1 Se convocan tres becas para realizar los siguientes estudios en la Escuela Universitaria de Hostelería y Turismo de Barcelona (Sitges):

Graduado en Gestión de Actividades Hoteleras.

Curso de postgrado en Dirección y Organización de Empresas Hoteleras.

6.2 La beca se concede por el período que dure el curso. Cuando los estudios consten de más de un curso académico, la renovación de la beca dependerá del rendimiento académico, de acuerdo con lo establecido en la condición décima de esta convocatoria.

6.3 Podrán optar a estas becas, solamente los estudiantes de nacionalidad argelina con las siguientes titulaciones:

Estudios equiparables al COU, Selectividad o Formación Profesional II, rama administrativa y comercial, para realizar las actividades hoteleras.

Graduados o licenciados universitarios o Técnicos en Empresas y Actividades Turísticas, para el curso de postgrado en Dirección y Organización de Empresas Hoteleras.

6.4 Los solicitantes deberán aportar, además de la documentación exigida en la condición sexta de esta convocatoria, la siguiente documentación:

a) Para Graduados en Gestión de Actividades Hoteleras, documentación equivalente al COU, Selectividad o Formación Profesional II con la correspondiente convalidación del Ministerio de Educación y Ciencia español e impreso de inscripción que se facilita en la Oficina General de Preinscripciones.

b) Para realizar el curso de postgrado en Dirección y Organización de Empresas Hoteleras, documentación equivalente a graduados o licenciados universitarios o Técnicos en Empresas y Actividades Turísticas, con la correspondiente convalidación del Ministerio de Educación y Ciencia español.

6.5 Los solicitantes deberán preinscribirse:

a) Para Graduado de Gestión de Actividades Hoteleras, en el mes de junio, en la Oficina General de Preinscripciones de Barcelona, paseo Zona Franca, número 7.

b) Para curso de Dirección y Organización de Empresas Hoteleras, en el mes de septiembre, en la sede de la Escuela Superior de Enseñanza, Davallada, número 12, 08870 Sitges (Barcelona).

6.6 Las solicitudes y la documentación requerida deberán presentarse hasta el 30 de abril de 1996 en el Ministerio de Asuntos Extranjeros, en Argel.

6.7 Las condiciones de la beca son las que se indican en la novena de las condiciones generales.

7. Becas para postgrado de gestión conjunta ICMAMPD y la Universidad de Valladolid, curso 1996/1997.

7.1 Se convocan cuatro becas de postgrado y cinco de doctorado para nacionales de los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía.

7.2 La beca se concede por el período que dure el curso de postgrado o doctorado. Cuando los estudios consten de más de un curso académico, la renovación de la beca dependerá del rendimiento académico e informe del tutor.

7.3 La Universidad de Valladolid cubrirá los gastos de matrícula, alojamiento en residencia universitaria y gastos de manutención por un importe de 30.000 pesetas mensuales. El ICMAMPD abonará un complemento

mensual de beca de 40.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente, y un seguro de asistencia sanitaria.

7.4 Las solicitudes deberán presentarse en la Universidad de Valladolid (Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Plaza de Santa Cruz, 8, 47002 Valladolid), antes del 30 de abril de 1996 adjuntando la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud de la Universidad de Valladolid.

b) Certificado de nacionalidad.

c) Título de licenciado o equivalente.

d) Certificación académica de asignaturas.

e) Acreditación de conocimientos de español.

f) Una fotografía.

g) Certificado médico extendido en un plazo anterior no superior a tres meses.

II. Becas para extranjeros para cursos de verano 1996 en España

1. Ciudadanos de países árabes.

1.1 Becas para la Escuela de Verano española, de Madrid.

a) Se convocan 145 becas para realizar el curso de Lengua y Cultura españolas en la Escuela de Verano Española de Madrid, del 1 al 31 de julio de 1996.

b) Podrán optar los estudiantes de español en centros culturales, departamentos de español y profesores de lengua española.

c) La beca comprende:

Una mensualidad de 20.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente.

Residencia en régimen de pensión completa en un colegio mayor universitario o residencia.

Seguro médico de asistencia primaria en las mismas condiciones mencionadas en la novena, b), de las condiciones generales.

Gastos de matrícula.

d) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado.

Certificado de nacionalidad o fotocopia del pasaporte.

Certificación académica de los estudios realizados o en vías de realización. En su caso, acreditación de la condición de profesor de español.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a tres meses.

e) Las solicitudes deberán presentarse en los organismos oficiales correspondientes o representaciones diplomáticas de España, del país del solicitante, hasta el 30 de abril de 1996.

1.2 Becas según Convenio de Cooperación Cultural Hispano-Egipcio.

a) Se convocan cinco becas para profesores egipcios de Universidades estatales y de la Universidad de Al Azhar y profesores de español, con el fin de realizar investigaciones o recopilar material científico en España.

b) La duración de la beca podrá ser de uno a tres meses, a disfrutar durante los meses de julio, agosto y septiembre.

c) La beca comprende:

103.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente. Dicha cantidad se cobrará al inicio de la investigación. El cobro de los meses sucesivos se contabilizará teniendo en cuenta su fecha de llegada.

Seguro médico de asistencia primaria, no farmacéutico.

d) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado.

Certificado de nacionalidad o fotocopia del pasaporte.

Currículum vitae.

Memoria de la labor a realizar.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a tres meses.

e) Las solicitudes deberán presentarse en los organismos oficiales egipcios hasta el 30 de abril de 1996.

1.3 Ayudas de investigación en España.

a) Se convocan ayudas de investigación para realizar en España, destinadas a doctores, profesionales de la docencia y/o de la investigación y licenciados que estén preparando sus tesis doctorales.

Las ayudas de investigación para ciudadanos marroquíes se otorgarán exclusivamente para estudios relacionados con sectores prioritarios y preferentemente dentro del marco de proyectos de investigación y/o cooperación. La lista de los sectores prioritarios se publicará posteriormente.

b) La beca comprende:

Una mensualidad de 103.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente.

Seguro médico de asistencia primaria, no farmacéutico.

c) La duración será de un mes, a elegir desde agosto a diciembre.

Excepcionalmente, podrán ser de dos meses, siempre y cuando así lo requiera el trabajo a realizar. El mes elegido deberá ser indicado en la solicitud y no podrá ser cambiado. Si no viniese indicado, la solicitud será desestimada.

d) Las solicitudes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado.

Certificado de nacionalidad o fotocopia del pasaporte.

Currículum vitae.

Carta de aceptación del centro en donde vaya a realizar su investigación.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a tres meses.

Memoria del trabajo a realizar.

Permiso oficial del centro de trabajo para ausentarse durante el período que dure la investigación.

e) Los candidatos que hayan obtenido beca el curso 1995/1996 no podrán concursar en esta convocatoria.

f) Las solicitudes deberán presentarse en las representaciones diplomáticas de España en países árabes hasta el 30 de abril de 1996. En el caso de los ciudadanos marroquíes deberán enviarse a: Direction de la Formation des Cadres-Ministère de L'Enseignement Superieur de la Formation des Cadres et de la Recherche Scientifique, 35 (Av. IBN Sina-Agdal-Rabat). El plazo de presentación de estas solicitudes será fijado cuando se publique la lista de los sectores prioritarios.

g) Al finalizar su estancia, el investigador deberá presentar un certificado del centro donde haya trabajado y un resumen de la labor realizada.

1.4 Becas para realizar el curso de Didáctica del Español en Granada del 29 de julio al 14 de agosto de 1996.

a) Se conceden 40 becas para el Curso de Didáctica del Español, para profesores extranjeros de español, que tendrá lugar en la Universidad de Granada.

b) Podrán optar los profesores de español de Enseñanza Media, Escuelas Oficiales de Idiomas, Escuelas de Traductores o similares, siempre que sean estatales, de los siguientes países: Argelia, Egipto, Líbano, Marruecos y Túnez.

c) La beca comprende:

Una ayuda de 30.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente.

Viaje de ida y vuelta en avión, incluido los gastos derivados por conexiones de vuelo.

Estancia y manutención en una residencia o Colegio Mayor Universitario.

Seguro médico de asistencia médica primaria, no farmacéutico.

Gastos de matrícula.

d) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca, debidamente cumplimentado.

Certificado de nacionalidad o fotocopia del pasaporte.

Acreditación de la condición de profesor de español, de Enseñanza Media, de Escuelas, Oficial de Idiomas o de Traductores.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para realizar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a tres meses.

e) Las solicitudes deberán presentarse en los organismos oficiales correspondientes del país del solicitante o representaciones diplomáticas hasta el 30 de abril de 1996.

2. Ciudadanos de países de Africa Subsahariana, Asia y Oceanía.

a) Se convocan 30 plazas para estudiantes universitarios de español para realizar el curso de Lengua y Cultura española en la Escuela de Verano española de Madrid, del 1 al 31 de julio de 1996. Treinta plazas para el curso de Didáctica del Español para profesores extranjeros de

español de Enseñanza Media, que tendrá lugar en la Universidad de Valladolid, del 3 al 20 de septiembre de 1996.

b) La beca comprende:

Una mensualidad de 20.000 pesetas para el curso de Lengua y Cultura española y 30.000 pesetas para el curso de Didáctica del Español, a deducir la retención fiscal correspondiente.

Viaje de ida y vuelta (capital del país de origen-Madrid-capital del país de origen). Para el curso de Didáctica, se incluirá el traslado a Valladolid.

Alojamiento y manutención en residencia universitaria.

Seguro médico de asistencia sanitaria en las mismas condiciones mencionadas en el punto I, condición novena, apartado b).

Gastos de matrícula.

Alojamiento transitorio por causas derivadas del viaje.

c) Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso oficial de solicitud de beca debidamente cumplimentado.

Certificado de nacionalidad.

Certificación académica de los estudios realizados o en vías de realización. En su caso, acreditación de la condición de profesor de español de Enseñanza Media.

Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados, y no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni tropical, expedido en un plazo anterior no superior a tres meses.

d) Las solicitudes deberán presentarse en las representaciones diplomáticas de España en el país del solicitante, hasta el 30 de abril de 1996.

III. Becas y ayudas para españoles

Condiciones generales:

Primera.-La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión evaluadora formada por el Director general del ICMAMPD y cuatro Vocales a designar la Presidenta de la AECI, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.º de la Orden de referencia, la cual actuará según los siguientes criterios:

a) Estudios realizados y expediente académico.

b) Estudios que se derivan de los sectores de mayor interés fijados por la cooperación española.

c) Conocimiento de los idiomas extranjeros.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de la AECI y del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa» la lista de solicitudes completas e incompletas dentro de los dos meses siguientes a la fecha de cierre de la convocatoria, dando un plazo de diez días para completar su expediente.

Segunda.-La Comisión evaluadora formulará propuesta de resolución de concesión o prórroga de las becas y ayudas, en un período de dos meses, contados a partir del término del plazo para presentar las solicitudes. La Presidencia de la AECI dictará resolución, previa aceptación de los solicitantes por las autoridades académicas del país, cuando la naturaleza de los estudios así lo requiera, que se hará pública en los tablones de anuncio de la AECI y del Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa». En ningún caso se notificará personalmente.

Contra la resolución de presidencia de la AECI, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso administrativo ordinario en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicidad de la resolución ante el señor Ministro de Asuntos Exteriores, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La información, tramitación de expedientes y demás gestiones del ICMAMPD se realizarán en las siguientes unidades, según los países que se soliciten:

Países árabes: Unidad de Becas ICMAMPD, avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid, teléfono 583 83 59.

China e India: Unidad de Becas, Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa», avenida Ramiro de Maeztu, sin número, 28040 Madrid, teléfono 554 30 73.

Tercera.-Obligaciones de los beneficiarios:

a) Asistir al curso completo y realizar los correspondientes exámenes.

b) Entregar un informe-Memoria y certificado de aprovechamiento en el ICMAMPD en un plazo de treinta días posteriores a la fecha de finalización del curso.

c) Seguir la formación para la cual se concedió la beca.

d) No aceptar ninguna otra beca. La concesión de una beca a un candidato que ya sea titular de otra, será considerada nula y sin efecto, y las ayudas o becas indebidamente percibidas deberán restituirse.

e) No ejercer actividades lucrativas durante el período de vigencia de la beca.

f) Mantener un comportamiento que no implique un perjuicio para el Estado español.

g) Facilitar toda la información útil que solicite el ICMAMPD.

h) En caso de discrepancia sobre las condiciones de la beca, prevalecerá el criterio del ICMAMPD.

Cualquier incumplimiento de las obligaciones señaladas podrá implicar la revocación de la beca.

1. Becas de curso para ciudadanos españoles en países árabes, concedidas a través de convenio para realizar estudios de lengua árabe en los centros oficiales que establezca el país de recepción, o investigación.

Egipto:

1.º Se conceden diez becas de estudios de lengua árabe para licenciados, en virtud del convenio hispano-egipcio.

2.º La beca comienza en octubre de 1996 y finaliza en septiembre de 1997.

3.º Podrá ser prorrogada por un curso académico.

4.º La beca comprende:

Con cargo al Gobierno egipcio:

180 libras egipcias mensuales.

180 libras de ayuda de llegada.

Exención de tasas académicas en el centro que establezca el Gobierno egipcio.

Seguro médico, no farmacéutico.

Con cargo al ICMAMPD (países árabes):

En concepto de ayuda de viaje, 150.000 pesetas.

En concepto de gastos de alimentación, un complemento de 40.000 pesetas mensuales.

Jordania:

1.º Se conceden tres becas para realizar estudios de lengua árabe en Amman, en virtud del convenio hispano-jordano, para licenciados y ciudadanos en posesión del certificado de aptitud del ciclo superior del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas (opción lengua árabe) de la Escuela Oficial de Idiomas.

2.º La beca comienza en septiembre de 1996 y finaliza en agosto de 1997.

3.º La beca no es prorrogable.

4.º La beca comprende:

Con cargo al Gobierno jordano:

40 dinares jordanos mensuales.

30 dinares al comienzo de curso, para material.

30 dinares jordanos al comienzo del invierno.

Seguro médico, no farmacéutico.

Exención de tasas académicas.

Con cargo al ICMAMPD (países árabes):

En concepto de ayuda de viaje, 150.000 pesetas.

En concepto de gastos de alimentación, un complemento de 40.000 pesetas mensuales.

Marruecos:

1.º Se conceden cinco becas para licenciados para realizar estudios de lengua árabe en la Universidad, o investigación, en virtud del convenio hispano-marroquí. Los cursos de lengua árabe no serán específicos para estudiantes extranjeros y podrán matricularse como oyentes en el departamento de Arabe, en la Facultad elegida.

2.º El período de duración de la beca dependerá de los estudios a realizar.

3.º La posibilidad de renovación de la beca dependerá de los estudios elegidos.

4.º La beca comprende:

Con cargo al Gobierno marroquí:

1.400 dirhans mensuales.

Alojamiento en una residencia universitaria, si la estancia fuera en Rabat.

Seguro médico, no farmacéutico.

Exención de las tasas académicas.

Con cargo al ICMAMPD (países árabes):

En concepto de ayuda de viaje, 60.000 pesetas.

En concepto de gastos de alimentación, 40.000 pesetas mensuales.

Siria:

1.º Se conceden cuatro becas para licenciados y estudiantes en posesión del certificado de aptitud del ciclo superior del primer nivel, de la Enseñanza Especializada de Idiomas (lengua árabe) de la Escuela Oficial de Idiomas, para realizar un curso de lengua árabe.

2.º El período de duración de la beca será de doce meses, comenzando en octubre de 1996 y finalizando en septiembre de 1997.

3.º La beca podrá ser renovada por un año académico.

4.º La beca comprende:

Con cargo al Gobierno sirio:

900 libras sirias mensuales.

600 libras para adquisición de libros.

Posibilidad de alojamiento en la ciudad universitaria por una cantidad de 25 libras sirias mensuales.

Asistencia médica gratuita, no farmacéutica, y hospitalaria.

Exención de tasas académicas.

Con cargo al ICMAMPD:

En concepto de ayuda de viaje, 150.000 pesetas.

En concepto de gastos de alimentación, un complemento de 40.000 pesetas.

Túnez:

1.º Se conceden dos becas, en virtud del convenio hispano-tunecino para realizar estudios de lengua árabe o investigación, para licenciados.

2.º El período de duración será de diez meses, comenzando en el mes de octubre de 1996 y finalizando en el mes de junio de 1997.

3.º La beca no podrá ser renovada.

4.º La beca comprende:

Con cargo al Gobierno tunecino:

70 dinares mensuales.

Alojamiento en una residencia universitaria.

Acceso a los comedores universitarios.

Asistencia médica, no farmacéutica, y hospitalaria.

Exención de tasas académicas.

Con cargo al ICMAMPD (países árabes):

En concepto de ayuda de viaje, 60.000 pesetas.

En concepto de gastos de alimentación, 40.000 pesetas mensuales.

Condiciones generales de las becas:

1.ª Ser ciudadano español.

2.ª Haber finalizado en los tres últimos cursos académicos, los estudios exigidos en cada caso.

3.ª Haber realizado, como mínimo, tres cursos de lengua árabe en centros oficiales.

4.ª No se concederán becas a aquellos estudiantes que hayan disfrutado de ellas con anterioridad.

5.ª Estas becas no se podrán compatibilizar con cualquier otra beca o ayuda simultánea y/o para el mismo fin u otra actividad remunerada.

6.ª Las becas tendrán las retenciones fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

7.ª El pago de las 40.000 pesetas se abonará trimestralmente.

8.ª El pago de la ayuda de viaje se abonará al inicio de la beca.

9.ª Las dotaciones de los Gobiernos árabes podrán sufrir alguna modificación, que se notificaría en el momento de la concesión.

10. Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación por duplicado:

a) Impreso de solicitud. Por cada solicitud de beca deberá presentar dos impresos.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.

c) Dos fotografías tamaño carné, con el nombre al dorso.

d) Certificado de estudios realizados, con especificación de notas.

e) Currículum vitae.

f) Memoria del trabajo a realizar.

g) Certificado de haber estudiado la lengua árabe en centro oficial, durante tres años.

h) Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa.

i) Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, referida a los doce meses anteriores a la solicitud.

Las solicitudes que no se hayan completado en caso indicado serán desestimadas.

La documentación presentada no será devuelta, por lo que no se adjuntarán documentos originales o irrepetibles. La Unidad de Becas del ICMAMPD, cotejará las fotocopias de los originales o de las fotocopias compulsadas de la documentación presentada.

Toda la documentación deberá ir traducida:

Al francés, para solicitud de beca de Túnez.

Al árabe o al inglés, para Egipto, Jordania y Siria.

Para solicitar la beca de Marruecos, deberán presentar, además de la documentación indicada, la siguiente:

Título de licenciatura (dos copias cotejadas).

Certificado de notas de los cursos que componen la licenciatura.

Seis fotografías.

Acta de nacimiento original, más dos copias cotejadas.

Dos fotocopias compulsadas o cotejadas del pasaporte.

Solicitud manuscrita donde se precise los estudios a realizar y el lugar. Si fuera a realizar una investigación, se adjuntará informe del Director de ésta.

Todos los documentos deben ir traducidos al francés.

11. Renovación de las becas:

La solicitud de renovación de aquellas becas que puedan ser prorrogables deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

Memoria del trabajo realizado o certificado de los estudios realizados, según el caso.

Informe del Director del trabajo.

Proyecto del trabajo a realizar.

Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, referida a los doce meses anteriores a la solicitud.

12. Lugar y fecha de presentación de las solicitudes:

Sección de becas del ICMAMPD (países árabes), avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid, teléfono 583 83 59.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artícu lo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes de renovación deberán presentarse en las Embajadas de España en los respectivos países.

La fecha de presentación de todas las solicitudes será hasta el día 31 de marzo de 1996.

2. Becas y ayudas de verano para ciudadanos españoles o comunitarios en el extranjero (de junio a septiembre) para realizar estudios de lengua árabe, o investigación.

Egipto:

1. Se conceden 20 becas para realizar estudios de lengua árabe en El Cairo, en la Escuela de Orman.

2. La duración de estas becas será, aproximadamente, de dos meses (principios de julio a finales de agosto).

3. La beca comprende:

Con cargo al Gobierno egipcio:

180 libras egipcias mensuales.

Matrícula gratuita en la Escuela de Orman.

Con cargo al ICMAMPD:

150.000 pesetas como ayuda de viaje.

Seguro médico, no farmacéutico.

Jordania:

1. Se conceden cinco becas para realizar estudios de lengua árabe en la Universidad de verano de Amman.

2. La beca tendrá una duración aproximada de dos meses (finales de junio a finales de agosto).

3. La beca comprende:

Con cargo a la Universidad jordana de Amman:

Matrícula gratuita en el curso.

Alojamiento en una residencia femenina.

Con cargo al ICMAMPD:

150.000 pesetas en concepto de ayuda de viaje.

Seguro médico, no farmacéutico.

Marruecos:

1. Se conceden 10 becas para realizar estudios de lengua árabe en la Universidad Mohamed V (Facultad de Ciencias de la Educación) de Rabat.

2. La beca tendrá un mes de duración (agosto).

3. La beca comprende:

Con cargo al Gobierno marroquí:

Matrícula gratuita en el curso.

Alojamiento en una residencia universitaria.

Una ayuda de 1.500 dirhans.

Con cargo al ICMAMPD:

En concepto de ayuda de viaje, 60.000 pesetas.

Seguro médico, no farmacéutico.

Siria:

1. Se conceden dos becas unilaterales para realizar un curso de lengua árabe en Damasco.

2. La beca tendrá una duración aproximada de tres meses (principios de junio a mediados de septiembre).

3. La beca comprende:

Con cargo al ICMAMPD:

En concepto de ayuda de viaje, 150.000 pesetas.

Para pago de alojamiento, manutención y matrícula del curso, un máximo de 300.000 pesetas (cantidad que se abonará en su totalidad al inicio de la beca).

Seguro médico, no farmacéutico.

Túnez:

1. Se conceden 40 becas para realizar estudios de lengua árabe, en el Instituto Bourguiba de Túnez.

2. La beca tendrá una duración del 1 de julio al 3 de agosto.

3. La beca comprende:

Con cargo al Gobierno tunecino:

Matrícula gratuita en el curso

Alojamiento en una residencia.

Una cantidad sin determinar de dinares tunecinos para gastos de alimentación.

Con cargo al ICMAMPD:

En concepto de ayuda de viaje, 60.000 pesetas.

Seguro médico, no farmacéutico.

Condiciones generales de las becas:

1.ª Ser ciudadano español. Los ciudadanos comunitarios sólo podrán optar a las becas de Siria que son de concesión unilateral.

2.ª Podrán optar a las becas de Egipto, Marruecos y Túnez: Licenciados y diplomados, que acrediten haber realizado tres cursos de estudio de lengua árabe en un centro oficial y estudiantes de la Escuela Oficial de Idiomas, en posesión del certificado del ciclo elemental (especialidad lengua árabe). Serán objeto de especial consideración los licenciados y diplomados de Filología Arabe y Filología Semítica (opción árabe).

Podrán optar a las becas de Jordania y Siria: Licenciados en Filología Arabe, Filología Semítica (opción árabe), Traducción e Interpretación (especialidad lengua árabe) o estudiantes en posesión del certificado de aptitud del ciclo superior del primer nivel de las enseñanzas especializadas de idiomas (especialidad lengua árabe) de la Escuela Oficial de Idiomas.

3.ª Sólo podrán optar los licenciados que hayan finalizado sus estudios dentro de los tres últimos cursos académicos.

4.ª Estas becas no se podrán compatibilizar con otra beca o ayuda simultánea y/o para el mismo fin u otra actividad remunerada.

5.ª Las becas tendrán las retenciones fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

6.ª Las dotaciones de los gobiernos árabes podrán sufrir alguna modificación, que se notificaría en el momento de la concesión.

7.ª Las ayudas con cargo al ICMAMPD se abonarán en dos partes iguales: Una al inicio de la beca y la otra al finalizar los estudios, previa presentación de los informes y certificados exigidos. El plazo para la presentación de los informes de asistencia al curso será de treinta días a partir de la fecha del término de

éste.

8.ª No podrán optar a estas becas los estudiantes que hayan disfrutado con anterioridad de una beca de curso.

9.ª Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación por duplicado, a excepción de los de Siria:

a) Impreso de solicitud. Por cada solicitud de beca deberá cumplimentar un impreso.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.

c) Dos fotografías tamaño carné con el nombre al dorso.

d) Certificado de estudios realizados con especificación de notas.

e) Certificado de haber estudiado la lengua árabe en un centro oficial durante tres años.

f) Certificado médico de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa para todas las becas (a excepción de Siria).

g) Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, referida a los doce meses anteriores a la solicitud.

Para solicitar la beca de Marruecos, deberán presentar, además de la documentación indicada, la siguiente:

Dos fotocopias cotejadas del título de bachillerato.

Cuatro fotografías tamaño carné.

Dos fotocopias cotejadas del pasaporte.

Acta de nacimiento original más dos copias cotejadas.

Todos los documentos deben ir traducidos al francés.

10.ª Lugar y fecha de presentación de las solicitudes:

a) Sección de Becas del ICMAMPD (países árabes), avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid, teléfono 583 83 59.

b) Registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La fecha de presentación de todas las solicitudes será hasta el día 31 de marzo de 1996.

Las solicitudes incompletas serán desestimadas.

La documentación presentada no será devuelta por lo que no se adjuntarán documentos originales o irrepetibles. La Unidad de Becas del ICMAMPD (países árabes) cotejará las fotocopias de los originales o de las fotocopias compulsadas de la documentación presentada.

Toda la documentación deberá ir traducida:

Al francés, para las solicitudes de beca de Marruecos y Túnez.

Al árabe o al inglés, para Egipto y Jordania.

3. Ayudas de verano para españoles en países árabes.

3.1 Ayudas de investigación, de corta duración, para realizar investigaciones sobre temas árabes, hispano-árabes o islámicos, en el extranjero.

a) Se conceden ayudas de investigación, de un mes de duración, para realizar investigaciones sobre temas árabes, hispano-árabes o islámicos, en el extranjero, a licenciados que estén preparando su tesina de licenciatura o su tesis doctoral, doctores o profesionales de la docencia.

b) La investigación podrá realizarse entre los meses de julio a septiembre.

c) La ayuda comprende 103.000 pesetas, a deducir la retención fiscal que corresponda.

3.2 Ayudas de viaje para realizar cursos de lengua árabe en países árabes.

a) Se convocan ayudas de viaje para realizar cursos de lengua árabe en países árabes.

b) Podrán optar a estas ayudas licenciados, diplomados o estudiantes en posesión del certificado del ciclo elemental de lengua árabe de la Escuela Oficial de Idiomas que estén estudiando la lengua árabe en centros oficiales y que tengan realizados tres cursos.

c) Haber finalizado en los tres últimos cursos académicos los estudios exigidos.

d) Los cursos podrán realizarse de julio a septiembre.

e) El candidato deberá matricularse en el curso elegido para el cual solicita la ayuda.

f) La ayuda comprende:

Países del Magreb, 60.000 pesetas.

Resto de los países árabes, 100.000 pesetas.

Seguro médico, no farmacéutico

Condiciones generales:

1.ª Ser ciudadano español o comunitario.

2.ª Estas ayudas no se podrán compatibilizar con cualquier otra beca o ayuda simultánea y/o para el mismo fin.

3.ª Las becas tendrán las retenciones fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

4.ª El pago de la ayuda se abonará en dos partes iguales: Una al inicio de la beca y la otra al finalizar los estudios previa presentación de los informes y certificados pertinentes. El plazo para la presentación de los informes de asistencia al curso será de treinta días a partir de la fecha del término de éste.

5.ª Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

Impreso de solicitud.

Fotocopia del documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.

Dos fotografías tamaño carné, con el nombre al dorso.

Certificado médico oficial, de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedad infecto-contagiosa.

Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, referida a los doce meses anteriores a la solicitud.

Para ayudas de investigación deberán presentar también:

Certificado de estudios realizados

Currículum vitae.

Memoria del trabajo a realizar. Si la investigación fuera para tesina de licenciatura o tesis doctoral, deberá adjuntar escrito de su Director, acreditando dicho trabajo.

Carta de aceptación de la biblioteca o centro extranjero donde se vaya a realizar el estudio.

Para ayudas de viaje:

Certificación de estudios realizados con especificación de notas.

Certificación de haber estudiado la lengua árabe durante tres años consecutivos.

Fotocopia de la carta enviada al centro donde vaya a realizar el curso, solicitando la admisión o reserva de plaza.

Las solicitudes que no se hayan completado en el plazo indicado serán desestimadas.

La documentación presentada no será devuelta, por lo que no se adjuntarán documentos originales o irrepetibles.

La Unidad de Becas ICMAMPD cotejará las fotocopias de los originales o de las fotocopias compulsadas de la documentación presentada.

6.ª Lugar y fecha de presentación de las solicitudes:

a) Sección de Becas ICMAMPD (países árabes), avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid.

b) Registros de los organismos administrativos, relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) La fecha de presentación de las solicitudes será hasta el 30 de abril de 1996.

4. Ayudas para españoles que realicen estudios en China e India.

China:

1.º Se convocan 12 becas preferentemente para licenciados o doctores en general y diplomados en Traducción e Interpretación, con dominio del inglés y/o chino, para llevar a cabo en la República Popular China estudios de postgrado, especialización e investigación, durante el curso académico 1996/1997.

2.º La beca podrá ser prorrogada hasta un máximo de tres años.

3.º Se concederá sólo el primer año para el perfeccionamiento del chino.

4.º La beca comprende por parte española:

a) Complemento de 40.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente, que se abonará trimestralmente.

b) Ayuda de viaje de 125.000 pesetas al comienzo y final de la formación.

c) Asistencia sanitaria.

Por parte china:

a) Entre 225 y 295 yuanes mensuales, según la titulación.

b) Matrícula en el centro de estudios correspondiente.

c) Material docente.

d) Alojamiento.

India:

1.º Se convocan seis becas preferentemente para licenciados o doctores con dominio de inglés y/o hindi, para realizar estudios de postgrado, especialidad o investigación en la República de la India, durante el curso académico 1996/1997.

2.º Los candidatos preseleccionados por el ICMAMPD deberán someterse a una prueba de idioma en la Embajada de la República de la India en Madrid.

3.º La beca podrá ser prorrogada para un segundo curso.

4.º La beca comprende:

Por parte española:

a) Complemento de 40.000 pesetas mensuales, a deducir la retención fiscal correspondiente, que se abonará trimestralmente.

b) Ayuda de viaje de 125.000 pesetas al comienzo y final de la formación.

c) Asistencia sanitaria.

Por parte india:

a) 900 rupias mensuales.

b) Matrícula en el centro de estudios correspondiente.

c) Transporte de viajes de estudios aceptados previamente por las autoridades competentes.

d) Ayuda para libros entre 450 y 750 rupias anuales.

El alojamiento correrá por cuenta del becario; puesto que las plazas en las residencias universitarias son limitadas, no es posible garantizar el alojamiento en ellas a todos los becarios.

Requisitos comunes de estas ayudas:

1. El solicitante deberá presentar la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.

c) Certificado de estudios con calificaciones y fotocopia del título y/o diplomas.

d) Currículum vitae, en español y en inglés.

e) Anteproyecto de los estudios, en español y en inglés.

f) Dos cartas de presentación de profesores, en español y en inglés.

g) Certificado de los idiomas inglés, chino, o hindi, según el país solicitado.

h) Iniciación de los trámites de aceptación de un centro. Cuando se solicite China, el centro deberá estar adscrito a la Comisión Estatal de Educación.

i) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social (último ejercicio).

Se advierte a los solicitantes que la documentación presentada no será devuelta, por lo que no deberán adjuntar documentos originales.

2. Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, deberán presentarse hasta el 31 de marzo de 1996 en:

Agencia Española de Cooperación Internacional, avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, teléfono 583 81 00.

Departamento de Becas y Ayudas, ubicado en el Colegio Mayor Universitario «Nuestra Señora de Africa» (teléfono 554 30 73, avenida Ramiro de Maeztu, sin número, 28040 Madrid).

Embajadas, Consulados y Oficinas Técnicas de Cooperación de España.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Los becarios que necesiten continuar los estudios podrán optar a la prórroga de la beca, presentando antes del 31 de marzo de 1996 en la Embajada de España en Pekín o en Nueva Delhi, una Memoria del trabajo realizado y un plan del proyecto a realizar en el curso siguiente.

4. Los candidatos preseleccionados habrán de cumplimentar, posteriormente, el impreso oficial de los Gobiernos chino e indio y aportar aquella documentación que pueda serles requerida.

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