Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-25362

Resolución de 22 de octubre de 1996, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada «Fundatecyr-Fundacion Atecyr», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 1996, páginas 34611 a 34611 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-25362

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas de la denominada «Fundatecyr-Fundación Atecyr», instituida y domiciliada en Madrid, calle Saturnino Calleja, número 16.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por don Gabriel Barceló RicoAvelló y otros en escritura otorgada en Madrid el día 4 de julio de 1996.

Segundo.-Tendrá por objeto principal el enriquecimiento científico, técnico, humanístico y cultural de la sociedad española.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación según consta en la escritura de constitución asciende a 1.080.000 pesetas ingresada en entidad bancaria.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por don Baldomero Cano Lazunza, Presidente; don Jaime Roberto Sordo González, Vicepresidente; don Emilio José Pijoan Castellet, Secretario; don José Luis Rodríguez Santamaría, Tesorero; don Gabriel Barceló Rico-Avelló, don Francisco Mari-Pino García, don Nicolás Gómez Gil, don Juan Vicente Martín Zorraquino y don José Pío Clavero Pardiñeiro, como Vocales; habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los mismos a la obligación de rendición de cuentas al protectorado.

Vistos la Constitución vigente, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25) de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General, el Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría del Departamento la resolución de este expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2, h), del Real Decreto 1887/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la determinación de la suficiencia de la dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la Fundación y el importe de la dotación, la Secretaría General del Protectorado estima que aquéllos son de investigación e interés general y que la dotación es inicialmente adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines, por lo que acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito nacional,

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de Fundaciones y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones a la denominada «Fundatecyr-Fundación Atecyr», de ámbito nacional, con domicilio en Madrid, calle Saturnino Calleja, número 16, así como el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 22 de octubre de 1996.-El Subsecretario, Ignacio González González.

Sr. Secretario general del Protectorado de Fundaciones Docentes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid