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Documento BOE-A-1996-2574

Resolución de 9 de enero de 1996, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de personal laboral (grupo II) vacante en la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1996, páginas 4207 a 4210 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-2574

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 184/1985, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y con el fin de atender las necesidades de personal de servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3, e), de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para proveer una plaza de Técnico Grado Medio de Laboratorio, grupo II del Convenio vigente, en régimen laboral, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

a) A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad de Córdoba; el III Convenio Colectivo de Universidades Públicas Andaluzas aplicable a la misma, y las bases de la presente convocatoria, que figuran expuestas en el tablón de anuncios del Rectorado, sito en calle Alfonso XIII, número 13.

b) El procedimiento de selección de los aspirantes, y las pruebas y puntuaciones se especifican en el anexo I de esta convocatoria.

c) El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura en el anexo IV.

2. Plazas objeto de la convocatoria

Se convoca para su cobertura una plaza con destino en la EUIT Minera (1 en Bélmez), en régimen laboral fijo del grupo II del Convenio Colectivo del Personal Laboral de Universidades Andaluzas, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 30 de junio de 1994.

3. Sistema de selección

En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el personal a seleccionar el sistema de selección será el de oposición, contemplado en el artículo 29 de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

No podrá seleccionarse un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

4. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia penal firme.

e) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Formación Profesional de tercer grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, según lo establecido en el artículo 15 del vigente Convenio.

f) Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud que se adjunta en anexo II, que se podrá retirar de los servicios centrales de la Universidad y será dirigida al excelentísimo señor Rector de la Universidad de Córdoba y presentada en el Registro General de dicha Universidad (calle Alfonso XIII, número 13, distrito postal 14071), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

A la instancia se acompañará fotocopia del documento nacional de identidad y resguardo de haber abonado la cantidad de 3.500 pesetas, en concepto de derechos de exámen, a ingresar en la cuenta abierta en Cajasur, número 3800.000.0001191 a nombre de la Universidad de Córdoba.

Asimismo se adjuntará a la solicitud currículum vitae del solicitante así como de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria y de los méritos alegados por el aspirante.

Los méritos alegados deberán ser acreditados mediante originales o fotocopias firmadas por el propio aspirante sin lo cual no serán tenidos en cuenta.

5.2 Los aspirantes con minusvalía deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen.

Asimismo, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

6. Admisión de aspirantes

6.1 En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad dictará resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», con la lista de excluidos e indicación del lugar donde se encuentra expuesta la lista completa de admitidos y la fecha, lugar y hora de la realización de las pruebas.

Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del Rectorado y en sus correspondientes centros. En la lista deben constar los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como las causas de exclusión.

6.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

7. Calendario y desarrollo de las pruebas

7.1 La oposición no podrá comenzar hasta transcurridos cuarenta y cinco días de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

7.2 El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los candidatos que acrediten su identidad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte o documento similar.

7.3 Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas quedarán automáticamente excluidos del proceso de selección, salvo en casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

8. Tribunal calificador o comisiones de selección

8.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de estas bases.

8.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

8.4 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

8.5 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.6 El Tribunal podrá disponer la incorparación a sus trabajos de asesores especialistas en las funciones de las plazas convocadas. Los asesores se limitarán, sin voto, al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente, colaborando con el Tribunal. La Presidencia del Tribunal acordará su incorporación mediante notificación al asesor o asesores, exponiéndose en el tablón de anuncios del local de las pruebas selectivas una copia firmada de la notificación.

8.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los demás aspirantes para la realización del ejercicio. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, en la forma prevista en la base 5.2, las adaptaciones posibles y medios para su realización.

8.8 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, calle Alfonso XIII, número 13, teléfono 21 80 16. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

8.9 Los Tribunales tendrán la categoría segunda conforme a lo dispuesto en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 31, de 21 de abril.

8.10 En ningún caso los Tribunales podrán aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

9. Relación de aprobados y calificación final

9.1 La relación de aprobados de cada uno de los ejercicios se realizará en el tablón de anuncios del Rectorado y del lugar de celebración del respectivo ejercicio.

9.2 Una vez efectuada la calificación final de los aspirantes, el Tribunal hará público, en el tablón de anuncios del Rectorado, el resultado de la oposición, con el nombre del aprobado, indicando su documento nacional de identidad y elevando dicha relación al órgano competente, para la formalización del contrato.

El Tribunal, igualmente, podrá hacer pública una relación complementaría en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y en el caso de que el solicitante propuesto no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al solicitante que le siga en orden de puntuación.

10. Presentación de documentos

10.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los requisitos exigidos en la convocatoria, mediante la presentación de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título correspondiente o documento acreditativo de reunir el requisito exigido en el punto 4, e), de esta convocatoria.

b) Fotocopia del libro de familia (cuando proceda).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme.

d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, expedido por el facultativo de medicina general que corresponda al interesado.

En caso de que éste no esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

10.2 Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para acreditar tal condición.

10.3 Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la referida documentación no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad de su instancia.

11. Formalización de los contratos

11.1 El Organo competente procederá a la formalización del contrato hasta el límite de las plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente.

Hasta tanto se formalice el contrato, tras su intervención, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

11.2 Este contrato, una vez formalizado, se inscribirá en el Registro Central de Personal.

12. Incorporación y período de prueba

12.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará dentro de los quince días siguientes a la formalización del contrato, debiendo realizarse un período de prueba de dos meses de duración.

12.2 El personal que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

13. Norma final

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquélla y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 9 de enero de 1996.-El Rector, Amador Jover Moyano.

ANEXO I

Ejercicio a realizar por los aspirantes y valoración

A) Las pruebas consistirán en:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente.

Segundo ejercicio: Constará de dos supuestos prácticos relacionados con los contenidos de las materias a que se hace referencia en el apartado b) del anexo IV.

Tercer ejercicio: Los aspirantes que hayan superado los anteriores ejercicios serán convocados a una entrevista, sin sujeción a tiempo, con los miembros del Tribunal y que estará relacionada con el currículum vitae aportado por los aspirantes.

Los ejercicios serán valorados de la siguiente forma:

Primer ejercicio: De cero a 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no obtuvieran cinco puntos como mínimo.

Segundo ejercicio: De cero a 10 puntos, cada uno de los supuestos prácticos, quedando eliminados los aspirantes que en algunos de ellos no alcancen la puntuación, al menos, de cinco puntos. La entrevista será calificada de cero a cinco puntos, no siendo eliminatoria.

Calificación final de los aspirantes:

La calificación final de los aspirantes será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. El número de aprobados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas. En caso de renuncia o de imposibilidad de formalización del contrato de alguno de los aprobados se seleccionará al aspirante siguiente.

ANEXO II

Modelo de solicitud de participación en las pruebas selectivas de personal laboral

Don/doña , con documento nacional de identidad/pasaporte , Estado civil , nacido el , en , provincia de , y residencia en C/P , número , código postal , localidad , provincia , y teléfono , solicita la participación en las pruebas selectivas convocadas por la Universidad de Córdoba en el «Boletín Oficial del Estado», del día , para acceso a plazas del grupo II de su plantilla laboral, denominación . Para ello declara expresamente reunir los requisitos exigidos, y los méritos alegados en el currículum vitae que se adjunta.

El solicitante acredita tener la siguiente minusvalía reconocida: , grado % , para ello solicita se tengan presentes las siguientes adaptaciones de tiempo y medios: . El abajo firmante ha abonado los derecho de examen correspondientes, declara bajo su responsabilidad ser ciertos los datos expuestos, y los méritos expuestos en su currículum vitae y adjunta cuantos documentos firmados acreditan los méritos alegados.

Córdoba, de de 19....

El solicitante

Fdo.:

EXCMO. SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA

ANEXO III

Tribunal Calificador

Titulares:

Presidente: Excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, o persona en quien delegue.

Vocal 1.º: Don Pedro Carcía Moreno, Gerente de la Universidad de Córdoba.

Vocal 2.º: Don Carlos Lao Moreno, Profesor titular de Física Aplicada y Radiología y Medicina Física, en representación de la Universidad.

Vocal 3.º: Doña María Teresa Hernando Cano, en representación de los trabajadores.

Vocal 4.º: Don Jesús Sevillano Morales, en representación de los trabajadores.

Secretario: Don Juan Manuel Lucena Llamas, Jefe del Servicio de Personal de la Universidad de Córdoba.

Suplentes:

Vocal 1.º: Excelentísimo señor don Francisco Gracia Navarro, Profesor titular de Biología Celular, en representación de la Universidad.

Vocal 2.º: Don José I. Benavides Benítez, Catedrático de Escuela Universitaria, Departamento de Electrotecnia y Electrónica, en representación de la Universidad.

Vocal 3.º: Don Antonio Velasco Blanco, en representación de los trabajadores.

Vocal 4.º: Doña Carmen Ruiz Rodríguez, en representación de los trabajadores.

Secretario: Don Rafael Ortega Domínguez, Jefe de la Sección de PAS de la Universidad de Córdoba.

ANEXO IV

Programa y perfil de la plaza

A) Programa:

Organización del Estado y Administración Pública.

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales, sus garantías y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

2. El Gobierno y la Administración. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.

3. La Administración Central del Estado: El Consejo de Ministros, El Presidente del Gobierno, Los Ministros, Los Secretarios de Estado. Otros órganos administrativos.

4. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes.

5. La organización territorial del Estado en la Constitución: La Administración Local: La provincia y el municipio. Las Comunidades Autónomas: Constitución, competencias y estatutos. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. El Parlamento de Andalucía. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

6. El procedimiento administrativo: Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los Recursos administrativos: Conceptos y clases.

Gestión Universitaria.

1. La Universidad de Córdoba: Organos de gobierno colegiados y unipersonales. El Consejo Social. Estatutos de la Universidad de Córdoba.

2. La Universidad de Córdoba: Clases y régimen jurídico del profesorado. El personal de administración y servicios: Su régimen jurídico.

B: Perfil de la Plaza de Técnico de Grado Medio de Laboratorio.

El perfil de la plaza corresponde a Electrotecnia y para apoyo a determinadas asignaturas tales como Electrotecnia, Máquinas Eléctricas, Centrales y Líneas de Distribución, Electrónica y Automatismo.

El temario específico es el siguiente:

1. Aparatos de medida de las magnitudes eléctricas. Medida de tensión, intensidad y potencia.

2. Medida de la potencia eléctrica de los circuitos trifásicos. Medida de resistencia y de rigidez dieléctrica de aislantes.

3. Ensayo de sobretensión y prueba de embalamiento en máquinas de corriente continua.

4. Rendimiento de un motor de corriente continua.

5. Ensayo en vacío de un transformador.

6. Ensayo en cortocircuito de un transformador.

7. Rendimiento de un transformador.

8. Medida del deslizamiento de un motor de inducción.

9. Ensayo en vacío de un motor trifásico de inducción.

10. Ensayo en cortocircuito de un motor trifásico de inducción.

11. Conexión y puesta en marcha de motores de corriente alterna.

12. Tipos de excitación y características de arranque en motores de corriente continua.

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