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Documento BOE-A-1996-27525

Orden de 19 de noviembre de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de octubre de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/727/1990, interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 7 de diciembre de 1996, páginas 36712 a 36712 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-27525

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/727/1990, en grado de apelación, interpuesto por la representación legal del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, al que se hallan acumulados los recursos 730/1990, interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro; el 732/1990, interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental, y el 738/1990, interpuesto por don Vicente Sánchez de León Pacheco, contra el Real Decreto 84/1990, de 19 de enero, que da nueva redacción a los artículos 1, 4, 6 y 8 del Real Decreto 555/1986, de 21 de febrero, y modifica parcialmente las tarifas de honorarios de Arquitectos y de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), con fecha 18 de julio de 1996, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 727/1990, interpuesto por la representación procesal del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos, y los recursos número 730/1990, interpuesto por el Colegio de Arquitectos Vasco-Navarro; el número 732/1990, interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental, y el número 738/1990, interpuesto por don Vicente Sánchez de León Pacheco, todos ellos contra el Real Decreto 84/1990, de 19 de enero, y declaramos que dicha disposición general en cuanto a los presentes recursos se refiere, es conforme a derecho; sin hacer expresa condena en costas del presente recurso.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 31 de octubre de 1996, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 19 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de Economía y Hacienda, Fomento y Trabajo y Asuntos Sociales y del Departamento.

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