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Documento BOE-A-1996-4060

Resolución de 19 de febrero de 1996, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se dispone la amortización anticipada de la emisión de abril de 1989, de Obligaciones del Instituto Nacional de Industria al 12,30 por 100.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1996, páginas 6717 a 6717 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-4060

TEXTO ORIGINAL

En las condiciones de emisión de las Obligaciones del Instituto Nacional de Industria al 12,30 por 100, emisión de abril de 1989, asumidas por el Estado por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, se contempla la posibilidad de amortización anticipada a opción del emisor en el séptimo aniversario de la fecha de emisión, el 27 de abril de 1996, al 100,75 por 100 de su valor nominal, según se señala en el apartado 2.3.8.b) del folleto informativo de la emisión.

A la vista de la situación actual de la financiación del Estado y de la evolución de los mercados de Deuda, es aconsejable disponer la amortización anticipada de la citada emisión, haciendo uso de la autorización contenida en la Orden de 25 de enero de 1996 y siguiendo el procedimiento que, en su apartado 4.1.3, se establece para la Deuda emitida o asumida por el Estado.

Por ello, en ejercicio de las facultades concedidas al Subdirector general de Deuda Pública en el número 2 y siguientes de la citada Orden de 25 de enero de 1996, se ha adoptado la siguiente resolución:

Primero.-Disponer la amortización, al 100,75 por 100 de su valor nominal, de la emisión de abril de 1989, de Obligaciones del Instituto Nacional de Industria al 12,30 por 100, cuyo importe nominal asciende a 10.000 millones de pesetas.

Segundo.-La fecha de reembolso será la de su próximo vencimiento anual de intereses, el día 27 de abril de 1996, según se establece en el apartado 2.3.8.b) del folleto informativo de la emisión.

Tercero.-Las facturas de reembolso se presentarán de la misma forma que en las amortizaciones ordinarias y en los plazos previstos para aquéllas.

Cuarto.-El pago del reembolso de la emisión de 30 de abril de 1989, de Obligaciones del Instituto Nacional de Industria, cuya amortización se dispone en el apartado primero de esta Resolución, se atenderá con cargo a la Sección 06 «Deuda Pública», concepto 06.04.011A.901, del Presupuesto del Estado.

V. I., no obstante, acordará.

Madrid, 19 de febrero de 1996.-P. V., la Subdirectora general de Deuda Pública, Gloria Hernández García.

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