De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sección Cuarta), Sevilla, en el recurso número 2.110/1994, interpuesto por don Francisco Barragán Domínguez, sobre vivienda militar de apoyo logístico.
Madrid, 13 de noviembre de 1996.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general del Instituto Para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
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