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Documento BOE-A-1996-3677

Resolución de 5 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación-Presidencia de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, por la que, dentro del marco del Plan Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas o subvenciones destinadas a cumplir los objetivos del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1996, páginas 5985 a 5991 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-3677

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (CICYT), como órgano de coordinación en materia de investigación, tiene asignada según la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, la misión de armonizar e integrar dentro del Plan Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico (I + D) las actividades de investigación que los distintos Departamentos ministeriales desarrollan a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

En cumplimiento de dicho objetivo, el Instituto Español de Oceanografía y la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología firmaron, con fecha 16 de junio de 1995, un Convenio, cuyo objetivo es establecer un marco de colaboración entre ambas instituciones para elaborar, gestionar y desarrollar actividades de I + D en el marco del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas. Dicho convenio fue aprobado por la Comisión Permanente de la CICYT en fecha 29 de mayo de 1995.

El Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas está cofinanciado, de acuerdo con lo previsto en la cláusula décima del referido Convenio, por la CICYT y por el Instituto Español de Oceanografía.

Por Resolución de la Comisión Permanente de la CICYT, de 17 de junio de 1995, se realizó una primera convocatoria extraordinaria de ayudas con cargo al Programa.

En consecuencia, esta Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, en virtud de los artículos 6.º y 7.º de la Ley 13/1986, de 14 de abril, ha resuelto publicar la convocatoria para la concesión de ayudas a:

Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

Acciones especiales.

en el marco del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas, incluido en el III Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico 1996-1999, aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 21 de julio de 1995.

Esta convocatoria es complementaria de la publicada para la concesión de ayudas en el marco de diversos Programas Nacionales (Resolución de 21 de septiembre de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología («Boletín Oficial del Estado» de 29 de septiembre), y de la correspondiente al Programa Nacional de Recursos Hídricos («Boletín Oficial del Estado» de 16 de noviembre).

Esta convocatoria está coordinada con las otras convocatorias de ayudas del Plan Nacional de I + D, con las del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento del Ministerio de Educación y Ciencia, dirigido tanto a la investigación básica de carácter general como hacia aquellas áreas no contempladas específicamente en los Programas Nacionales del Plan Nacional de I + D, así como con las del Plan de Actuación Tecnológico Industrial del Ministerio de Industria y Energía, orientado al fomento de la I + D empresarial.

El texto de esta convocatoria y los modelos de impresos de solicitud pueden obtenerse en las direcciones de los servidores de RedIRIS de la Secretaría General del Plan Nacional de I + D (http:/www.cicyt.es o ftp:/ftp.cicyt.es, en el directorio/pub/formularios, con usuario ANONYMOUS y la dirección propia de correo como palabra de paso).

La presente convocatoria se regirá por las siguientes

NORMAS DE APLICACION GENERAL

1. Finalidad de la convocatoria y ámbito de aplicación

1.1 El objeto de la presente convocatoria es fomentar las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico en entidades públicas y privadas sin fines de lucro, con finalidad investigadora legal o estatutaria, en el marco del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas mediante la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas financieras para realizar Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico y Acciones Especiales.

Esta convocatoria incluye igualmente las solicitudes de cofinanciación de proyectos europeos, es decir, proyectos de investigación aprobados dentro de los programas específicos del Programa Marco de I + D de la Unión Europea o, excepcionalmente, que estén parcialmente financiados por otros programas internacionales.

1.2 Cuando la temática así lo aconseje, y previo informe de la Comisión paritaria prevista en el Convenio entre la CICYT y el Instituto Español de Oceanografía, el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, en su calidad de Presidente de la Comisión Permanente de la CICYT, podrá determinar el trasvase de solicitudes a otros programas o acciones del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

1.3 Las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto presentado sin que, en ningún caso, superen el coste real de la actividad o equipamiento subvencionados. Su importe será librado por anticipado a favor de las entidades beneficiarias para su inclusión en sus presupuestos.

1.4 Se considerarán subvencionables los costes indirectos ocasionados a las instituciones beneficiarias por el desarrollo de los proyectos de I + D, excepto en el caso de los proyectos europeos. Dichos costes podrán suponer hasta un 15 por 100 de la financiación concedida a los proyectos.

1.5 No serán subvencionables las retribuciones de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los entes a que se refiere el apartado 3, ni las dotaciones para becarios de investigación.

1.6 La financiación de las acciones referidas correrá a cargo del Fondo Nacional para el Desarrollo de la Investigación Científica y Técnica (aplicación 18.13.542A.780).

2. Régimen jurídico

La presente convocatoria se ajustará a lo dispuesto en:

La Ley 13/1986, de 14 de abril.

El texto refundido de la Ley General Presupuestaria, modificada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.

El Real Decreto 2784/1964, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de septiembre).

El Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 30 de diciembre).

La Orden de 8 de noviembre de 1991 por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones correspondientes al Plan Nacional de I + D («Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre).

Las demás normas vigentes que sean de aplicación.

3. Solicitantes

3.1 Podrán presentar solicitudes, como investigadores científicos responsables de la ejecución científico-técnica de las acciones a las que se refiere esta Resolución, las personas físicas con capacidad investigadora encuadradas en entes españoles, públicos o privados sin finalidad de lucro.

3.2 Dichas entidades, que serán las beneficiarias de las ayudas, deberán tener finalidad investigadora legal o estatutaria, personalidad jurídica propia, capacidad suficiente de obrar y no encontrarse inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.

3.3 Las entidades beneficiarias asumirán las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establecen los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria.

4. Formalización de las solicitudes

4.1 Las solicitudes deberán contar con la conformidad del representante legal del organismo al que esté adscrito el investigador principal.

4.2 Las solicitudes, dirigidas al Presidente de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, se acompañarán, en cada caso, de los documentos que se indican en los apartados I y II, y se presentarán en el Registro General de la Secretaría General del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (calle Rosario Pino, 14-16, planta 7.ª, 28020 Madrid). La presentación de solicitudes podrá hacerse igualmente por correo certificado o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3 Los modelos de impresos normalizados podrán obtenerse en la Secretaría General del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (calle Rosario Pino, 14-16, planta 7.ª, 28020 Madrid), y en el Instituto Español de Oceanografía (avenida del Brasil, 31, 28020 Madrid). Estarán disponibles igualmente en las direcciones de los servidores de RedIRIS de la Secretaría General del Plan Nacional de I + D que se citan en el preámbulo de esta convocatoria.

4.4 Si la documentación aportada fuera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos en la presente Resolución, el investigador responsable será requerido para que, en el plazo de diez días, complete la documentación o subsane la falta con advertencia de que, si no lo hiciese, se archivará la solicitud de subvención sin más trámite.

5. Plazo de presentación

Esta convocatoria permanecerá abierta hasta el 1 de abril, inclusive, para proyectos de investigación y desarrollo tecnológico.

Hasta la publicación de la siguiente convocatoria, para acciones especiales y para las solicitudes de ayudas complementarias para proyectos europeos.

6. Evaluación y resolución

6.1 Las propuestas se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Calidad científico-técnica de la propuesta y del grupo para la realización de la misma.

b) Capacidad formadora del grupo de investigación.

c) Actividad desarrollada previamente por el grupo de investigación en relación con la financiación recibida. Se valorará tanto su nivel científico como la transferencia de conocimientos y resultados a entidades públicas y privadas.

d) Adecuación de la propuesta a los objetivos y prioridades del Programa Nacional.

e) Utilidad y relevancia de la propuesta para los sectores socioeconómicos a los que se dirige, justificada con una propuesta de actuación para la transferencia y difusión de conocimientos y resultados.

f) Interés del sector socioeconómico en la transferencia de los resultados que se deriven de la propuesta. Este interés podrá manifestarse mediante la figura de ente promotor/observador (EPO), que puede tomar un papel activo en una futura fase del proyecto, según explica en el anexo temático de esta convocatoria.

g) Concreción de los objetivos especificando etapas y resultados previsibles.

h) Colaboración con otros grupos de I + D y participación del grupo solicitante en proyectos de investigación de programas de la UE o agencias internacionales directamente relacionados con el proyecto.

i) Adecuación de los recursos financieros y de la duración del proyecto a los objetivos que se proponen.

j) Aportación acreditada de otras entidades públicas y privadas, así como del organismo solicitante.

k) Se valorará el tamaño, la composición (proporción investigadores/personal en formación) y la dedicación del grupo, así como la coordinación con otros grupos y su carácter multidisciplinar.

La valoración de los criterios a) y b) se hará mediante un proceso externo que se encargará a la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva; la del resto de los criterios se realizará mediante un proceso de selección a cargo de una comisión de expertos designada por el Secretario general del Plan Nacional de I + D, previo acuerdo con la Dirección del Instituto Español de Oceanografía.

Esta Comisión elevará una propuesta de financiación a la Comisión Paritaria constituida por la Secretaría General del Plan Nacional de I + D y el Instituto Español de Oceanografía, de acuerdo con lo previsto en las cláusulas 5.ª, 6.ª y 7.ª del Convenio de colaboración.

La Comisión Paritaria a la que se refiere el párrafo anterior elevará a la Comisión Permanente de la CICYT la propuesta de financiación correspondiente a esta convocatoria.

No requerirán evaluación científico-técnica las solicitudes de cofinanciación para proyectos europeos, realizándose únicamente un análisis económico del presupuesto solicitado, en función del contrato suscrito con la Unión Europea. Tendrán una consideración preferente las solicitudes en las que el grupo español figure como coordinador del proyecto europeo.

Excepcionalmente, cuando su especial naturaleza o urgencia lo justifique, la Comisión Permanente de la CICYT podrá encargar a comisiones de expertos la evaluación de las solicitudes.

6.2 En el proceso de evaluación se podrá solicitar la documentación complementaria que se estime necesaria y se podrá sugerir a los responsables de los grupos de investigación modificaciones tendentes a una mayor aclaración sobre el contenido de sus propuestas o una mejor adaptación de las mismas a las prioridades del Programa Nacional.

6.3 La cuantía de las ayudas o subvenciones se determinará en cada caso en función de los criterios de evaluación y de las disponibilidades presupuestarias.

6.4 La concesión o denegación de las solicitudes se realizará por disposición del Secretario general del Plan Nacional de I + D, y se notificará individualmente. No obstante, cuando por razón del número de participantes no resulte factible proceder a la notificación individual, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación nominativa de los beneficiarios de las ayudas o subvenciones.

6.5 El no ajustarse a los términos de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada será causa de desestimación de la propuesta, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley General Presupuestaria.

6.6 La resolución se realizará en el plazo máximo de ocho meses a contar desde la presentación de la documentación completa por parte del solicitante. En el supuesto de no producirse la resolución en el plazo señalado, se entenderán desestimadas las solicitudes.

6.7 Contra las resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Ministro de Educación y Ciencia.

7. Aceptación

7.1 La aceptación de las ayudas o subvenciones por parte de los adjudicatarios implica la de las facultades que la legislación vigente concede a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología (artículo 7.º, 3, de la Ley 13/1986, de 14 de abril), y la sujeción a las obligaciones derivadas de la normativa vigente sobre ayudas o subvenciones públicas.

7.2 La inversión de las ayudas se realizará conforme a las normas generales que en cada caso regulan los gastos de dichas entidades y, en su caso, de acuerdo con las directrices de la Comisión Permanente de la Interministerial de Ciencia y Tecnología, la cual podrá recabar información o verificar cualquier aspecto relacionado con la solicitud subvencionada. Cualquier modificación en las condiciones iniciales de aprobación de las solicitudes deberá ser aceptada por la Secretaría General del Plan Nacional de I + D.

7.3 Los entes privados descritos en el apartado 3 deberán acreditar previamente estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

8. Justificación de las ayudas

8.1 Sin perjuicio de las demás normas vigentes al respecto y de las especificadas en la presente Resolución, para justificar las ayudas o subvenciones se exigirá:

En el caso de que los beneficiarios sean entes u organismos que deben rendir cuentas al Tribunal de Cuentas, documento que acredite fehacientemente la incorporación de las ayudas o subvenciones a su contabilidad mediante el expediente que corresponda.

Para los entes públicos o privados que no estén obligados a rendir cuentas al citado Tribunal, la justificación financiera se hará mediante la presentación de todos los justificantes de gasto.

8.2 Además de las obligaciones de justificación previstas en el presente apartado y en las demás normativas sobre ayudas y subvenciones públicas, el empleo de la subvención concedida se justificará mediante el cumplimiento de las normas que sobre su seguimiento científico-técnico establece el apartado 9.

8.3 Las correspondientes resoluciones de concesión establecerán los plazos de justificación de las ayudas.

8.4 De conformidad con el artículo 81.4, c) de la Ley General Presupuestaria, los beneficiarios estarán obligados a someterse a las actuaciones de control financiero que realice la Intervención General de la Administración del Estado. Las entidades beneficiarias de las ayudas o subvenciones estarán obligadas a facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas.

9. Seguimiento

9.1 El seguimiento científico-técnico de las acciones subvencionadas es competencia de la Secretaría General del Plan Nacional de I + D, que establecerá los procedimientos adecuados para ello y podrá designar, previo acuerdo con el Instituto Español de Oceanografía, los órganos o comisiones que estime oportuno para realizarlo.

9.2 Para la realización del mencionado seguimiento, se evaluarán los resultados producidos en el desarrollo de las actividades de investigación propuestas, que deberán ser debidamente justificados mediante el preceptivo informe.

El informe de seguimiento deberá ser presentado por el responsable del grupo de investigación, con la conformidad del representante legal del organismo o entidad en que se halle integrado.

Se podrá solicitar la presentación de la información complementaria que se considere oportuno.

Los gastos que originen las actividades de seguimiento podrán imputarse al presupuesto de los proyectos.

9.3 El informe científico final deberá acompañarse de un resumen de los gastos realizados, expedido por el correspondiente Servicio de Contabilidad.

9.4 En las publicaciones a las que pueda dar lugar la actividad subvencionada se deberá mencionar a la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología y al Instituto Español de Oceanografía como entidades financiadoras, así como el número de referencia asignado a la acción.

9.5 Si como resultado del seguimiento se observase el incumplimiento de los objetivos inicialmente previstos en cuanto a tiempo, rentabilidad y resultados esperados, o se diese alguna de las circunstancias señaladas en el apartado 6.5 de las normas de aplicación general de esta Resolución, podrá interrumpirse la financiación, así como proponer las acciones legales que procedan.

9.6 Del resultado del seguimiento se informará a la entidad beneficiaria y al investigador responsable.

APARTADO I

Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico

I.1 Finalidad de la convocatoria y ámbito de aplicación

1.1 Su finalidad es fomentar las actuaciones de investigación científica y desarrollo tecnológico en entidades públicas y privadas sin finalidad lucrativa, en el marco de las prioridades del Plan Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas.

Los contenidos temáticos del programa se relacionan en el anexo de la presente Resolución, en el que se indica igualmente, mediante un porcentaje, el peso relativo que se le asigna a cada objetivo científico-técnico, así como los instrumentos mediante los cuales deben desarrollarse dichos objetivos.

1.2 Asimismo, podrán presentarse solicitudes para la cofinanciación de proyectos europeos cuya temática esté relacionada con el programa.

1.3 La presente convocatoria excluye los proyectos a desarrollar a bordo del buque oceanográfico «Hespérides», excepto cuando dichos proyectos estén financiados por el IV Programa Marco de I + D de la Unión Europea.

1.4 Con carácter general, se estimulará la presentación de proyectos coordinados en los que participen diversas instituciones, pudiendo llegarse a planteamientos de actividades de responsabilidad compartida de carácter científico y económico.

Podrán presentarse proyectos coordinados en los que participen diversos grupos de investigación de una misma institución, preferentemente cuando se utilice equipamiento común o se constituyan grupos multidisciplinares.

En proyectos coordinados figurará como coordinador del proyecto uno de los investigadores principales de los subproyectos. Cada investigador principal, en cada subproyecto, será el único responsable del mismo a todos los efectos, excepto en lo que se refiere a la coordinación científica y seguimiento del proyecto, que recaerá en el coordinador.

La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología considerará, a los efectos oportunos, como directores de un grupo de investigación a los investigadores principales de proyectos y subproyectos.

1.5 Se estimulará la participación en los proyectos de entes promotores/observadores (EPO), entendiendo por tales a una empresa, entidad social o unidad de la administración pública que declara su interés por el proyecto y, en consecuencia, se compromete a colaborar o hacer un seguimiento de su progreso.

1.6 Podrán asignarse becas de convocatorias específicas del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador a aquellos proyectos que, por sus características u oportunidad temática, sean evaluados como adecuados para proporcionar una idónea formación en investigación científica y desarrollo tecnológico. Estas becas se asignarán preferentemente a proyectos de tres años, su adjudicación se realizará mediante convocatoria pública en el «Boletín Oficial del Estado», y se atendrán a las condiciones que fijen las convocatorias del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador.

I.2 Participación en los proyectos

2.1 Sólo podrá participar personal con titulación superior que realice funciones de investigación y que tenga una relación de trabajo dependiente con algún ente de los descritos en el punto 3 de las normas de aplicación general, becarios de investigación y doctores vinculados «ad honorem» del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. En el caso de los investigadores principales de proyectos o subproyectos, dicha relación deberá ser con la entidad beneficiaria.

Los becarios de investigación deberán serlo de los Programas Nacional o Sectorial de Formación de Personal Investigador, o con becas homologables a éstas en dotación, duración y proceso de selección público.

2.2 Salvo en casos excepcionales debidamente justificados, al menos el 50 por 100 de los miembros del grupo de investigación que suscribe el proyecto deberá estar vinculado estatutaria o contractualmente al organismo solicitante, o ser becario de investigación adscrito al mismo.

El personal no vinculado al organismo solicitante precisará autorización expresa de su organismo para participar en el proyecto.

En el caso de proyectos coordinados estas normas se aplicarán a cada uno de los subproyectos.

2.3 Cada uno de los componentes del grupo de investigación deberá dedicar un mínimo de dieciséis horas/semana al proyecto. Ello sin perjuicio de las normas vigentes sobre la jornada laboral de los miembros de dichos grupos y sus incompatibilidades. No se incluirán investigadores o asesores sin dedicación horaria real al proyecto.

2.4 Ningún investigador principal podrá figurar como tal en más de una solicitud de la presente convocatoria o de las complementarias de los demás Programas Nacionales o del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento. En este cómputo se incluyen los subproyectos de proyectos coordinados.

2.5 Ningún miembro del grupo de investigación podrá figurar simultáneamente en más de dos proyectos. En este cómputo se incluyen las solicitudes de la presente convocatoria, las de los demás Programas Nacionales y Sectoriales del Plan Nacional de I + D, y las de cualquier otra convocatoria financiada con fondos públicos, así como los proyectos cuya fecha de finalización sea posterior al 31 de diciembre de 1996 y estén financiados por los programas citados anteriormente.

2.6 Los becarios de investigación sólo podrán participar con dedicación completa y en un solo proyecto. Asimismo, las personas con contrato de investigación dedicarán su actividad a los proyectos a los que hayan sido adscritos.

2.7 Las normas de este apartado I.2 no son de aplicación a las solicitudes de ayudas complementarias para proyectos europeos.

I.3 Documentación requerida para la formalización de las solicitudes

3.1 Se presentará un original y cuatro copias de los documentos siguientes, para los que podrá utilizarse el correspondiente impreso normalizado o una adaptación informática con idéntica estructura y contenido:

Documento número 1: Solicitud de ayuda, en la forma que se establece en el impreso normalizado de solicitud, donde se incluyen datos informatizables de identificación del proyecto y el personal investigador que interviene en el mismo, con indicación de su dedicación horaria y conformidad del interesado acreditada con su firma original. Este impreso irá acompañado de la fotocopia del documento nacional de identidad de todos los miembros del grupo.

En el caso de proyectos coordinados se repetirá este documento por cada uno de los subproyectos.

Documento número 2: Memoria del proyecto, redactada de acuerdo con el impreso normalizado.

Documento número 3: Currículum vitae normalizado del personal investigador que participa en el proyecto, según el impreso normalizado número 3 o adaptación informática con idéntica estructura y contenido. Los becarios de investigación adjuntarán la correspondiente credencial actualizada de beca.

3.2 En el caso de solicitudes de cofinanciación de proyectos europeos, se presentarán, por triplicado, los documentos números 1 y 2, así como el currículum vitae del investigador principal, copia del contrato suscrito con la Unión Europeo y copia del desglose detallado por conceptos de la financiación solicitada y de la concedida (formulario de negociación del contrato).

3.3 Los proyectos que impliquen la utilización de especies o espacios protegidos deberán adjuntar la correspondiente autorización del órgano competente.

APARTADO II

Acciones especiales

II.1 Finalidad de la convocatoria y ámbito de aplicación

Su finalidad es el fomento de acciones tendentes a desarrollar objetivos relevantes para el desarrollo y articulación del sistema de ciencia-tecnología-industria, así como de objetivos que exijan una actuación especial y puntual en el marco del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Marinas, cuyo contenido se relaciona en el anexo temático de la presente Resolución.

Entre otras, se consideran acciones especiales:

Actuaciones para la elaboración de propuestas de proyectos a programas comunitarios. Tendrán carácter preferente las propuestas en las que el grupo español figure como coordinador del proyecto europeo.

Organización de reuniones científicas especializadas, que se ajusten a los objetivos temáticos del Programa Nacional. Serán objeto de atención preferente las de carácter internacional, así como las que estén parcialmente financiadas por algún programa internacional.

Actuaciones encaminadas a la creación de redes temáticas nacionales entre centros de investigación públicos y privados sin ánimo de lucro y empresas, con el fin de fomentar la colaboración entre ambos y la movilidad de personal, y que favorezcan su posible incorporación futura a redes temáticas de la Unión Europea, u otras redes internacionales.

Actuaciones de especial urgencia desde el punto de vista científico-tecnológico.

II.2 Documentación requerida para la formalización de las solicitudes

Se presentarán un original y tres copias de los documentos siguientes, para los que podrá utilizarse el correspondiente impreso normalizado o una adaptación informática con idéntica estructura y contenido:

Documento número 1: Solicitud de ayuda para acciones especiales en la forma que se establece en el impreso normalizado.

Documento número 2: Currículum vitae del investigador responsable de la acción especial.

Madrid, 5 de febrero de 1996.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación-Presidente de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de ciencia y Tecnología, Enric Banda Tarradellas.

Ilmos. Sres. Secretario general del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y Director del Instituto Español de Oceanografía.

ANEXO

Se indica, mediante un porcentaje, la prioridad relativa que se le asigna a cada objetivo científico-técnico dentro del programa. Mediante las claves que aparecen en los objetivos científico-técnicos, se indican los instrumentos a través de los cuales pueden solicitarse subvenciones al Plan Nacional de I + D en sus correspondientes convocatorias. A continuación se expone un breve resumen de los mismos, si bien la presente convocatoria se refiere solamente a Proyectos de I + D (claves ID, EPO) y Acciones Especiales.

ID Proyectos de I + D.

Gestionados por la Secretaría General del Plan nacional de I + D, van dirigidos a centros de investigación, públicos o privados sin ánimo de lucro. El apoyo e interés de empresas u otras entidades públicas o privadas en el desarrollo y en los objetivos del proyecto es elemento de priorización. Convocatoria anual y cerrada. La duración de los proyectos podrá ser de hasta cinco años.

EPO Proyectos de I + D con EPO.

Actuaciones con las mismas características que las anteriores, pero requiriéndose además el compromiso de al menos un ente (empresa, entidad social o unidad de la administración) en el seguimiento del proyecto y que manifieste su interés en los resultados derivados del mismo.

PE Proyectos Petri (Proyectos de estímulo a la transferencia de resultados de investigación).

Gestionados por la Secretaría General del Plan Nacional de I + D, van dirigidos a centros públicos de investigación y centros tecnológicos. Se orientan a apoyar una mayor elaboración de resultados previos de investigación para posibilitar su transferencia a un sector económico interesado en los mismos. Por ello, es imprescindible el concurso de una empresa o un centro tecnológico con el centro público correspondiente. Convocatoria abierta.

CN y CO Proyectos concertados y proyectos cooperativos.

Gestionados por el Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI). Financiación, mediante ayudas reembolsables, para proyectos de I + D en empresas que consorcien su propuesta con centros públicos de investigación o centros tecnológicos, respectivamente. La convocatoria es anual y cerrada y no hay restricciones en cuanto a la duración de los proyectos.

PROGRAMA NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA MARINAS

Objetivos científico-técnicos

1. Predicción oceánica (7 por 100)

Los importantes cambios y avances producidos en los últimos años en la comprensión de los procesos oceánicos, y el desarrollo tecnológico que ello ha comportado, permiten predecir ya algunos aspectos del comportamiento oceánico, social y económicamente trascendentes. Este objetivo se ha centrado en la necesidad de predicciones más detalladas y precisas en las diferentes escalas espaciales y temporales. Se considera esencial mantener una intensa relación entre observaciones y modelos numéricos, mediante la asimilación de datos y un nuevo análisis de los modelos numéricos oceánicos de circulación. Igualmente, se considera importante proseguir en el estudio de los procesos oceánicos y su parametrización en los modelos, con especial énfasis en la modelización interdisciplinaria.

Los objetivos considerados son:

1.1 Predicción de la circulación oceánica: Variabilidad y consecuencias. (Instrumentos: Todos).

Utilización y/o desarrollo de modelos numéricos oceánicos y acoplados océano-atmósfera y de técnicas de asimilación de datos que puedan contribuir a avanzar en la comprensión del papel de los mares y océanos, tanto en el cambio climático global como en fenómenos meteorológicos de menor escala. Se incluye el estudio de la circulación termohalina, de las interacciones océano-atmósfera y océano-topografía del fondo o la costa.

Estudios relacionados con la predicción de la localización y la evolución temporal de estructuras de mesoescala, empleando teledetección y/o modelos numéricos, aplicados a la optimización de las actividades de las flotas pesqueras y al control y seguimiento de vertidos.

Desarrollo de metodologías para el proceso y utilización de datos de interés oceanográfico obtenidos desde satélites (altimetría, viento, color, etcétera).

Estudios aplicados a la predicción de la producción biológica en frentes marinos. Se incluyen los estudios interdisciplinarios sobre la variabilidad espacial del plancton y su relación con la circulación tridimensional, así como el impacto de estas estructuras oceánicas sobre la transmisión acústica y su relación con la dificultad de detección de vehículos sumergidos.

Procesos espaciales y temporales que determinan la circulación general de los océanos y los flujos de nutrientes y de dióxido de carbono. Se incluye el estudio de estos flujos y su interrelación con los procesos biológicos (nutrición, crecimiento, sistemas tróficos, etc.) y con los factores ambientales (temperatura, radiación solar, etc.).

1.2 Predicción de la circulación en mares regionales. (Instrumentos: Todos).

Modelos en mares semicerrados (como el Mediterráneo) y modelos de otros mares regionales englobados en modelos de circulación general. Aplicación de estos estudios y modelos a catástrofes naturales y antropogénicas, respuesta ante vertidos, rescate de náufragos, boyas y minas a la deriva, etc.

En este objetivo y para favorecer la rápida transferencia de los resultados de la investigación, se dará preferencia a las propuestas en colaboración con empresas o administraciones públicas.

2. Procesos biogeoquímicos y flujos de materia y energía (11 por 100)

Existe una estrecha relación entre los ciclos de materia y energía y la estructura y dinámica de los ecosistemas naturales. Uno de los retos actuales es mejorar la capacidad de predicción de las consecuencias de los diversos tipos de alteraciones, de origen humano o natural, sobre los flujos de materia y energía. La primera tarea es, sin embargo, reducir el notable nivel de imprecisión de conocimientos acerca de los procesos interactivos que regulan el sistema mar-tierra-atmósfera. Los diferentes niveles de producción y el desarrollo de modelos predictivos de flujo, constituyen el eje del desarrollo de este apartado. El estudio de los flujos e intercambios de energía y sustancias permitirá mejorar la capacidad de predicción del sistema mar-tierra-atmósfera a diferentes escalas espaciales y temporales y con ello, establecer el papel de océano como regulador del cambio climático global y sus repercusiones sobre los ecosistemas marinos.

2.1 Desarrollo y análisis de modelos de flujos biogeoquímicos. (Instrumentos: Todos).

Estudio, identificación y cuantificación de los procesos físicos, químicos, biológicos y geológicos que regulan los flujos biogeoquímicos en el océano, incluyendo la comprensión de los procesos de intercambio de energía y materiales entre compartimentos (atmósfera-océano-sedimento). Este objetivo es intrínsecamente interdisciplinar y se llevará a cabo de forma prioritaria en dos zonas donde confluyen condiciones oceanográficas, de productividad, ambientales y socioeconómicas fuertemente interactuantes: La región de transición Atlántico-Mediterráneo (incluyendo Canarias y mar de Alborán) y las rías y estuarios del norte peninsular.

Desarrollo tecnológico asociado a la modelización de los principales flujos de energía, agua, carbono, materia orgánica (incluidos organismos) y otros materiales en las áreas de estudio y en sus interfases.

2.2 Producción biológica en aguas oceánicas y costeras y rendimiento pesquero. (Instrumentos: Todos).

Estudio de los flujos tróficos, sedimentación, remineralización de materia orgánica y transporte e inmovilización de carbono en aguas profundas y sedimentos.

Influencia sobre los ciclos del carbono y nutrientes de los procesos biológicos de asimilación y regeneración, los procesos químicos de absorción y resorción, los procesos de advección, estratificación y mezcla, y del comportamiento dinámico de taxones y comunidades específicas, todos ellos en un contexto interdisciplinario.

Cambios en la producción biológica en respuesta a alteraciones antropogénicas.

Cuantificación de la producción primaria total en aguas de interés para España, atendiendo especialmente a la estandarización de técnicas y a la realización de estudios que permitan establecer la variabilidad estacional y su influencia sobre la exportación de materia orgánica y el rendimiento pesquero.

2.3 Biodiversidad marina. (Instrumentos: Todos).

Estudio del papel de la biodiversidad marina en el funcionamiento del ecosistema y su susceptibilidad frente a cambios medioambientales, principalmente en las zonas indicadas en el objetivo 2.1

3. Estudios litosféricos y registro sedimentario en márgenes continentales (10 por 100 (Instrumentos: Todos)

La extraordinaria variedad y diferenciación de los márgenes continentales ibéricos hace importante el estudio, definición y evolución de los márgenes que rodean nuestro país. En los márgenes continentales se concentra la mayor productividad del océano y es donde se produce la transferencia de materia y energía desde el continente hacia las cuencas oceánicas. En ellos se acumulan además grandes volúmenes de sedimentos y se producen frecuentemente fenómenos de inestabilidad que afectan directamente a las estructuras asentadas en el fondo. La utilización de los márgenes continentales (recursos renovables y no renovables, con especial atención a los hidrocarburos) es elevada y, sin duda, aumentará en el futuro. Paradójicamente, el nivel de conocimiento de aspectos básicos de los márgenes continentales (morfología de detalle, tipos de fondos, estructura cortical, propiedades mecánicas del recubrimiento sedimentario superficial, gradientes, factores de riesgo) es aún muy limitado.

Caracterización de la estructura litosférica, el régimen térmico y los procesos que gobiernan la evolución de los márgenes continentales, prioritariamente pasivos, con especial énfasis en la predicción y/o modelización de los procesos litosféricos mediante simulación numérica.

Estudios de maduración de materia orgánica y caracterización de estructuras potencialmente ricas en recursos naturales.

Morfología, estructuración y tasas de sedimentación/subsidencia de los márgenes continentales ibéricos.

Para favorecer la rápida transferencia de los resultados de la investigación se dará preferencia a las propuestas en colaboración con empresas o administraciones públicas que desarrollen las temáticas siguientes:

Identificación de depósitos naturales para el almacenamiento de residuos.

Detección de zonas de riesgo por movilidad y/o inestabilidad de sedimentos y su incidencia en la seguridad de estructuras asentadas en el fondo marino y estudios de prevención de riesgo sísmico.

Se otorgará preferencia a la explotación de datos disponibles y al estudio de márgenes ibéricos.

La investigación paleo-oceanográfica dirigida al estudio de la variabilidad climática se contempla en el Programa Nacional de I + D sobre el clima.

4. Investigación de la franja costera (16 por 100)

Se entiende por franja costera la situada entre el borde externo de talud continental y la amplia zona terrestre de influencia marina. Esta franja juega un papel fundamental en el funcionamiento de los océanos y en los efectos de las actividades antropogénicas. En la franja costera se genera una importante fracción del PIB nacional, en actividades directamente dependientes de la localización costera (turismo, transporte marítimo, construcción naval, pesca, etc.). La investigación en la franja costera debe desarrollarse teniendo en cuenta la necesidad tanto de sustentar, mediante investigación prenormativa, el desarrollo de regulaciones para el uso del medio costero, como de facilitar el desarrollo tecnológico y la utilización de herramientas diversas que contribuyan a su gestión integral. Los objetivos desarrollados en este apartado se han orientado hacia la protección de la franja costera, favoreciendo también el estudio de los procesos que rigen la dinámica de los ecosistemas y recursos de esta zona. Esto permitirá optimizar la gestión de los recursos y el patrimonio natural costeros, y prever su respuesta frente a cambios del nivel del mar y en el clima. La comprensión de los cambios en la franja costera requiere de un enfoque interdisciplinario que integre las observaciones físicas, químicas, biológicas y geológicas con los usos socioeconómicos de esta zona. La franja costera es un valioso marco interdisciplinario, frágil, dinámico y complejo, que está sometido a un conjunto de actividades que implican presión y riesgo, actividades y usos que pueden interferir con la protección necesaria de nuestro entorno.

4.1 Caracterización de ecosistemas costeros y su respuesta ante la actividad antropogénica y los cambios naturales. (Instrumentos: Todos).

Consecuencias de la eutrofización en los ecosistemas, incluyendo el análisis de las causas de proliferaciones nocivas (medusas, mareas rojas, etcétera), la desaparición de organismos, la introducción de nuevas especies, así como el desarrollo de modelos predictivos y de estrategias de recuperación.

Dinámica de ecosistemas y su aplicación a la instalación y gestión de reservas marinas.

Desarrollo de modelos ambientales para el estudio de los efectos de vertidos de contaminantes y otros impactos antropogénicos y cambios climáticos naturales sobre el estado y la respuesta del ecosistema marino. Se incluyen estudios ecotoxicológicos en relación con la calidad del agua, así como el desarrollo de estrategias y tecnologías de lucha contra la contaminación.

Estudios interdisciplinarios del acoplamiento de los sistemas bentónico y pelágico.

4.2 Modelos predictivos de la evolución de costas. (Instrumentos: Todos).

En este objetivo se considerarán prioritarias las propuestas en las que participen empresas o administraciones públicas.

Modelos predictivos de la evolución de las costas.

Investigación para la regeneración de playas, el estudio de los procesos de transporte y la relevancia de la rugosidad del fondo y de su modificación.

Desertización submarina y sus efectos en los ecosistemas y en la estabilidad física y biológica del litoral.

Estudios interdisciplinares sobre la vulnerabilidad y gestión integrada de deltas.

Efectos de las obras costeras y la evolución del nivel del mar y su impacto.

Investigación y evaluación de factores de riesgo y aplicación de estos modelos a catástrofes naturales y de origen antropogénico.

4.3 Modelización del oleaje y su interacción con estructuras costeras. (Instrumentos: Todos).

Modelos predictivos de la interacción del oleaje con estructuras y su cimentación, y con el lecho marino. Análisis de estabilidad y funcionalidad de estructuras.

Estudios comparativos entre los resultados de los distintos tipos de modelos predictivos y las observaciones.

En los siguientes objetivos, se considerarán prioritarias las propuestas en las que participen empresas o administraciones públicas.

Utilización conjunta de modelos numéricos y datos experimentales aplicados a la predicción del oleaje y mareas en el litoral atlántico y a la propagación de ondas largas sobre las plataformas continentales. En ambos casos se consideran los efectos sobre puertos y dársenas.

Aplicación de estos estudios y modelos a catástrofes naturales y antropogénicas, incluyendo análisis de riesgos.

4.4 Investigación de los flujos hidrodinámicos y biogeoquímicos. (Instrumentos: Todos).

Cuantificación de los flujos hidrodinámicos y biogeoquímicos, con especial atención a los mecanismos de intercambio plataforma-talud tanto topográficos como frontales, y al desarrollo de modelos de flujos y de transporte de sustancias conservativas y no conservativas.

Estudios que permitan establecer de forma cuantitativa la variabilidad espacial y temporal de estos flujos entre las zonas de plataforma y las del mar abierto, y la relevancia del entorno costero en los mismos.

5. Recursos vivos (18 por 100)

La explotación de los recursos vivos y especialmente la pesca, constituye una actividad de gran importancia dentro de la estructura económica y social de nuestro país. La actividad científica que se desarrolla en este ámbito reúne, además, un gran número de grupos investigadores tanto a nivel internacional como nacional. La trascendencia social de los resultados de las evaluaciones y predicciones, así como de otros aspectos relacionados con la actividad pesquera, implica la necesidad de realizar estudios dirigidos hacia un mejor conocimiento del sistema que se explota. Por ello se ha considerado de gran importancia la inclusión de objetivos específicos encaminados a estudiar los procesos que afectan a los diferentes sistemas explotados. Los trabajos encaminados a cubrir los objetivos que se plantean deben dirigirse hacia aquellos aspectos que hagan más fiables los análisis de las poblaciones explotadas. Deben excluirse aspectos rutinarios (como los de obtención de estadísticas de capturas y campañas rutinarias de estimación de abundancias) y centrarse sobre variables y procesos concretos que permitan un conocimiento satisfactorio de la dinámica de las especies consideradas. El objetivo último debe ser el incremento de los conocimientos básicos y aplicados que permitan una gestión racional de los recursos biológicos.

5.1 Impacto de actividades extractivas y modelos predictivos. (Instrumentos: Todos).

Evaluación y predicción del impacto de las actividades extractivas en los ecosistemas marinos (incidencia en especies no explotadas, modificación del sustrato sólido, etc.), con especial énfasis en el estudio del impacto sobre las relaciones tróficas en la comunidad y el desarrollo de modelos predictivos de la dinámica de las poblaciones explotadas.

5.2 Localización de recursos vivos. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

Localización de recursos vivos de posible interés comercial futuro, dinámica poblacional y estimación de los potenciales de producción.

5.3 Sustancias y organismos bioactivos. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

5.3.1 Identificación, caracterización y extracción de sustancias bioactivas de uso potencial en la industria farmacéutica y de biotecnología.

5.3.2 Identificación y cultivo de organismos marinos productores de sustancias bioactivas, variabilidad de su actividad.

5.4 Abundancia de poblaciones explotadas y factores ambientales. (Instrumentos: Todos).

Identificación, delimitación y estimación de la abundancia de las poblaciones explotadas y explotables. Variabilidad espacial y temporal de estas poblaciones y de sus clases de edad; alimentación; relaciones depredador-presa; crecimiento de especies de latitudes templadas y sub-tropicales.

Relación entre la distribución y abundancia de las especies explotadas y los factores ambientales; influencia de estos factores en los parámetros bilológicos, principalmente sobre la mortalidad durante la fase larvaria y la consiguiente variabilidad del reclutamiento.

Mejora del rendimiento pesquero mediante la incorporación de modelos predictivos basados en la relación entre abundancia de stocks y estructuras hidrográficas.

Incorporación de la teledetección (tiempo real) en el guiado de la flota pesquera. Se considerarán prioritarios los proyectos en que participen empresas.

6. Acuicultura marina (30 por 100)

Durante la última década se ha experimentado un notable esfuerzo de potenciación de la acuicultura en España, pudiendo considerarse el momento actual como de consolidación. La mayor parte del volumen de la producción en acuicultura se basa en el mejillón, si bien, la dorada y el rodaballo han aumentado considerablemente su producción. Otras especies mantienen una producción creciente pero inestable, debido a dificultades de diversa índole (tecnológicas, de gestión o comercialización) en alguna de sus fases de cultivo. En todas ellas es necesaria la investigación para mejorar la eficiencia productiva que permita mantener los mercados debido a la competencia de otros países. La situación aconseja igualmente tratar de diversificar la oferta poniendo en cultivo nuevas especies de alto valor comercial y desarrollando nuevos sistemas de cultivo en el mar. Por otro lado, la repercusión de los diferentes sistemas de cultivo sobre el medio, hace necesario investigar sobre sistemas de control y técnicas de cultivo que reduzcan el impacto ambiental.

6.1 Optimización de los sistemas productivos de las especies cuyo cultivo ha alcanzado un aceptable grado de desarrollo (preferentemente rodaballo, lubina, dorada, mejillón, ostra plana y almejas fina y babosa).

6.1.1 Aplicación de la genética y biología molecular a la mejora de la calidad, producción y resistencia a enfermedades. (Instrumentos: Todos).

6.1.2 Desarrollo de técnicas de diagnóstico rápido, de vacunas y de métodos de vacunación. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

6.1.3 Análisis de los efectos de Marteilia sobre los cultivos de mejillón: Ciclos de reservas y mortalidad. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

6.1.4 Reproducción: Especialmente los factores que determinan la calidad de gametos y progenie; control del sexo y pubertad y crioconservación de gametos y embriones. (Instrumentos: Todos).

6.1.5 Crecimiento y desarrollo: Desarrollo larvario, metamorfosis y crecimiento durante estadios tempranos; factores que afectan a la velocidad de crecimiento. Técnicas de fijación. (Instrumentos: Todos).

6.1.6 Desarrollo de nuevos sistemas de cultivo en nuevas zonas o condiciones (ej. jaulas sumergidas, estructuras «off-shore», palangres para moluscos, etc.). (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

6.1.7 Nutrición y alimentación: Bases nutricionales para dietas inertes; sistemas para vehiculizar nutrientes esenciales; requerimientos y rentabilidad nutritivas; comportamiento y estrategia alimentaria. Se considerarán prioritarias las propuestas en las que participen empresas. (Instrumentos: Todos).

6.2 Diversificación: Proyectos multidisciplinares que permitan valorar la viabilidad potencial de nuevas especies. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

Estudios multidisciplinares de nuevas especies sobre las que existan razones bien fundadas (ensayos preliminares, características similares a las de otras ya cultivadas, etc.) para pensar que puedan ser aptas para el cultivo y la producción industrial. Estas especies deben llevar asociadas una serie de características biológicas tales como: Capacidad de reproducirse en cautividad, cultivo larvario poco complicado, crecimiento rápido, conversión eficiente, resistencia y capacidad de adaptarse a la cautividad y al cultivo intensivo, y buena salida en el mercado. Se consideran de mayor interés los siguientes

cultivos:

Peces (lenguado, seriola, besugo, dentón, sargos, breca y llampuga), incluyendo preferentemente los aspectos reproductivos y de producción de alevines.

Moluscos (Pectínidos), incluyendo preferentemente la producción o captación de semilla.

Algas, incluyendo preferentemente el desarrollo de técnicas de cultivo intensivo y la selección de algas destinadas a la alimentación humana o para uso industrial.

6.3 Interacción acuicultura-medio ambiente. (Instrumentos: Todos).

Efectos de la contaminación sobre los aspectos básicos del cultivo (sistema inmune y susceptibilidad a enfermedades infecciosas, reproducción y primeros estadios, crecimiento y conversión de alimento).

Aspectos sanitarios de las mareas rojas (metodologías y técnicas de análisis, estudios toxicológicos, estudios fisiopatológicos de toxicidad-detoxificación, homologación de metodologías). Procesos de detoxificación orientados a la valoración del producto.

Caracterización ecotoxicológica de los afluentes y residuos de las explotaciones acuícolas. Se dará prioridad a las propuestas en las que participen empresas.

7. Desarrollos tecnológicos (8 por 100)

El desarrollo tecnológico ha sido una componente esencial del avance de las ciencias marinas en la última década. Tres han de ser los ámbitos que se beneficien del desarrollo tecnológico asociado a la ejecución de los distintos objetivos: La propia investigación, el control y la gestión del medio marino y un aprovechamiento más racional de los recursos naturales. En este área y para favorecer la rápida transferencia de los resultados de la investigación, se dará preferencia a las propuestas en colaboración con empresas o administraciones públicas.

7.1 Tecnologías, «off-shore», tecnologías portuarias y construcción naval. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

Nuevas tecnologías aplicadas a la ingeniería de costas, desarrollo y construcción de plataformas y estructuras, cableado, gaseoductos submarinos, etc.

Desarrollo de nuevas tecnologías relacionadas con la fabricación de cascos de buques, vehículos autónomos y sistemas robotizados. Se consideran también las tecnologías portuarias y la automatización de puertos.

7.2 Tecnologías pesqueras. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

Sistemas de control e información para la navegación, sistemas de posicionamiento acústico para redes de arrastre y boyas a la deriva, ecosondas, bienes de equipo para la industria de procesado en el sector pesquero, así como el desarrollo de nuevos métodos de captura.

7.3 Tecnologías para comunicaciones. (Instrumentos: EPO, PE, CO, CN).

Tecnología de fibra óptica, telemetría acústica, termografía y tomografía acústica.

Desarrollo de técnicas de telecomunicación para la transmisión en tiempo real de la información obtenida in situ.

7.4 Desarrollo de sistemas expertos. (Instrumentos: Todos).

Desarrollo de sistemas expertos que faciliten la gestión, el almacenamiento y la distribución de datos (incluyendo datos «in situ» y de satélites; altimetría, intensidad y dirección del viento, color, etc.) de utilización directa tanto en el ámbito puramente investigador como en el de la gestión del medio marino y de sus recursos naturales.

7.5 Desarrollo de sistemas de medida de variables aceanográficas. (Instrumentos: Todos).

Nuevos sistemas de medida de variables oceanográficas, con especial énfasis en la realización autónoma de las medidas. Se incluye también la mejora de las prestaciones y la integración de equipos y técnicas de muestreo existentes, así como la adaptación de tecnologías de otros campos al medio marino.

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