En el recurso contencioso-administrativo número 1.639/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Telefónica de España, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de junio de 1993 y 16 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 16 de diciembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Telefónica de España, Sociedad Anónima", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 3 de junio de 1993 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 16 de julio), confirmada en reposición por la de 16 de mayo de 1994 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 16 de julio), y que denegaron la inscripción de la marca española denominativa número 1.613.450, "Ibervoz", para productos de la clase 42 del Nomenclátor internacional, en concreto, servicios de programación de ordenadores, servicios de estudios, realización y ejecución de toda clase de informes y proyectos no relacionados con la dirección de los negocios; resoluciones que se confirman en su integridad por ser en todo conformes con el ordenamiento jurídico.
No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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