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Documento BOE-A-1996-5054

Resolución de 15 de diciembre de 1995, del Gabinete de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Obras Públicas, por la que se dispone la publicación del Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 1996, páginas 8537 a 8540 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1996-5054

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera el día 12 de diciembre de 1995, un Convenio para acordar los objetivos y determinaciones comunes para la programación, ejecución y gestión de actuaciones en infraestructura de transportes coordinadas con la ordenación territorial y urbanística en el municipio de Jerez de la Frontera y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» número 16), procede la publicación de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 15 de diciembre de 1995.-El Director, Ignacio Fernández Blanco.

CONVENIO PARA LA CONCERTACION DE ACTUACIONES ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE, LA JUNTA DE ANDALUCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA

En Jerez a 12 de diciembre de 1995.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don José Borrell Fontelles, Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de la delegación otorgada por el Gobierno de la Nación, al amparo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto).

El excelentísimo señor don Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Obras Públicas de la Junta de Andalucía.

El ilustrísimo señor don Pedro Pacheco Herrero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Todos ellos, reconociéndose la capacidad legal necesaria.

EXPONEN

I. El 26 de abril de 1993 se firmó el acuerdo marco referido a la coordinación interadministrativa de los programas y actuaciones dirigidos a la mejora de las infraestructuras y de la calidad de vida en las mayores ciudades andaluzas entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Junta de Andalucía. Con posterioridad, el 15 de enero de 1994 se firmó el Convenio para actuaciones en la Bahía de Cádiz entre el Ministerio, la Junta de Andalucía y los municipios de la Bahía de Cádiz en el que se contemplan algunas actuaciones sobre el municipio de Jerez de la Frontera que afectan a la mejora de la conexión de la Bahía de Cádiz con el entorno.

Así, en el Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la Junta de Andalucía y los municipios de la Bahía de Cádiz para actuaciones en la Bahía de Cádiz, ya quedan incluidas la duplicación de la calzada de la N-IV Jerez-aeropuerto; la conexión de la A-4 con la N-IV por el norte de Jerez, mejorando el acceso al aeropuerto; la duplicación de la vía (ferrocarril de cercanías) entre Cádiz y Jerez, así como la mejora del servicio de cercanías ferroviarias y la creación de nuevas estaciones. Por otra parte, en el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Junta de Andalucía para la Financiación y Ejecución de Obras de Carreteras en el Corredor Bahía de Cádiz-Bahía de Algeciras, de 15 de enero de 1994, se hacen las previsiones para la duplicación de calzada de las carreteras N-340 y C-440 entre ambas Bahías.

Uno de los principales objetivos del Ministerio en el conjunto Jerez-Bahía de Cádiz, es la consecución de un servicio de transporte ferroviario de elevada calidad para la aglomeración. Ello implica la duplicación de vías, incorporando en algún caso ligeras revisiones de su trazado, y estableciendo las nuevas estaciones que mejoren la accesibilidad de la población al servicio ferroviario. En dicha operación, la mejora de la accesibilidad al aeropuerto de Jerez por medio del ferrocarril constituye un objetivo principal de cara a toda la población servida.

II. La duplicación de vía en el municipio de Jerez constituye una oportunidad para mejorar la integración urbanística del ferrocarril en la ciudad, con lo que se daría cumplimiento a uno de los objetivos que se propone en el Plan General de Ordenación Urbana, aprobado definitivamente («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 18 de abril de 1995), al mismo tiempo que se pueden concretar los beneficios sociales en términos económicos, resultantes de las propuestas de planeamiento urbanístico.

Para la ordenación y desarrollo de las actuaciones en los terrenos ferroviarios se propone la redacción de un Plan Especial de Reforma Interior.

III. La oportunidad del presente Convenio se complementa por la consideración adicional de aspectos relevantes de cara a la ordenación urbana en Jerez, tales como las actuaciones en la red viaria urbana, la creación de un centro de intercambio modal en la actual estación ferroviaria de pasajeros, incorporando una estación de autobuses, y el traslado de la estación de mercancías ferroviarias existentes al futuro Centro Integrado de Transporte, previsto en el Plan Director de Infraestructuras de Andalucía 1994-2007 para Jerez, y recogido en el Plan General de Ordenación Urbana, como Ciudad del Transporte sobre terrenos municipales próximos al aeropuerto.

Respecto a las actuaciones sobre la red viaria, el planteamiento que se hace es la previsión y programación para un segundo cuatrienio del Plan General de Ordenación Urbana de la nueva variante oeste de Jerez como continuación del itinerario de la N-IV a cargo del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la ejecución de la Ronda Este (conexión de la C-440 con la N-342) que sería cofinanciada entre el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, la Junta de Andalucía y los particulares y, el acondicionamiento de la actual travesía de la N-IV adaptando su diseño a las necesidades urbanas, financiada entre el Ayuntamiento y el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Se contempla, asimismo, el estudio de la variante sur y del acondicionamiento de la actual circunvalación N-IV.

En cuanto a las actuaciones ferroviarias, se pretende asegurar la permeabilidad del tejido urbano, así como la integración del ferrocarril en la ciudad, facilitando la conexión del mismo con los demás modos de transporte, y en particular mediante la creación de un centro de intercambio modal.

Por otra parte, se contempla el estudio de la posible reutilización del trazado ferroviario de la línea a Jédula como vía verde para usos lúdicos.

Para el desarrollo de las actuaciones relacionadas con la red ferroviaria en el tramo urbano, se prevé la constitución de un Consorcio Urbanístico participado por las Administraciones intervinientes, lo que agilizará el desarrollo de las operaciones urbanísticas complementarias. A dicho Consorcio se aportarán los suelos de titularidad de Renfe comprendidos en el perímetro de la actuación.

IV. Estos compromisos se suscriben por las Administraciones intervinientes en base a sus respectivas competencias. La Administración Central del Estado interviene al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.21.ª y 1.24.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre el régimen general de comunicaciones y sobre las obras públicas de interés general, cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma.

La Comunidad de Andalucía interviene, de acuerdo con lo establecido en el artículo 148.1.5.ª de la Constitución Española y el artículo 13.10 del Estatuto para Andalucía, en virtud del cual ha asumido sus competencias plenas relativas a las carreteras cuyo itinerario se desarrolla íntegramente en el territorio de la Comunidad de Andalucía y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.8, 9 y 10 del Estatuto para Andalucía, que le atribuye competencias plenas relativas a la política territorial, las obras públicas de interés para la Comunidad y los transportes desarrollados en su territorio.

Que, de acuerdo con el principio de cooperación entre ambas Administraciones y en ejercicio de las competencias señaladas, consideran conveniente manifestar su mutuo deseo de colaboración y su interés recíproco en el desarrollo de dicha colaboración en esta materia, consiguiendo un mayor grado de eficacia en su actuación coordinada.

V. En virtud de cuanto antecede, y al objeto de lograr la cooperación en la definición y desarrollo de actuaciones concertadas, las Administraciones que intervienen acuerdan suscribir el presente Convenio de acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-Es objeto del presente Convenio acordar los objetivos y determinaciones comunes para la programación, ejecución y gestión de actuaciones en infraestructura de transportes coordinadas con la ordenación territorial y urbanística en el municipio de Jerez de la Frontera.

Segunda.-Los comparecientes están de acuerdo en llevar a cabo las actuaciones previstas en desarrollo del acuerdo marco suscrito por el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Junta de Andalucía, el 26 de abril de 1993, y los Convenios suscritos por las mismas Administraciones sobre el corredor de la Bahía de Cádiz-Bahía de Algeciras, y con los municipios de la Bahía de Cádiz de fecha 15 de enero de 1994, así como en el marco de la ordenación territorial y urbanística.

Tercera.-Los intervinientes se comprometen a colaborar en las fases de elaboración de los estudios y planes facilitándose toda la información necesaria para que las actuaciones previstas supongan una mejora de los servicios, el medio ambiente y la calidad de vida en la ciudad.

Cuarta.-Las actuaciones del presente Convenio se refieren a infraestructuras de red viaria, red ferroviaria e integración urbana del ferrocarril.

Quinta.-Las actuaciones en red viaria serán las siguientes:

El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente ejecutará la variante oeste, de acuerdo con el trazado del Plan General de Ordenación Urbana vigente recogido en el plano 1 del anexo de este Convenio.

El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y la Junta de Andalucía se comprometen a construir la Ronda Este con la finalidad de unir la C-440 con la N-342, según el trazado previsto en el Plan General, y recogido en el plano 1 del anexo del Convenio. La financiación de esta actuación se llevará a cabo en un 30 por 100 por la Junta de Andalucía, un 30 por 100 por el Ayuntamiento y un 40 por 100 por los particulares, de acuerdo con el planeamiento urbanístico vigente que le afecta.

El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera se comprometen al acondicionamiento de la actual travesía de la N-IV como vía urbana, cuyo tramo figura en el plano 1 del anexo de este Convenio. Ambas Administraciones se comprometen a formalizar, previo cumplimiento de los requisitos legales exigidos, la recepción y aceptación de la obra correspondiente a dicho tramo, según sus respectivas competencias y su transferencia al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Se estudiarán y concretarán el diseño de la variante sur y el acondicionamiento de la actual circunvalación de la N-IV como vía urbana.

Sexta.-Las actuaciones en red ferroviaria serán las siguientes:

El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente se compromete a realizar la duplicación de la vía del ferrocarril hasta el aeropuerto, donde se construirá una nueva estación.

En el tramo urbano del trazado ferroviario se realizará una operación de integración urbana del ferrocarril, que comprenderán las actuaciones especificadas en el anexo.

Se realizarán los estudios necesarios para la recuperación del antiguo trazado del ferrocarril a Jédula para uso lúdico a nivel provincial, dentro de los proyectos de Vías Verdes.

Séptima.-De acuerdo con las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana, la integración del ferrocarril en el tramo urbano se realizará mediante el desarrollo de un Plan Especial de Reforma Interior con los siguientes fines:

Mejorar la accesibilidad de Jerez de la Frontera por ferrocarril con las demás ciudades de su entorno y los principales centros de la Comunidad Autónoma y del Estado.

Integrar el ferrocarril en la ciudad, disminuyendo o eliminando el efecto barrera, lo que permitirá mejorar el sistema viario y la calidad medioambiental.

Facilitar el enlace del ferrocarril con los demás medios de transportes, tanto de personas como de mercancías, construyendo una nueva estación de autobuses junto a la estación de ferrocarril de viajeros, que suponga la creación de un centro intermodal de transporte.

Liberar los terrenos de la actual estación de mercancías, que se trasladará a la ciudad del transporte localizada en las proximidades del aeropuerto.

Otorgar los aprovechamientos urbanísticos en los terrenos titularidad de Renfe, que queden liberados de la explotación ferroviaria, para financiar las actuaciones previstas en el Plan Especial de Reforma Interior.

Adecuar la explotación ferroviaria a los nuevos servicios que se estimen necesarios.

Octava.-La redacción del Plan Especial se realizará por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, con la participación del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Junta de Andalucía en la elaboración de las determinaciones del planeamiento.

Novena.-Para la gestión y ejecución del Plan Especial y las actuaciones que se deriven del mismo (incluyendo las actuaciones en la red ferroviaria), los intervinientes están de acuerdo en promover, previo cumplimiento de los requisitos legales oportunos, la creación de un Consorcio Urbanístico en el que participen el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, directamente o a través de empresas adscritas a los mismos. La participación de las Administraciones en el Consorcio será la siguiente: 55 por 100 el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, a través de empresas adscritas al mismo; 25 por 100 la Junta de Andalucía, y 20 por 100 el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera. En los Estatutos que regulen el funcionamiento del Consorcio se especificarán las garantías que acrediten las aportaciones de las partes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

Décima.-El Consorcio Urbanístico tendrá la condición de beneficiario en las expropiaciones derivadas de la ejecución del Plan Especial.

El justiprecio a percibir por las expropiaciones que le correspondan a Renfe se podrá materializar mediante la entrega de obra ferroviaria.

Undécima.-En virtud del Convenio de colaboración entre la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y la Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo para la ejecución de una actuación urbanística en Cañada Ancha, suscrito el 12 de abril de 1994, los intervinientes están de acuerdo en impulsar la ejecución de un Centro de Transportes y Actividades Productivas Complementarias, en el cual se reubicará la estación ferroviaria de mercancías de Renfe, mediante el desarrollo del planeamiento urbanístico según lo dispuesto en el citado Convenio.

Para facilitar la nueva localización de la estación de mercancías, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera aportará a Renfe el terreno necesario en dicho polígono.

Duodécima.-Un avance de la programación, con el coste estimado de las actuaciones y la Administración que las asume figura en el programa de actuación propuesto del anexo de este Convenio.

Decimotercera.-Se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por representantes de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Obras Públicas, representantes de la Junta de Andalucía y del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Asimismo, podrán designarse suplentes de los miembros de la Comisión y a sus reuniones podrán asistir los técnicos que se juzguen convenientes, de conformidad con los temas a tratar, pudiéndose crear Subcomisiones Técnicas con delegación de facultades a determinados efectos. También podrá asistir un representante de la Delegación del Gobierno de Andalucía.

La Comisión de seguimiento tendrá las funciones de:

Velar por el cumplimiento del Convenio, realizando el seguimiento del Programa de actuaciones del mismo y proponiendo, en su caso, las variaciones que se consideren precisas a las respectivas Administraciones, asegurar la coordinación de los diversos proyectos durante su redacción, tramitación y ejecución, informar previamente a su aprobación los planes, estudios informativos y proyectos de las obras del Convenio y coordinar las previsiones de terrenos necesarios en cada caso, de forma que puedan estar disponibles en las fechas adecuadas, impulsando con la mayor celeridad los trámites requeridos en cada caso.

Tendrá conocimiento de las incidencias de los proyectos y obras, tanto técnicas como administrativas e interpretará, en caso de duda, las normas y previsiones del presente Convenio y, en consecuencia, podrá proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables en la ejecución de cada uno de los proyectos u obras. Y en general, las que el artículo 6.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, atribuye al órgano de vigilancia y control.

Decimocuarta.-El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y será válido hasta la finalización de las actuaciones.

El anexo se considera incorporado al Convenio, y formando parte integrante del mismo.

Decimoquinta.-Serán causas de resolución del presente Convenio el incumplimiento de cualquiera de sus estipulaciones, previa denuncia de cualquiera de las partes, formulada por escrito, con tres meses de antelación.

Decimosexta.-El Convenio quedará automáticamente revocado cuando se produzcan cambios normativos que afecten sustancialmente a las disposiciones vigentes a la firma del Convenio, que ampararon su suscripción.

Decimoséptima.-La posible modificación de la relación de obras que figuran incluidas en el programa de actuación propuesto en el anexo del Convenio deberá formalizarse mediante «addenda», con los mismos requisitos y condiciones para la aprobación del Convenio.

Decimoctava.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), y por la legislación sobre la materia objeto del Convenio, y, en su defecto, por la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y demás normas del Derecho administrativo y, en defecto de este último, por las normas de Derecho privado, siendo competente para entender en los litigios que pudieran surgir la jurisdicción contencioso-administrativa.

De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las Administraciones que representen, firman por triplicado el presente Convenio en el lugar y fecha al inicio indicados.-Firmado: El Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, José Borrel Fontelles.-El Consejero de Obras Públicas de la Junta de Andalucía, Francisco Vallejo Serrano.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, Pedro Pacheco Herrero.

ANEXO

Programa de actuación propuesto

Plano 1. Actuaciones propuestas de red viaria y ferroviaria.

Plano 2. Actuaciones propuestas de integración del ferrocarril en la ciudad.

Programa de actuación propuesto

Administración

Ejecución / Gestión / Actuaciones / Presupuesto

-

Pesetas / Programación (*)

Red viaria / 6.050

Variante oeste N-IV / 4.500 / 1998 / MOPTMA. / MOPTMA.

Travesía N-IV: Reordenación general / 300 / 1995-1996 / MOPTMA y Ayuntamiento. / Ayuntamiento.

Ronda este (conexión de la C-440 con la N-342) / 1.250 / 1996-1997 / Ayuntamiento, Junta de Andalucía y particulares. / Ayuntamiento.

Red ferroviaria / 5.400

Actuaciones en el tramo no urbano / 1.400

Duplicación de vía / 925 / 1996-1998 / MOPTMA. / MOPTMA.

Nueva estación de mercancías / 400 / 1996 / MOPTMA. / MOPTMA.

Estación en el aeropuerto / 75 / 1996-1998 / MOPTMA. / MOPTMA.

Actuación concertada de integración urbana del ferrocarril / 4.000

Duplicación de vía / 940 / 1996-1998 / Consorcio. / Consorcio.

Integración ambiental / 1.600 / 1996-1998 / Consorcio. / Consorcio.

Intercambiador / 500 / 1996-1998 / Consorcio. / Consorcio.

Compleción de viario / 960 / 1996-1998 / Consorcio. / Consorcio.

(*) Fecha de licitación.

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