En el recurso contencioso-administrativo número 800/1990, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Bayer, A.G.», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de octubre de 1988 y 20 de noviembre de 1989, se ha dictado, con fecha 24 de enero de 1992 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Bayer, A.G.", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 20 de noviembre de 1989 que confirmó en reposición la de 5 de octubre de 1988, concediendo la inscripción de la marca número 1.174.908, "Ciprodine", debemos declarar y declaramos ajustadas a Derecho las citadas resoluciones; sin hacer expresa imposición en costas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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