Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-4012

Resolución de 19 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural con la categoría de monumento a favor de la iglesia parroquial de San Esteban, situada en la pedania de Serracines, del Municipio de Fresno del Torote.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 1996, páginas 6534 a 6535 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1996-4012

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Servicio de Conservación y Restauración del Patrimonio Histórico Inmueble y el informe favorable emitido al efecto por la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de conformidad con los artículos 6 a), 9 y 14 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y del artículo 14.c) del Decreto 4/1992, de 6 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura,

Esta Dirección Generla ha resuelto:

Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural con la categoría de monumento a favor de la iglesia parroquial de San Esteban, situada en la pedanía de Serracines, del municipio de Fresno del Torote, cuya descripción y delimitación literal y gráfica de su entorno figuran en el anexo a la presente Resolución.

Segundo.-Notificar la incoación al Ayuntamiento donde radica el bien objeto de declaración, a los efectos previstos en el artículo 16 de la Ley 16/1985, así como a los interesados y continuar la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y se comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura para su anotación preventiva.

Madrid, 19 de diciembre de 1995.-El Director general de Patrimonio Cultural, José Miguel Rueda Muñoz de San Pedro.

ANEXO

A. Monumento

Descripción histórico-artística

La iglesias parroquial de San Esteban es un templo de planta rectangular, con cabecera plana y una sóla nave. Sus materiales constructivos son el ladrillo y las cajoneras de mampostería. En el interior destacan las techumbres de madera que cubren la nave y el presbiterio. La del presbiterio es en forma de artesa de planta cuadrada de par y nudillo, con limabordón y almizate decorado con lacería. Tiene en los extremos cuadrales y en la parte central un tirante sostenido por modillones. La de la nave es también de artesa de par y nudillo con limas mohamares y tirantes con modillones que la sostienen. El coro, que está a los pies y en alto, es de madera muy sencillo.

En el exterior destaca la fachada principal, resuelta con una sencilla espadaña de ladrillo, de un solo cuerpo en el que se abren dos arcos de medio punto. Se remata con frontón, en el centro del mismo se abre un pequeño vano de medio punto. El acceso primitivo hoy está cegado. En la actualidad se accede por el lado derecho, a través de un arco de medio punto rebajado.

El templo responde a las características estilísticas del mudéjar de tendencia renacentista, cronológicamente puede datarse entre finales del siglo XVI y principios del XVII.

La iglesia conserva un sencillo púlpito de yesería de planta octogonal, decorado con molduras cajeadas del siglo XVI.

B. Entorno de protección

B.1 Motivación

La razón por la que se considera éste como entorno afectado por la declaración de la iglesia parroquial de San Esteban Protomártir como bien de interés cultural en la categoría de monumento se fundamenta en las siguientes consideraciones:

Proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito dentro del casco antiguo.

Velar por la adecuación de las intervenciones arquitectónicas en favor de la puesta en valor del monumento.

Evitar la alteración o pérdida de los valores ambientales asociados en la percepción del monumento.

B.2 Descripción literal de la delimitación

El entorno afectado se define como el interior de la línea continua, cerrada, gruesa, grafiada en el plano adjunto y que comprende lo siguiente:

La totalidad de las parcelas catastrales de las manzanas números:

61.71.1.

61.71.3.

61.72.5.

Las parcelas catastrales siguientes:

En la manzana catastral 61.70.1: Números 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 07.

En la manzana catastral: 65.71.6: Números 03, 04 y la superficie triangular de la número 01 definida por los siguientes lados:

Lado noroeste de la parcela número 04.

Línea perpendicular a dicho lado, trazada desde el vértice este de la parcela número 04 hasta su encuentro con la línea de fachada.

Tramo de la fachada a la plaza de la Constitución, comprendido entre los dos lados anteriormente definidos.

(GRAFICO OMITIDO)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid