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Documento BOE-A-1996-26727

Resolución de 5 de noviembre de 1996, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la Fábrica de Harinas San José.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 1996, páginas 35951 a 35952 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1996-26727

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,

Esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Toledo que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 5 de noviembre de 1996.-La Directora general, María Ángeles Díaz Vieco.

ANEXO

Descripción histórico-artística

La fábrica de harinas es un claro exponente de la arquitectura industrial de finales del siglo XIX.

El edificio presenta una planta rectangular con dos alturas y un hastial. En la planta baja se sitúa la portada, que está formada por un arco rebajado con cornisa triangular, decorada con mensulillas. En ambos lados de la misma se abren dos ventanas con arco de medio punto y decoración en el extradós, a modo de resaltes de las dovelas. Las cuatro ventanas presentan rejería de forja, delicadamente trabajada.

La planta principal está recorrida por cinco huecos, de iguales dimensiones, construidos por arcos de medio punto con decoración de ladrillo en el extradós y parapeto.

El hastial contiene tres ventanas de arco de medio punto con extradós, también decorado, y parapeto en la ventana central.

Los entrepaños de las plantas baja y principal presentan decoración de rombos realizados con ladrillo. Toda la fachada se encuentra enmarcada por dos pilastras con capitel realizado en ladrillo. Las líneas de impostas están también resaltadas con ladrillo.

La fachada lateral, que da a la calle Miradero del Barrionuevo, presenta dos alturas, con ocho ventanas de medio punto por planta. El extradós de estos arcos está resaltado con ladrillos de distinta coloración. Tanto la línea de impostas como la cornisa presentan las mismas características de la fachada principal.

La otra fachada lateral repite, en los tres primeros vanos de sus dos plantas, la decoración de la anterior (fachada primera), manteniéndose el resto con tonos similares a los de la misma.

La parte trasera repite la disposición de huecos, aunque funcionando todos ellos como ventanas, excepto el del extremo izquierdo de la planta baja, que se mantiene tapado.

Adosada a esta parte trasera se encuentra un cuerpo rectangular, de dos alturas.

La cubierta es de dos aguas con teja árabe, y el cuerpo adosado de la parte trasera presenta tres vertientes y teja árabe.

El interior está formado por una única nave. Sujeta la cubierta una armadura metálica realizada al levantarse el edificio, en 1889.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a la Fábrica de Harinas de San José, localizado en Toledo.

Área de la declaración

Vendría definida por:

Manzana 20250, parcela 01 completa.

Manzana 20257, parcela 03 completa.

Manzana 20259, parcela 01 completa.

Manzana 20258, parcelas 01 y 02 completas.

Manzana 19251, parcela 07 completa.

Manzana 19252, parcela 04 completa.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Todo ello según plano adjunto.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

(PLANO OMITIDO)

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