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Documento BOE-A-1996-25431

Orden de 11 de noviembre de 1996 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Nacional Veterinario.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 15 de noviembre de 1996, páginas 34715 a 34721 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-25431

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 159/1996, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del día 3), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1996, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 5 de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Nacional Veterinario con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas por los sistemas de promoción interna y de acceso libre.

1.1.1 El número de vacantes reservadas al sistema de promoción interna es de cinco plazas.

1.1.2 El número de vacantes reservadas al sistema de acceso libre es de 10 plazas.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán a las de acceso libre.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes, según lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril).

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.1.6 Los funcionarios de organismos internacionales, a que hace referencia la base 2.3 de esta convocatoria, que superen las pruebas, participarán en la elección de destino junto a los restantes aprobados del turno libre. La adjudicación de las plazas se efectuará por riguroso orden de puntuación.

1.1.7 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

1.2 A las restantes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 3); la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril); el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 23), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición para los sistemas de promoción interna y de acceso libre, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses a contar desde la fecha de celebración de la fase escrita del primer ejercicio.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 Las plazas se adjudicarán a los aspirantes que superen el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4 de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir de la segunda quincena del mes de diciembre.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Veterinaria.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; tener una antigüedad, el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan, lo que se acreditará mediante certificación que se adjuntará a la solicitud, y reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1979), en puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del grupo B, serán computables para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales, posean la nacionalidad española y la titulación exigida en esta convocatoria. Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en los Gobiernos Civiles, así como en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en el Servicio de Información del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, así como en las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero. A la instancia, se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

En el apartado 1 de la instancia deberá cumplimentarse, junto con el Cuerpo o Escala, el código 0102.

3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado», del modelo de solicitud) se presentarán en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o bien, en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

Quienes presenten su solicitud a través de representación diplomática o consular adjuntarán a la misma el comprobante bancario.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, acompañándolas a la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal o Comisión Permanente de Selección, en su caso, con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al cual se produjeron. En caso de duda, el Tribunal habrá de dirigirse a la Comisión Permanente de Homologación antes citada.

3.5 Los derechos de examen, sin perjuicio del importe que, en su caso, determine la entidad bancaria por gastos de tramitación, serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta corriente número 30-5010294 del Banco Exterior.

El ingreso podrá hacerse en cualquier oficina del Banco Exterior.

Junto a la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Banco Exterior, deberá figurar en la solicitud el sello de esa entidad que justifique el referido pago. La falta de una justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en el Banco Exterior de España supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de admitidos y excluidos, así como el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. En la lista, deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad.

Dicha lista de admitidos deberá ser expuesta, en todo caso, en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en los Gobiernos Civiles y Delegaciones de Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dictó, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que vayan a sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia del Presidente y del Secretario y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, paseo Infanta Isabel, 1, tercera planta, 28014 Madrid, teléfonos (91) 347 52 64 y (91) 347 54 17.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no de los Tribunales, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 19).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, según lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 4 de marzo) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de febrero de 1996.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dictó, recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones independientes de aspirantes aprobados por el sistema de promoción interna y por el general de acceso libre, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará por duplicado copia certificada de la lista de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. Dicha lista se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

8. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el «Boletín Oficial del Estado», los opositores aprobados deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

C) Los opositores aprobados por el sistema de promoción interna deberán acreditar, mediante certificación expedida por sus correspondientes Departamentos de Personal, que reúnen los requisitos establecidos en la base 2.2.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse una vez finalizado el proceso selectivo y publicada la relación de aspirantes seleccionados, con posterioridad a la presentación de documentos y previa oferta de los mismos.

8.5 Por el Secretario de Estado para la Administración Pública, y a propuesta del Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional para las Administraciones Públicas y en colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 11 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 6), el Subsecretario, Nicolás López de Coca Fernández-Valencia.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Presidenta del Tribunal.

ANEXO I

1. Proceso de selección

El proceso de selección para los sistemas de acceso libre y promoción interna se llevará a cabo mediante el sistema de oposición.

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios: Los tres primeros de carácter eliminatorio, y el cuarto, optativo y de mérito.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un periodo máximo de cuatro horas, de dos temas de carácter general y sobre materias relacionadas, pero no coincidentes, con el programa, elegidos por el opositor de entre tres temas propuestos por el Tribunal; a tal efecto, el Tribunal preparará tres sobres cerrados con tres temas cada uno, para proceder a su sorteo en el acto del examen.

Los opositores harán la lectura de su ejercicio ante el Tribunal, en sesión pública, previo señalamiento de fecha.

En este ejercicio se valorarán la formación general, la claridad y el orden de ideas, la capacidad de expresión escrita y la capacidad de redacción.

Segundo ejercicio: Redactar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, tres temas sacados al azar de los del programa y que correspondan uno a cada parte del mismo.

Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de diez minutos.

Tercer ejercicio: Redactar por escrito, en un plazo máximo de cuatro horas, memorias críticas, comentarios o informes sobre un proyecto, plan de actuación, etcétera, o bien, realizar supuestos prácticos propuestos por el Tribunal.

A tal efecto, el Tribunal propondrá tres supuestos de los que cada aspirante elegirá dos para su desarrollo.

El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de día y hora.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto propuesto por el Tribunal, durante un tiempo máximo de cuarenta minutos y/o conversación en el idioma elegido durante un tiempo máximo de cinco minutos.

Los idiomas sobre los que versará el ejercicio serán francés y/o inglés, según la elección efectuada por el aspirante, a cuyo efecto indicará el idioma elegido en el recuadro 25.A) de la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

2. Valoración

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente manera:

Primer ejercicio: La calificación de este ejercicio será de apto o no apto, siendo necesario obtener la calificación de apto para superar este ejercicio.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.

Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación de cero a 2 puntos, por cada uno de los idiomas.

Los ejercicios de la fase de oposición correspondientes al sistema de promoción interna, se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio; en caso de persistir el empate, se utilizará el mismo criterio atendiendo a cada uno de los restantes ejercicios.

ANEXO II

Parte I

Sector público

Tema 1. La Constitución Española de 1978, características, principios y derechos fundamentales.

Tema 2. La Corona y las Cortes Generales, atribuciones y competencias.

Tema 3. El Gobierno, designación, funciones y relaciones con el resto de poderes del Estado.

Tema 4. El Derecho Administrativo, conceptos y fuentes.

Tema 5. La Administración Pública (I), la Administración del Estado y su organización periférica.

Tema 6. La Administración Pública (II), el Estado y las Comunidades Autónomas, la coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

Tema 7. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo (I), títulos I a IV.

Tema 8. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo (II), títulos VII a X.

Tema 9. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 10. Derechos y deberes de los funcionarios.

Tema 11. El Presupuesto, la Ley General, estructura, control y ejecución.

Tema 12. El contrato administrativo, concepto, adjudicación y ejecución.

Tema 13. Técnicas modernas de gestión pública (I), gestión pública, gestión integrada de recursos humanos y marketing público.

Tema 14. Técnicas modernas de gestión pública (II), dirección por objetivos de actuaciones públicas.

Tema 15. Configuración de la Unión Europea, antecedentes, objetivos, instituciones y su funcionamiento.

Tema 16. Ordenamiento jurídico de la Unión Europea, sus fuentes e incidencias en el ordenamiento español.

Tema 17. Instituciones comunitarias: La Comisión, el Consejo, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia. Composición y funciones.

Tema 18. La población española, estructura y evolución.

Tema 19. La economía española, dimensiones, factores y relaciones exteriores.

Tema 20. Principales instrumentos de la política económica.

Tema 21. La política regional, conceptos e instrumentos.

Tema 22. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estructura, interrelaciones con otros departamentos.

Tema 23. Conferencias sectoriales; composición y funciones.

Parte II

Economía y política agraria en España y en la Unión Europea

Tema 1. Política agraria y política económica. Características diferenciadoras del sector agrario.

Tema 2. Objetivos e instrumentos de la política agraria.

Tema 3. Política de producciones: Búsqueda del equilibrio oferta-demanda.

Tema 4. Política de rentas. Política de precios. Política fiscal.

Tema 5. Política de comercialización agraria. Comercialización en origen y en destino. Contratos agrarios.

Tema 6. Política de industrialización agraria. La industria agroalimentaria en España.

Tema 7. Las industrias ganaderas y pesqueras en España; rasgos diferenciales dentro de la Unión Europea.

Tema 8. Las industrias agrícolas y forestales en España; rasgos diferenciales dentro de la Unión Europea.

Tema 9. Política alimentaria. La cadena alimentaria en España.

Tema 10. Política de estructuras agrarias. Desarrollo rural integrado.

Tema 11. Política de investigación e innovación tecnológica agraria y pesquera.

Tema 12. Política agraria y conservación de la naturaleza.

Tema 13. Política de financiación agraria. Instituciones financieras y crédito agrario en España.

Tema 14. Asociacionismo agrario; asociaciones de productores y Ley de interprofesión.

Tema 15. Política agraria y marco institucional. FAO. OCDE.

Tema 16. Rasgos macroeconómicos básicos de la agricultura española. Producción final agraria. Renta agraria. Población activa. Comercio exterior. Sector agroalimentario.

Tema 17. Evolución histórica de la agricultura española. De la agricultura de subsistencia al desarrollo agroindustrial y la preparación para la integración en la Unión Europea.

Tema 18. Características generales y situación actual del sector agrícola en España.

Tema 19. Características generales y situación actual del sector ganadero en España.

Tema 20. Características generales y situación actual del sector forestal en España.

Tema 21. Características generales y situación actual del sector pesquero español.

Tema 22. Características generales y situación actual del sector agroalimentario en España.

Tema 23. Integración de España en la Unión Europea. Tratado de adhesión, período transitorio; el caso canario.

Tema 24. Configuración de la PAC. Principios, objetivos e instrumentos. La PAC y las políticas agrícolas nacionales.

Tema 25. Características de la Europa Verde. Rasgos macroeconómicos básicos de la agricultura europea.

Tema 26. Mercado único. Antecedentes, evolución y consecuencias.

Tema 27. La política de precios y mercados en la Unión Europea. Organizaciones comunes de mercado: Tipos y mecanismos. Problemas agromonetarios.

Tema 28. Reforma de la PAC de 1992. Causas. Evaluación de resultado en los primeros años de aplicación en las distintas OCM.

Tema 29. OCM de la carne de vacuno; competencias y funciones.

Tema 30. OCM de la carne de ovino; competencias y funciones.

Tema 31. OCM de la leche y productos lácteos; competencias y funciones.

Tema 32. OCM de la carne de porcino; OCM de la carne de aves; OCM de los huevos. Competencias y funciones.

Tema 33. OCM de frutas y hortalizas frescas; competencias y funciones. Problemática de su reforma para España.

Tema 34. OCM de frutas y hortalizas transformadas; competencias y funciones. Problemática de su reforma para España.

Tema 35. OCM del plátano; competencias y funciones. Problemática actual del sector.

Tema 36. OCM vitivinícola; competencias y funciones. Problemática de su reforma para España.

Tema 37. OCM del aceite de oliva; competencias y funciones.

Tema 38. OCM de las oleaginosas; competencias y funciones. Análisis del sector de las proteaginosas en la Unión Europea.

Tema 39. OCM del azúcar; competencias y funciones.

Tema 40. OCM del tabaco; competencias y funciones.

Tema 41. OCM del lúpulo; OCM del lino y del cáñamo; competencias y funciones.

Tema 42. OCM de los forrajes desecados; competencias y funciones.

Tema 43. OCM de los cereales; competencias y funciones.

Tema 44. OCM del arroz; competencias y funciones.

Tema 45. Productos sin OCM específica; actuación y competencias de la Unión Europea en la regulación de estos mercados.

Tema 46. Productos de fuera del anexo II. Funciones y competencias.

Tema 47. Sectores pendientes de reforma. Problemática actual de los mismos.

Tema 48. Medidas de acompañamiento de la reforma de 1992: Protección del Medio Ambiente; forestación de tierras agrícolas; jubilación anticipada.

Tema 49. Financiación de la PAC: Política presupuestaria; instrumentos de financiación: FEOGA e IFOP; otros instrumentos financieros: FSE, FEDER, BEI; instrumento de financiación nacional: FEGA.

Tema 50. Acuerdos de la Ronda Uruguay del GATT: Acuerdos sobre agricultura; acuerdos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias; otros acuerdos multilaterales.

Tema 51. Consecuencias de los acuerdos del GATT sobre la agricultura y el comercio agrícola europeo y la PAC. Incidencia sobre el sector agrario español.

Tema 52. La PAC y el comercio mundial de productos agroalimentarios: Acuerdos comerciales de la Unión Europea (PECOS euromediterráneos, etc.); problemática de las zonas de libre cambio.

Tema 53. Ampliación a 15 de la Unión Europea. Consecuencias sobre el sector agrario y la PAC.

Tema 54. Futuro de la PAC: Mercado único. Moneda única; ampliación a los países de Europa central y oriental.

Tema 55. Política forestal comunitaria y protección del medio natural.

Tema 56. Política pesquera comunitaria. Características de la Europa Azul.

Parte III

a) Producción agraria y pesquera

Tema 1. La empresa agraria. Características diferenciales de la empresa agraria. La empresa agraria en la Unión Europea y en España.

Tema 2. La empresa pesquera. Características diferenciales de la empresa pesquera. La empresa pesquera en la Unión Europea y en España.

Tema 3. Los medios de producción en agricultura y ganadería. La mejora genética. Factores que la determinan.

Tema 4. Selección y reproducción en ganadería. Valoración de sementales. Control de rendimiento. Libros genealógicos.

Tema 5. Las razas autóctonas españolas y su importancia en la conservación del patrimonio genético.

Tema 6. El movimiento pecuario. El transporte de animales. Normativa de aplicación. El bienestar animal.

Tema 7. Mercados y lonjas. La formación de precios. Precios de los productos agrarios y de los medios de producción.

Tema 8. La alimentación animal. La industria de la alimentación animal en España.

Tema 9. Los aditivos en la alimentación animal. Control, autorización, normativa de aplicación.

Tema 10. Las producciones intensivas. La tecnología aplicada a las producciones ganaderas. Problemática.

Tema 11. Las producciones extensivas. Factores medioambientales. Problemática.

Tema 12. Sistemas de producción de carne de vacuno y ovino.

Tema 13. Sistemas de producción de carne de porcino, conejos y aves.

Tema 14. Sistemas de producción de leche.

Tema 15. Otras producciones ganaderas.

Tema 16. Sistemas de producción en acuicultura.

Tema 17. La investigación, experimentación y divulgación en agricultura, ganadería, pesca y acuicultura.

Tema 18. El desarrollo sostenible aplicado a la agricultura y a la ganadería.

Tema 19. Conservación de los recursos pesqueros y del medio marino (TAC).

b) Sanidad animal

Tema 20. Organización y estructura de los Servicios de Sanidad Animal en España. Funciones de planificación, coordinación y ejecución.

Tema 21. Estrategia de la Unión Europea en materia de Sanidad Animal. Asimetrías en la distribución geográfica de las enfermedades. Órganos directivos, ejecutivos y consultivos de los Servicios Veterinarios Europeos. Toma de decisiones. Agencias Europeas de Veterinaria y Medio Ambiente.

Tema 22. Oficina Internacional de Epizootias. Código Zoosanitario Internacional. Listas A y B de enfermedades. Aspectos sanitarios del comercio internacional. La Organización Mundial de la Salud.

Tema 23. Economía de la sanidad animal. Análisis costebeneficio del control de enfermedades. Estructuras técnicas básicas de vigilancia epidemiológica; soporte informático y análisis de los datos. Laboratorios de sanidad animal. Centros nacionales de referencia. Centros internacionales de referencia.

Tema 24. Objetivos y estructura de los programas de sanidad animal en las distintas especies animales. Agrupaciones de defensa sanitaria. Integración del sector ganadero en los planes de control y erradicación.

Tema 25. Medicamentos veterinarios. La Agencia Europea del Medicamento. Comisión Nacional de Evaluación de Medicamentos Veterinarios.

Tema 26. Ecología de la enfermedad. Distribución de la enfermedad en las poblaciones: Tendencias en la distribución espacial y temporal. Vigilancia epidemiológica de enfermedades endémicas y exóticas.

Tema 27. Determinantes de la enfermedad. Transmisión y mantenimiento de la infección entre individuos y poblaciones. La unidad epidemiológica.

Tema 28. Respuesta inmune: Componentes celulares y humorales del sistema inmune.

Tema 29. Identificación y medida de la respuesta inmune. El diagnóstico etiológico. Técnicas analíticas de diagnóstico inmunológico, su validación y armonización. Epidemiología serológica: Sensibilidad, especificidad y valor predictivo.

Tema 30. Mecanismos de las infecciones persistentes. Patogenia. Infecciones latentes. Infecciones crónicas. Infecciones lentas. Concepto y clases de portador.

Tema 31. Tipos de vacunas: Calidad, seguridad y eficacia. Vacunas obtenidas por biotecnología. Estrategias de inmunoprofilaxis. Diferenciación inmunológica entre animales vacunados e infectados.

Tema 32. Residuos de medicamentos veterinarios en carnes y productos cárnicos. Límites máximos de residuos. Plan Nacional de Investigación de Residuos.

Tema 33. Microbacteriosis. Epidemiología. Diagnóstico. Sistemas de control y erradicación.

Tema 34. Brucelosis. Etiopatogenia. Epidemiología. Sistemas de control y erradicación.

Tema 35. Micoplasmosis de los rumiantes. Epidemiología, control y profilaxis.

Tema 36. Enfermedades causadas por Picornaviriadae. Caliciviridae y Rhabdoviridae. Epidemiología, profilaxis y control.

Tema 37. Enfermedades causadas por Herpesviridae. Epidemiología e inmunoprofilaxis.

Tema 38. Enfermedades causadas por Togaviridae. Factores de riesgo de introducción y difusión de la U. E. Peste porcina africana. Epidemiología y erradicación.

Tema 39. Enfermedades causadas por Paramyxoviridae y Reoviridae. Epidemiología, control y erradicación.

Tema 40. Enfermedades causadas por Retroviridae. Bases para su profilaxis y erradicación. Epidemiología de las encefalitis espongiformes. Tema 41. Concepto y evolución de salud-enfermedad. Salud pública, evolución histórica. Funciones de la salud pública. Veterinaria de la salud pública.

Tema 42. El proceso administrativo en atención a la salud. Planificación, organización, dirección y evaluación de programas. Financiación de los gastos de salud. Modelos sanitarios. El modelo español.

Tema 43. Estadística y su aplicación a la salud pública. Especial referencia a la veterinaria de la salud pública.

Tema 44. Educación para la salud integrada en los programas de higiene del medio.

Tema 45. La Ley General de Sanidad. El Ministerio de Sanidad y Consumo. Competencias de las Comunidades Autónomas.

Tema 46. Evaluación del impacto ambiental. Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Normativa legal.

Tema 47. Residuos sólidos, tóxicos y peligrosos. Normativa legal. Recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos. Incidencia en el medio ambiente.

Tema 48. Plaquicidas y productos fitosanitarios. Normativa legal. Incidencia en el medio ambiente.

Tema 49. Conservación y preservación de los espacios naturales, flora y fauna. Normativa legal.

Tema 50. Salud pública e higiene del medio. Riesgos del ambiente sobre la salud. Programa integrado para el control de la contaminación.

Tema 51. La incidencia de las explotaciones ganaderas sobre la contaminación ambiental. Aspectos especiales, con particulares referencia al ganado porcino. Normativa legal.

Tema 52. La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. El Real Decreto de infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. Análisis.

Tema 53. El Código Alimentario Español. Reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad. Concepto y estructura.

Tema 54. Los alimentos. Clasificación bromatológica. Principios indispensables. Dieta equilibrada.

Tema 55. El consumo alimentario en España; los hábitos de consumo.

Tema 56. La calidad de los alimentos; protección y promoción.

Tema 57. Los alimentos como causa o vehículo de infecciones, intoxicaciones y toxiinfecciones.

Tema 58. Sistema de análisis de riesgos y control de puntos críticos. Concepto y aplicación. Autocontroles. Normativa legal.

Tema 59. La carne. Definición, composición, higiene e inspección. Despiece y clasificación comercial de las carnes frescas.

Tema 60. Mataderos. Homologación para intercambios intracomunitarios. Normativa legal.

Tema 61. Industrias de elaboración de productos cárnicos y otros productos de origen animal. Métodos de conservación. Normativa legal.

Tema 62. Leche y productos lácteos. Procesos tecnológicos para la elaboración de los distintos tipos y productos. Normativa legal.

Tema 63. Huevos. Tipificación y factores de calidad. Ovoproductos. Normativa legal. Miel. Tipificación y factores de calidad. Normativa legal.

Tema 64. Pescados, moluscos y crustáceos. Inspección. Depuración de moluscos. Normativa legal. Industrias del pescado. Tecnología. Normativa legal.

Tema 65. Frutas, verduras, hortalizas y setas. Normalización e inspección. Sistemas de conservación de los vegetales. Tecnología. Normativa legal.

Tema 66. Epidemiología. Concepto, usos y evolución histórica. Objetivos. Metodología epidemiológica.

Tema 67. Epidemiología de las enfermedades transmisibles: Características de la cadena epidemiológica. Métodos de control y erradicación. Modelos epidemiológicos.

Tema 68. Vectores y su importancia epidemiológica. Lucha antivectorial. Métodos y programas.

Tema 69. Zoonosis. Epidemiología y epizootiología. Bases para la elaboración de un programa de prevención y lucha. Normativa legal.

Tema 70. Principales zoonosis. Programas de prevención y lucha en España.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo Nacional Veterinario

Tribunal titular:

Presidenta: Doña María Josefa Lueso Sordo, Cuerpo Nacional Veterinario.

Vocales: Don Alfredo Solana Álamo, Catedrático de la Facultad de Veterinaria de Madrid; don Juan Ignacio Calvo Gabas, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos, y don Marcelino Toubes Herrero, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña Ardenia Sanz Gómez, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Arturo Anadón Navarro, Catedrático de la Facultad de Veterinaria de Madrid.

Vocales: Don Elías Ferri Rodríguez, Catedrático de la Facultad de Veterinaria de León; don Luis Cortina Freire, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos, y don Fernando Tarragato Cruz, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña Matilde Montes Fernández, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

ANEXO IV

Don/doña , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a del Cuerpo Nacional Veterinario, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En , a de de 1996.

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