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Documento BOE-A-1996-4911

Orden de 8 de febrero de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 12 de enero de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.816/1991, interpuesto por don Jesús Porras de la Mata.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 1996, páginas 8386 a 8386 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-4911

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/1.816/1991, interpuesto por don Jesús Porras de la Mata, contra la desestimación de la solicitud formulada por el referido demandante al Consejo de Ministros sobre indemnización de los daños y perjuicios derivados de la aplicación de la disposición transitoria vigésimo octava de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, acordada en sesión de 12 de junio de 1992, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 10 de junio de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativco interpuesto por el Procurador don José Luis Pinto Marabotto, en nombre y representación de don Jesús Porras de la Mata, contra la desestimación de la solicitud formulada por el referido demandante al Consejo de Ministros sobre indemnización de los daños y perjuicios derivados de la aplicación de la disposición transitoria vigésimo octava de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, acordada en sesión de 12 de junio de 1992, al tiempo que debemos desestimar y desestimamos todas las pretensiones formuladas por aquél, en la súplica de la demanda, sin hacer expresa condena respecto de las costas procesales causadas en este juicio.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 12 de enero de 1996 ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.

Madrid, 8 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 1 de noviembre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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