Visto el expediente de indulto de don José Manuel Madruga Galán, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia de fecha 14 de diciembre de 1994, como autor de un delito de conducción de vehículo de motor bajo influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de 100.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir vehícu los de motor o de la facultad de obtenerlo por tiempo de tres meses y un día, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de octubre de 1996,
Vengo en conmutar a don José Manuel Madruga Galán la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de veinte días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 10.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 31 de octubre de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid