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Documento BOE-A-1996-27709

Resolución de 18 de noviembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al protocolo adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio 1996, al Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la cofinanciación de proyectos de Intervención social integral para la atención, prevención de la Marginación e inserción del pueblo gitano.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 1996, páginas 36869 a 36870 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-27709

TEXTO ORIGINAL

Suscrito un protocolo adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio 1996, al Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano («Boletín Oficial del Estado» número 243, de 11 de octubre de 1995), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho protocolo adicional, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 18 de noviembre de 1996.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

PROTOCOLO ADICIONAL POR EL QUE SE DETERMINAN LAS APORTACIONES ECONÓMICAS DE LAS PARTES Y SE INCORPORAN LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, EN AMBOS CASOS CON REFERENCIA AL EJERCICIO 1996, AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA, PARA LA COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL INTEGRAL PARA LA ATENCIÓN, PREVENCIÓN DE LA MARGINACIÓN E INSERCIÓN DEL PUEBLO GITANO

En Madrid, a 5 de noviembre de 1996.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo de Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y, de otra parte, el excelentísimo señor don Antoni Comas i Baldellou, Consejero de Bienestar Social, en representación de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

MANIFIESTAN

Que el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Cataluña suscribieron, en fecha 19 de septiembre de 1995, Convenio para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano.

Que creado por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y establecida su estructura orgánica por Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo, este Departamento asumió las competencias que hasta ese momento detentaba el Ministerio de Asuntos Sociales (Orden de 21 de mayo de 1996) en materia de acción social y servicios sociales.

Que por lo expuesto, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sustituye al Ministerio de Asuntos Sociales como parte en el Convenio referenciado, que establecía en su cláusula octava la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio y correspondiente anexo, que se actualizarán cada año, con el fin de ajustarlas a las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Que, una vez oídas las Comunidades Autónomas en la reunión de la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el 22 de enero de 1996, el Gobierno, por Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 15 de marzo de 1996, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 12 de abril, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito presupuestario 27.03.313L.453. Plan de Desarrollo Gitano, para proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano.

Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1996, procede instrumentarla a través del presente protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Cataluña y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

En cumplimiento de lo establecido, ambas partes

ACUERDAN

Primero.-La incorporación como Anexo al Convenio precitado en el primer párrafo del manifiesto, y para que formen parte integrante del mismo, de los proyectos seleccionados conjuntamente en el ejercicio 1996.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 27.03.313L.453. Plan de Desarrollo Gitano, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente protocolo, es de 47.000.000 de pesetas.

La Comunidad Autónoma de Cataluña y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a aportar la cantidad de 124.240.977 pesetas de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Segundo.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1996, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en anexo.

Tercero.-En lo posible, ambas Administraciones Públicas harán extensivos a años sucesivos los proyectos que cada año se determinen dentro del Plan de Desarrollo Gitano, en los términos establecidos al respecto en la cláusula octava del Convenio de 19 de septiembre de 1995.

Por el Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales / Por la Comunidad

Autónoma de Cataluña

El Ministro de Trabajo

y Asuntos Sociales / El Consejero de

Bienestar Social

Javier Arenas Bocanegra / Antoni Comas i Baldellou

ANEXO

Comunidad Autónoma de Cataluña

Crédito 27.03.313L.453. Plan de Desarrollo Gitano. Año 1996

Número

Beneficiarios

(E: estimados) / Financ.

Ministerio

T. y AA.SS. / Finan. C.A.

y/o

CC.LL. / Núm.

Proy. /

Provincia /

Municipio y Asentamiento /

Entidad /

Denominación del proyecto /

Beneficiarios /

Total

1 / Barcelona. / Barcelona. Can Tunis. / Ayuntamiento de Barcelona. / Realojamiento de las familias del barrio de Can Turis. / 714 / 13.000.000 / 49.290.269 / 62.290.269 2 / Barcelona. / Mataró y Cabrera de Mar. Riera d'Argentona. / Consell Comarcal del Maresme. / Realojamiento de las familias gitanas chabolistas de Riera d'Argentona. / 175 / 13.000.000 / 27.000.000 / 40.000.000

3 / Barcelona. / Sabadell. / Ayuntamiento de Sabadell. / Proyecto de realojamiento en viviendas de familias gitanas con déficit de vivienda. / 499 / 3.500.000 / 8.388.333 / 11.868.333

4 / Barcelona. / Santa Perpetua de Mogoda. Polígono Les Minetes. / Dirección General de Serveis Comunitaris. Departament de Benestar Social. / Programa socioeducativo para el realojamiento. / 219 / 8.000.000 / 5.467.000 / 13.467.000

5 / Barcelona. / Terrassa. Barrio Montserrat. / Instituto Municipal de Serveis Socials. Societat Municipal d'Habitatge. / Proyecto de intervención para el realojo de familias barraquistas. / 23 / 2.500.000 / 4.293.808 / 6.793.808

6 / Lleida. / Lleida. Cap. Pont. / Ayuntamiento de Lleida. / Realojamiento de las familias gitanas de Cap-Pont. / 188 / 7.000.000 / 29.821.567 / 36.821.567

Total / 1.818 / 47.000.000 / 124.240.977 / 171.240.977

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