La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 9 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 1.839/1994 y acumulados hasta el 1.842/94, interpuesto por don José López Saiz, doña Ana María Ortiz de Zugasti, doña Carmen Gayo y doña Milagros de Juan de Castro, contra las resoluciones de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que les desestimaron sus solicitudes de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que pertenecen.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia, contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José López Saiz y otros relacionados al principio, contra la resolución referida al principio, denegatoria de la valoración de todos los trienios conforme al último grupo, o actual, a que pertenece el funcionario, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 29 de octubre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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