La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en grado de apelación, con fecha 25 de octubre de 1995, en el recurso de apelación número 422/1993, en el que son partes, de una, como apelante, don José Pablo Silván de Ubarri, y de otra, como apelada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso número 501.039, con fecha 3 de marzo de 1992, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don José Pablo Silván de Ubarri, contra la sentencia de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), de 3 de marzo de 1992, dictada en el recurso número 501.039. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 26 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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