En el recurso contencioso-administrativo número 2.229/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Lico Leasing, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de abril de 1991 y de la Oficina de Patentes y Marcas de 16 de noviembre de 1992, se ha dictado, con fecha 18 de julio de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Ruano Casanova en nombre y representación de "Lico Leasing, Sociedad Anónima", contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de abril de 1991 y su confirmatoria en reposición de 16 de noviembre de 1992, sobre concesión de la marca número 1.274.306, denominado "Lesico Instituto de Crédito Oficial", para servicios de seguros y finanzas. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de enero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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