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Documento BOE-A-1996-4468

Resolución de 30 de enero de 1996, de la Universidad de La Rioja, por la que se convocan a concurso, plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1996, páginas 7435 a 7436 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-4468

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Reforma Universitaria, en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, que regula los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de La Rioja,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre), Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 11 de julio), y en lo no previsto, por la legislación general de funcionarios civiles del Estado; y se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado o de la Admnistración Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. En caso de los nacionales de un Estado de los detallados anteriormente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesores de Universidad.

La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Tercera.-Requisitos específicos:

Estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero superior, con las excepciones señaladas en la Orden del 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1985), en las que serán suficiente el de diplomado, arquitecto técnico o ingeniero técnico.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la solicitud al Rector de la Universidad de La Rioja por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27), en el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», mediante instancia, según modelo del anexo II, debidamente cumplimentada, junto con la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o, en su caso, documento que acredite su nacionalidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico. En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia.

c) Resguardo que justifique el pago de los derechos de examen (1.500 pesetas), que se ingresarán en Caja Rioja, urbana número 7, avenida de la Paz, 88, Logroño, cuenta corriente número 1.81.042.241-8.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de La Rioja o persona en quien delegue, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra esta Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

A los aspirantes definitivamente excluidos se les devolverá de oficio los derechos de examen.

Sexta.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para su constitución, notificará a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión, y en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso para realizar el acto de presentación de los concursantes y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo.

Séptima.-En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, atendidas las modificaciones previstas en el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio.

Octava.-Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Rectorado de la Universidad de La Rioja, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente administrativo, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública o, en su caso, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Logroño, 30 de enero de 1996.-El Rector, Urbano Espinosa Ruiz.

ANEXO I

Plaza número 1/96. Cuerpo: Profesores titulares de Escuela Universitaria. Area de conocimeinto: Producción vegetal. Departamento: Agricultura y Alimentación. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Fruticultura general. Fruticultura especial. Propagación y viveros. Clase de convocatoria: Concurso.

(ANEXO II OMITIDO)

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