Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-309

Orden de 4 de diciembre de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en los recursos contencioso-administrativos, acumulados, números 88/1991 y 194/1991, interpuestos por don Manuel Macías Santacruz y don Isidoro Sánchez Blanco.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 1996, páginas 409 a 409 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1996-309

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 17 de octubre de 1991 por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en los recursos contencioso-administrativos, acumulados, números 88/1991 y 194/1991, promovidos, respectivamente, por don Manuel Macías Santacruz y por don Isidoro Sánchez Blanco, contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria del recurso de alzada formulado sobre provisión de plazas de Facultativos Especialistas del Area de Rehabilitación en la Comunidad Autónoma de Cantabria, por concurso convocado el 14 de julio de 1989, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador señor Arce Alonso, en nombre y representación de don Manuel Macías Santacruz, y por el Procurador don César González Martínez, en nombre y representación de don Isidoro Sánchez Blanco, contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad y Consumo de 26 de diciembre de 1990, por la que se desestiman los recursos de alzada interpuestos por los recurrentes frente a la desestimación presunta del recurso interpuesto contra la decisión del concurso para la provisión de vacantes de Facultativos Especialistas del Area de Rehabilitación en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Resolución de la Secretaría General de Asistencia Sanitaria de 14 de julio de 1989); sin que proceda hacer mención expresa acerca de las costas procesales causadas, al no haber méritos para su imposición.

Asimismo, se certifica que contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación por don Isidoro Sánchez Blanco, el cual fue declarado desierto por auto del Tribunal Supremo de fecha 16 de mayo de 1995.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 4 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid