Visto el expediente de indulto del Capitán de Infantería del Ejército de Tierra don Eduardo Dorado Banacloche, condenado por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, a resultas de la causa número 14/79/91, a la pena privativa de libertad de tres meses y un día de prisión, con sus accesorias legales, como autor criminalmente responsable de un delito contra la eficacia del servicio del artículo 159, párrafo segundo, del Código Penal Militar, y constando en el mismo informe del Tribunal sentenciador favorable al otorgamiento de la gracia de indulto total, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de febrero de 1996,
Vengo en conceder al Capitán de Infantería del Ejército de Tierra don Eduardo Dorado Banacloche, el indulto total de la pena privativa de libertad impuesta, con sus accesorias legales, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo normal de cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 2 de febrero de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa,
GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA
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