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Documento BOE-A-1996-3387

Resolución de 9 de febrero de 1996, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la inclusión, en la Central de Anotaciones, de tres emisiones de bonos y obligaciones de la entidad financiera Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 1996, páginas 5565 a 5565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-3387

TEXTO ORIGINAL

La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que desarrolla el Mercado de la Deuda Pública en Anotaciones, establece en su artículo 55 que las Comunidades Autónomas y otras entidades y sociedades públicas podrán negociar en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones aquellas categorías de valores que emitan bajo esa forma de representación.

El Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, que regula la adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece en su disposición adicional segunda el procedimiento para aplicar lo previsto en el artículo 55 de la Ley citada.

En su virtud, previo informe favorable del Banco de España y haciendo uso de las facultades que se me confieren en la Orden de 6 de julio de 1993, he resuelto:

Autorizar la negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones del programa de emisión sucesiva de bonos y obligaciones del Instituto de Crédito Oficial (ICO), para 1996, cuyas características básicas son:

Denominación: «Emisión Bonos ICO 96 I»-Diciembre 1998; «Emisión Bonos ICO 96 II»-Diciembre 2000 y «Emisión Obligaciones ICO 96 III»-Diciembre 2005.

Importe nominal de cada emisión: 50.000.000.000 de pesetas, ampliable a 100.000.000.000 de pesetas. Importe total: 150.000.000.000 de pesetas, ampliable a 300.000.000.000 de pesetas.

Nominal unitario de los valores: 10.000 pesetas.

Tipo de interés: 8,75 por 100 anual.

Ambito de negociación: Central de Anotaciones en cuenta del Banco de España.

Suscripción: Se realizará mediante un sistema a partir de subastas competitivas realizadas entre entidades colaboradoras con un tramo minorista para el público en general y mediante colocaciones directas negociadas con dichas entidades colaboradoras y el emisor.

Amortización: Se producirá a la par, para los valores integrantes de cada emisión en las siguientes fechas:

Emisión «Bonos ICO 96 I»-Diciembre 1998.

Fecha de vencimiento: 2 de diciembre de 1998.

Emisión «Bonos ICO 96 II»-Diciembre 2000.

Fecha de vencimiento: 2 de diciembre del 2000.

Emisión «Obligaciones ICO 96 III»-Diciembre 2005.

Fecha de vencimiento: 2 de diciembre del 2005.

Esta resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 9 de febrero de 1996.-El Director general del Tesoro y Política Financiera, P.V. (Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero), Federico Ferrer Delso.

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