Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 7 de diciembre de 1990, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 109/1986, promovido por don Juan Bautista Pavía Gil, sobre reducción de jornada y retribuciones; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por don Juan Bautista Pavía Gil contra resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que desestimó el recurso de alzada formulado contra la desestimación de su petición sobre reducción de jornada, retribución reducida y la procedencia de percibir complemento de dedicación especial, debemos declarar y declaramos no haber lugar a la nulidad o revocación de las resoluciones impugnadas, por ser conformes a Derecho; sin hacer imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 30 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Servicios.
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