Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-5407

Orden de 9 de febrero de 1996 por la que se autoriza la modificación y la adecuación de la autorización al Instituto de Educación Secundaria «San Fernando», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 7 de marzo de 1996, páginas 9212 a 9213 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-5407

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de la Dirección General de Educación de la Comunidad de Madrid, solicitando la modificación y adecuación de la autorización del Instituto de Educación Secundaria «San Fernando», sito en la carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13,500, de Madrid, para impartir Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y ciclos formativos de grado medio y superior,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la modificación y la adecuación de la autorización del instituto, quedando configurado como a continuación se señala:

Denominación genérica: Instituto de Educación Secundaria. Denominación específica: «San Fernando». Domicilio: Carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13,500. Localidad: Madrid. Municipio: Madrid. Provincia: Madrid. Titular: Comunidad de Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: Número de grupos, ocho; puestos escolares, 240.

b) Bachillerato.

Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: Número de grupos, cuatro; puestos escolares, 140.

Modalidad Tecnología. Capacidad: Número de grupos, cuatro; puestos escolares, 140.

c) Ciclos formativos.

c.1) Familia Profesional de Química.

Técnico superior en Análisis y Control. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

c.2) Familia Profesional de Automoción.

Técnico en Carrocería. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

Técnico superior en Automoción. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

c.3) Familia Profesional de Sanidad.

Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería. Capacidad: Número de grupos, uno; puestos escolares, 30.

Técnico superior en Salud Ambiental. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

c.4) Familia Profesional de Fabricación Mecánica.

Técnico superior en Producción por Mecanizado. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

c.5) Familia Profesional de Electricidad y Electrónica.

Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

Técnico superior en Desarrollo de Productos Electrónicos. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

c.6) Familia Profesional de Mantenimientos y Servicios a la Producción.

Segundo.-El instituto deberá cumplir con los requisitos de titulaciones del profesorado y el equipamiento didáctico adecuados a las enseñanzas que se autorizan.

Tercero.-No habiéndose establecido los títulos correspondientes a la Familia Profesional de Mantenimientos y Servicios a la Producción, no es posible indicar los ciclos formativos concretos que el instituto impartirá.

Por ello, una vez se produzca la publicación de los Reales Decretos que regulen los títulos y currículos correspondientes a dicha familia profesional, el instituto deberá solicitar autorización para impartir los ciclos formativos concretos que desee implantar, indicando el numero de grupo de cada uno de ellos.

Cuarto.-Asimismo, hasta que culmine el proceso de implantación de las enseñanzas contempladas en la LOGSE, y con el fin de atender adecuadamente la demanda de escolarización en relación con la planificación efectuada por la Dirección Provincial, se procederá a la modificación de la presente autorización, previa solicitud por parte del instituto y de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa vigente.

Quinto.-Provisionalmente, hasta su supresión definitiva, el centro podrá impartir las siguientes enseñanzas:

Curso 1995-1996: Bachillerato, modalidad Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Sexto.-Asimismo, hasta su supresión o sustitución por los correspondientes ciclos formativos de grado superior, podrá impartir:

Módulos profesionales nivel 2:

Instalaciones y mantenimientos de equipos de frío y calor. Capacidad: Número de grupos, dos; puestos escolares, 60.

Módulos profesionales nivel 3:

Sistemas automáticos programables. Capacidad: Número de grupos, uno; puestos escolares, 30.

Fabricación mecánica. Capacidad: Número de grupos, uno; puestos escolares, 30.

Salud ambiental. Capacidad: Número de grupos, uno; puestos escolares, 30.

Mantenimiento de instalaciones de servicios y auxiliares. Capacidad: Número de grupos, uno; puestos escolares, 30.

Mantenimiento de máquinas y sistemas automatizados. Capacidad: Número de grupos, uno; puestos escolares, 30.

Madrid, 9 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid