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Documento BOE-A-1996-26721

Resolución de 29 de octubre de 1996, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la Iglesia de San Andrés, localizado en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 1996, páginas 35939 a 35942 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1996-26721

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,

Esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Toledo que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 29 de octubre de 1996.-La Directora general, María Ángeles Díaz Vieco.

ANEXO

Descripción histórico-artística

Como es frecuente en Toledo, en la iglesia de San Andrés conviven diversos estilos. De una parte, están presentes el mudéjar y el gótico, y, de otra, lo barroco, a raíz de la remodelación del siglo XVII. Tras la última restauración (1975) aparecieron interesantes tracerías en la fachada que evocan el goticismo del crucero, espléndido sobre todo en el interior. Se descubrió también un relieve visigodo y dos pilastras de la misma época.

Del estilo mudéjar quedan restos dentro del templo y en las dos portadas, ambas enmarcadas con arco de herradura.

La fábrica al exterior es de mampostería con verdugadas de ladrillo, como la torre a los pies, rematada en un chapitel de pizarra, de estructura cuadrangular y con cuatro vanos de medio punto, entre pilastras toscanas, y un vano de herradura con alfiz.

La amplia capilla mayor se diferencia sustancialmente del resto del edificio, pues está edificada con sillares de piedra.

Blasones bien tallados aparecen tanto en los botareles de los contrafuertes góticos como en el centro del ábside.

La iglesia es de tres naves, en seis tramos, separadas por diferentes tipos de soportes: Columnas de orden toscano, pilares de ladrillo con columnillas adosadas y cardinas, en la cabecera; dos pilastras visigodas, a los pies, sobre las que montan un capital corintio y una basa, respectivamente, un fuste estriado y un cipo con inscripción sepulcral, y un capitel prerrománico y un cimacio visigodo reaprovechados. Los arcos en las naves no son de un mismo tipo; por el contrario, los hay de herradura, de herradura apuntada y de medio punto. En el paso hacia la capilla mayor, es decir, hacia el crucero, el arco es apuntado, con decoración de cardinas, y hay arcos apuntados en dicha capilla. Esta diferencia estilística en el alzado se repite en las cubiertas, cuya complejidad es enorme. En la nave central la techumbre es de madera, de limas moamares, con tirantes. En las naves laterales hay alfarjes con decoración pintada. El crucero es abovedado, como corresponde a la construcción gótica; la bóveda es de crucería estrellada. La capilla mayor, adornada por tres retablos, se cubre con bóveda de crucería, mientras que las capillas laterales están cubiertas con cúpulas.

La misma diversidad estilística se aprecia en los monumentos sepulcrales que se encuentran en el interior de la iglesia.

El retablo mayor, cuya traza se debe a Juan de Borgoña y a Comontes, consta de treinta tablas, que representan escenas de la vida de Jesús, de la Virgen, de los apóstoles y de los santos.

Es digno de mención también el claustro mudéjar, que según las últimas excavaciones es datable en torno a finales del siglo XII.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a la Iglesia de San Andrés, localizado en Toledo.

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana 25232, parcelas 05, 02 y 01 completas.

Manzana 25231, parcela 02 completa.

Manzana 25220, parcelas 01, 02 y 03 completas.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Todo ello según plano adjunto.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

(PLANO OMITIDO)

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