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Documento BOE-A-1996-25110

Resolución de 21 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de la cesión de uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» e intercambio de metodología, encaminado a mejorar los servicios de orientación profesional dirigidos al colectivo de personas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 12 de noviembre de 1996, páginas 34375 a 34376 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-25110

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de la cesión de uso y disfrute de la Aplicación Informática «Estrella» e intercambio de metodología, encaminado a mejorar los servicios de orientación profesional dirigidos al colectivo de personas con discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado»del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de octubre de 1996.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO

Convenio de Colaboración entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el establecimiento de la cesión de uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» e intercambio de metodología, encaminado a mejorar los servicios de orientación profesional dirigidos al colectivo de personas con discapacidad

PREÁMBULO

El Instituto Nacional de Servicios Sociales a través del Proyecto número 89, 89.1 INEM/INSERSO de la Iniciativa Comunitaria de Recursos Humanos Horizon ha desarrollado durante los años 1992, 1993 y 1994 un conjunto de acciones encaminadas a favorecer la integración sociolaboral de las personas con discapacidad.

El proyecto, cuyo ámbito territorial fue de catorce provincias, quedó dividido desde un principio en cuatro grandes Planes de Actuación.

1. Plan de clasificación, orientación y búsqueda de empleo:

Conocimiento del colectivo.

Detección de necesidades.

Implantación de sistemas de información y orientación.

Elaboración de mapas de recursos.

Coordinación entre organismos y agentes implicados.

2. Plan de formación:

Formación Profesional Ocupacional dirigida a personas con discapacidad.

Formación de Técnicos.

3. Plan de promoción de empleo:

Sondeos sectoriales del mercado de trabajo.

Información, orientación y apoyo a personas con discapacidad.

Asesoramiento a empleadores.

Itinerarios hacia el empleo ordinario.

Promoción de empleo autónomo.

4. Plan de información, difusión y acción transnacional:

Difusión de programas y medidas innovadoras.

Intercambio de experiencias.

Difusión de metodologías para la promoción del empleo.

Elaboración y difusión de guías, folletos y material de información.

La Aplicación Informática «Estrella» constituye una de las acciones específicas desarrolladas dentro del Plan de Clasificación Profesional, Orientación y Búsqueda de Empleo y tiene como objetivos básicos el servir de soporte y favorecer la elaboración de acciones específicas encaminadas a favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad, así como servir de instrumento de apoyo e información actualizada a los técnicos de los servicios de orientación profesional dirigidos a este colectivo.

De esta manera, esta aplicación informática ha sido diseñada para cubrir las necesidades técnicas (derivadas de los procesos de valoración, orientación, asesoramiento, formación profesional e inserción laboral), de las áreas de orientación profesional de los centros del Instituto Nacional de Servicios Sociales (centros base, centros de recuperación de minusválidos físicos y centros ocupacionales), así como de cualesquiera otros servicios de valoración, orientación profesional y/o inserción laboral dirigidos específicamente a estas personas.

Una de las características de la Iniciativa Comunitaria Horizon es conseguir que las acciones que se desarrollen produzcan un efecto multiplicador, que el apoyo y la cooperación entre grupos y organizaciones a nivel nacional proporcionen una continuidad de las acciones emprendidas y una amplia repercusión de las mismas, de forma que sus efectos lleguen a un mayor número de beneficiarios.

La coordinación entre organismos y el intercambio de metodología y experiencias son pilares fundamentales en las que basar estrategias para el mejor aprovechamiento de los recursos de cara a la realización de acciones innovadoras que faciliten el acceso de este colectivo al mercado de trabajo.

Por ello:

Madrid, 11 de septiembre de 1996.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende, Director general del Instituto Nacional de Servicios Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y, de otra, el excelentísimo señor don Guillermo Fernández Vara, Titular de la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Reconociéndose recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente Acuerdo.

EXPONEN

1. Que el Instituto de Servicios Sociales tiene, entre otros fines, el potenciar el fomento y coordinación de los estudios, de la investigación y de la experimentación de métodos y modalidades de actuación, así como la asistencia técnica encaminada a mejorar los servicios de orientación profesional existentes en todo el territorio nacional, dirigidos al colectivo de personas con discapacidad, dentro del mutuo respecto a los ámbitos competenciales, funcionales y organizativos que establece el ordenamiento vigente.

2. Que recientemente el Instituto de Servicios Sociales ha editado una de las acciones específicas desarrolladas dentro de la Iniciativa Comunitaria Horizon, denominada Aplicación Informática «Estrella», cuyos objetivos y destinatarios han sido ampliamente descritos en el preámbulo de este Acuerdo.

3. Que la Dirección General de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha mostrado interés por la utilización y puesta en marcha de la mencionada aplicación informática en las Áreas de Orientación Profesional de los centros ubicados dentro de su territorio autonómico.

4. Que tanto el Instituto de Servicios Sociales como la Consejería de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Extremadura están de acuerdo en establecer un Convenio de Colaboración que facilite la asistencia técnica, así como el intercambio de metodología en base a adaptar dicha aplicación informática a las necesidades de los Servicios de Orientación para personas con discapacidad en esa Comunidad Autónoma.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, la Consejería de Bienestar Social y el Instituto Nacional de Servicios Sociales.

CONVIENE

A tal fin, formalizar el presente Convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La finalidad de este Convenio de Colaboración es la cesión por parte del Instituto de Servicios Sociales a las Comunidades Autónomas, el uso y disfrute de la Aplicación Informática «Estrella», así como de toda la documentación técnica necesaria relacionada en el anexo a este Convenio en base a su instalación y puesta en marcha en los centros de esa Comunidad. Segunda.-El Instituto de Servicios Sociales facilitará la asistencia técnica necesaria y la formación de un grupo de técnicos-usuarios a efectos de facilitar el acceso y utilización de la mencionada aplicación informática.

Tercera.-La Consejería de Bienestar Social facilitará al Instituto de Servicios Sociales la metodología empleada en todo lo relativo a los procesos previstos en la aplicación informática que se cede, comunicando, asimismo, los fallos, disfunciones o limitaciones detectadas una vez instalada en los centros, en base a ir adecuando y mejorando, en la medida de lo posible, el instrumento informático a las necesidades técnicas de esa Comunidad Autónoma.

Las modificaciones y/o mejoras a realizar en las estructuras de los programas contenidos en la Aplicación Informática «Estrella» sólo podrán ser realizadas por el Instituto de Servicios Sociales, quien se reserva los programas fuentes en propiedad sin que éstos se incluyan en la cesión prevista en el presente Convenio de Colaboración.

Cuarta.-A tenor de lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, sobre la Función Estadística Pública, sin perjuicio de las funciones encomendadas al respecto a la Agencia de Protección de Datos, artículo 36.m) de la Ley Orgánica 5/1992, una vez en explotación la Aplicación Informática, la Consejería de Bienestar Social facilitará al Instituto de Servicios Sociales información relativa a datos globales relacionados con los procesos desarrollados por la misma a efectos estadísticos. Por su parte, el Instituto de Servicios Sociales facilitará a la Consejería de Bienestar Social la información elaborada sobre las mismas materias.

En ningún caso se establecerá intercambio de datos de carácter personal entre las partes, como consecuencia de los ficheros que se generen con la explotación de la Aplicación Informática «Estrella».

Quinta.-Ambas partes se comprometen:

a) Al asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con las actividades que desarrollan en relación con los procesos previstos en la Aplicación Informática «Estrella».

b) A la cooperación en programas de formación de personal técnico trabajando en áreas de orientación profesional para personas con discapacidad.

c) A la organización y ejecución de actividades comunes consideradas de interés mutuo dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen la finalidad del presente Acuerdo.

Sexta.-Con el fin de hacer llegar al mayor número de usuarios posibles la metodología desarrollada en esta Aplicación Informática, la Consejería de Bienestar Social podrá difundir y dar a conocer este instrumento en todos los organismos públicos y entidades privadas interesados en su utilización en esa Comunidad Autónoma.

La cesión, asistencia técnica y ajuste del mencionado instrumento informático a las necesidades de aquellos Servicios de Orientación Profesional que así lo solicitaran, quedará supeditado a la celebración de los acuerdos oportunos entre éstos y el Instituto de Servicios Sociales.

Séptima.-La cesión del uso y disfrute de la Aplicación Informática «Estrella», prevista en este Convenio de Colaboración, es totalmente gratuita, quedando absolutamente prohibida la comercialización de la citada Aplicación Informática, así como la documentación que se relaciona en el anexo a este Convenio de Colaboración.

Octava.-La cesión del uso y disfrute de la Aplicación Informática «Estrella», prevista en este Acuerdo de Colaboración, no exime a la Consejería de Bienestar Social de sus obligaciones y responsabilidad como titular de los ficheros que se generen, en relación con la vigente legislación que regula el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

Novena.-El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de un año renovable por períodos iguales por acuerdo tácito.

Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo.

Cualquiera de las partes podrá, a su vez, denunciar el presente Acuerdo comunicándolo por escrito a la otra parte con tres meses de antelación a la fecha que vaya a darlo por terminado. En ambos casos deberán finalizarse las tareas proyectadas hasta esa fecha.

Décima.-La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente Acuerdo.

Y en prueba de conformidad, firman por duplicado el presente Acuerdo en el lugar y fecha antes señalados.

Por la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Titular de la Consejería de Bienestar Social, Guillermo Fernández Vera.-Por el Instituto de Servicios Sociales, el Director general, Héctor Maragall Gómez-Allende.

ANEXO

Relación de material cedido por el Instituto de Servicios Sociales a la Consejería de Bienestar Social en base al Convenio de Colaboración celebrado por ambas entidades con fecha 11 de septiembre de 1996:

Dos copias de Aplicación Informática «Estrella» en juegos de seis discos de 3,5».

Dos manuales de uso de la Aplicación Informática «Estrella».

Dos modelos de fichas-tipo diseñadas:

Ficha-soporte entrevistas personales con discapacidad.

Ficha-tipo centros.

Ficha-tipo empresas.

Ficha-tipo ofertas.

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