En sesión ordinaria del Consejo Escolar del Instituto de Formación Profesional de Arévalo (Avila), se acordó proponer la denominación de «Adaja» para dicho centro.
Visto el artículo 4 y la disposición transitoria tercera, punto 2, del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 929/1993, de 18 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio); la Ley Orgánica 8/1995, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,
Este Ministerio ha dispuesto aprobar la denominación específica de «Adaja» para el Instituto de Formación Profesional de Arévalo (Avila).
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 15 de enero de 1996.-P. D. (Orden del 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.
Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.
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