El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.1.º b).1 de la Orden de 29 de diciembre de 1992 sobre recursos propios y supervisión en base conso-
lidada de las sociedades y agencias de valores y sus grupos, en su reunión del día 21 de febrero de 1996, adoptó el siguiente acuerdo:
«Actualizar la relación de bancos multilaterales de desarrollo, en virtud de lo dispuesto en el apartado primero de la letra b) del punto 1.º del artículo 13 de la Orden de 29 de diciembre de 1992 sobre recursos propios y supervisión en base consolidada de las sociedades y agencias de valores y sus grupos, a la vista de lo establecido por la Directiva 95/67/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 1995, por la que se adapta la Directiva 89/647/CEE del Consejo sobre el coeficiente de solvencia de las entidades de crédito, en lo relativo a la definición técnica de bancos multilaterales de desarrollo, incorporando a la relación del apartado primero de la letra b) del punto 1.º de dicho artículo, que fue actualizada mediante acuerdo del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de 6 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 15) a la Societé Inter-Américaine d'Investissement.»
Madrid, 21 de febrero de 1996.-El Presidente, Luis Carlos Croissier Batista.
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