Por Resolución de la Presidencia de la Mutualidad General Judicial de 29 de octubre de 1996, dictada en aplicación de lo previsto en los artículos 10.2 del Real Decreto-ley 16/1978, de 7 de junio, y 63 del Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» 15 de noviembre de 1996, se convocó la presentación de solicitudes por Entidades de Seguro autorizadas en el Ramo de Enfermedad, que deseasen suscribir concierto con MUGEJU, para la asistencia sanitaria de mutualistas y otros beneficiarios de la misma durante el año 1997, prorrogable a los años 1998 y 1999.
Transcurrido el plazo que establece la base número 4 de dicha Resolución y de acuerdo con lo dispuesto en la base número 6, previa comprobación de que las entidades relacionadas reúnen los requisitos que exige la base número 3 y han aportado la documentación exigida en la base número 5, esta Presidencia acuerda:
Primero.-Declarar el derecho de las siguientes entidades para suscribir el concierto con esta Mutualidad General Judicial para la asistencia sanitaria durante el año 1997, prorrogable a los años 1998 y 1999:
«Compañía de Seguros ADESLAS, Sociedad Anónima».
«Asistencial Médica Colegial Extremeña, Sociedad Anónima de Seguros» (AMECESA).
«Aseguradora Islas Canarias de Seguros, Sociedad Anónima» (ASEICA).
«Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, Sociedad Anónima» (ASISA).
«Caja Salud de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».
«Caser, Compañía de Seguros, Sociedad Anónima».
«La Equitativa de Madrid».
«La Fuencisla, Sociedad Anónima».
«Previasa, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».
«Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros».
Segundo.-Convocar a dichas entidades el día 16 de diciembre, a las diez horas, en la sede de la Mutualidad General Judicial (calle Marqués del Duero, número 7), para la firma del mencionado concierto.
Madrid, 10 de diciembre de 1996.-El Presidente, Benigno Varela Autrán.
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