Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 03/2.428/1992, interpuesto por don Carlos Fernández de Barrio, contra la Resolución de la entonces Secretaría General de Asuntos Penitenciarios de 5 de febrero de 1992, por la que se le impuso al recurrente la sanción de quince días de suspensión de funciones como autor disciplinariamente responsable de una falta grave, así como contra la Resolución de 30 de diciembre de 1992, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente a aquélla, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 17 de mayo de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 03/2.428/1992, interpuesto por don Carlos Fernández de Barrio, contra las resoluciones del Ministerio de Justicia, Secretaría General de Asuntos Penitenciarios, descritas en el primer fundamento de derecho, que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico. Sin que proceda el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad solicitada.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 23 de octubre de 1996.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid