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Documento BOE-A-1996-25106

Resolución de 21 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales y el Instituto andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía para el establecimiento de la cesión de uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» e intercambio de metodología, encaminado a mejorar los servicios de orientación profesional dirigidos al colectivo de personas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 12 de noviembre de 1996, páginas 34370 a 34371 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1996-25106

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales y el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía para el establecimiento de la cesión de uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» e intercambio de metodología, encaminado a mejorar los servicios de orientación profesional dirigidos al colectivo de personas con discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de octubre de 1996.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

ANEXO

Convenio de Colaboración entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales y el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía para el establecimiento de la cesión de uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» e intercambio de metodología, encaminado a mejorar los servicios de orientación profesional dirigidos al colectivo de personas con discapacidad

PREÁMBULO

El Instituto Nacional de Servicios Sociales a través del proyecto número 89, 89.1 INEM/INSERSO de la Iniciativa Comunitaria de Recursos Humanos «Horizon», ha desarrollado durante los años 1992, 1993 y 1994 un conjunto de acciones encaminadas a favorecer la integración sociolaboral de las personas con discapacidad.

El proyecto, cuyo ámbito territorial fue de catorce provincias, quedó dividido, desde un principio, en cuatro grandes planes de actuación:

1. Plan de Clasificación, Orientación y Búsqueda de Empleo:

Conocimiento del colectivo.

Detección de necesidades.

Implantación de sistemas de información y orientación.

Elaboración de mapas de recursos.

Coordinación entre organismos y agentes implicados.

2. Plan de Formación:

Formación profesional ocupacional dirigida a personas con discapacidad.

Formación de técnicos.

3. Plan de Promoción de Empleo:

Sondeos sectoriales del mercado de trabajo.

Información, orientación y apoyo a personas con discapacidad.

Asesoramiento a empleadores.

Itinerarios hacia el empleo ordinario.

Promoción del empleo autónomo.

4. Plan de Información, Difusión y Acción Transnacional:

Difusión de programas y medidas innovadoras.

Intercambio de experiencias.

Difusión de metodologías para la promoción del empleo.

Elaboración y difusión de guías, folletos y material de información.

La aplicación informática «Estrella» constituye una de las acciones específicas desarrolladas dentro del Plan de Clasificación Profesional, Orientación y Búsqueda de Empleo y tiene como objetivos básicos el servir de soporte y favorecer la elaboración de acciones específicas encaminadas a favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad, así como servir de instrumento de apoyo e información actualizada a los técnicos de los Servicios de Orientación Profesional dirigidos a este colectivo.

De esta manera, esta aplicación informática ha sido diseñada para cubrir las necesidades técnicas (derivadas de los procesos de valoración, orientación, asesoramiento, formación profesional e inserción laboral) de las Áreas de Orientación Profesional de los Centros del Instituto de Servicios Sociales (centros base, centros de recuperación de minusválidos físicos y centros ocupacionales), así como de cualesquiera otros Servicios de Valoración Orientación Profesional y/o Inserción Laboral dirigidos específicamente a estas personas.

Una de las características de la Iniciativa Comunitaria «Horizon», es conseguir que las acciones que se desarrollen produzcan un efecto multiplicador, que el apoyo y la cooperación entre grupos y organizaciones a nivel nacional proporcionen una continuidad de las acciones emprendidas y una amplia repercusión de las mismas, de forma que sus efectos lleguen a un mayor número de beneficiarios.

La coordinación entre organismos y el intercambio de metodología y experiencias son pilares fundamentales en las que basar estrategias para el mejor aprovechamiento de los recursos de cara a la realización de acciones innovadoras que faciliten el acceso de este colectivo al mercado de trabajo.

Por ello:

Madrid, 4 de julio de 1996.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allende, Director general del Instituto Nacional de Servicios Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y, de otra, la ilustrísima señora doña Prudencia Rebollo Arroyo, Directora gerente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, por delegación conferida por Orden de 28 de noviembre de 1994.

Reconociéndose recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente Convenio.

EXPONEN

1. Que el Instituto Nacional de Servicios Sociales tiene, entre otros fines, el potenciar el fomento y coordinación de los estudios, de la investigación y la experimentación de métodos y modalidades de actuación, así como la asistencia técnica encaminada, dirigida a mejorar los servicios de orientación profesional existentes en todo el territorio nacional, dirigidos al colectivo de personas con discapacidad, dentro del mutuo respeto a los ámbitos competenciales, funcionales y organizativos que establece el ordenamiento vigente.

2. Que recientemente el Instituto Nacional de Servicios Sociales ha editado una de las acciones específicas desarrolladas dentro de la Iniciativa Comunitaria «Horizon», denominada Aplicación Informática «Estrella» cuyos objetivos y destinatarios han sido ampliamente descritos en el preámbulo de este Acuerdo.

3. Que el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía ha mostrado interés por la utilización y puesta en marcha de la mencionada aplicación informática en las Áreas de Orientación Profesional de los Centros ubicados dentro de su territorio autonómico.

4. Que tanto el Instituto Nacional de Servicios Sociales como el Instituto Andaluz de Servicios Sociales (IASS) están de acuerdo en establecer un Convenio de Colaboración que facilite la asistencia técnica, así como el intercambio de metodología en base a adaptar dicha aplicación informática a las necesidades específicas de los Servicios de Orientación para personas con discapacidad en esa Comunidad Autónoma.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, el Instituto Andaluz de Servicios Sociales y el Instituto Nacional de Servicios Sociales

CONVIENEN

A tal fin, formalizan el presente Convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La finalidad de este Convenio de Colaboración por parte del Instituto Nacional de Servicios Sociales al Instituto Andaluz de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, el uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella», así como de toda la documentación técnica necesaria relacionada con el anexo a este Convenio en base a su instalación y puesta en marcha en los ocho centros base de minusválidos de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Segunda.-El Instituto Nacional de Servicios Sociales facilitará la asistencia técnica necesaria y la formación de un grupo de técnicos-usuarios a efectos de facilitar el acceso y utilización de la mencionada aplicación informática.

Tercera.-El Instituto Andaluz de Servicios Sociales facilitará al Instituto de Servicios Sociales la metodología empleada en todo lo relativo a los procesos previstos en la aplicación informática que se cede, comunicando asimismo los fallos, disfunciones o limitaciones detectadas una vez instalada en los centros, en base a ir adecuando y mejorando, en la medida de lo posible el instrumento informático a las necesidades técnicas de esa Comunidad Autónoma.

Las modificaciones y/o mejoras a realizar en las estructuras de los programas contenidos en la aplicación informática «Estrella» sólo podrán ser realizadas por el Instituto Nacional de Servicios Sociales, quien se reserva los programas fuentes en propiedad sin que éstos se incluyan en la cesión prevista en el presente Convenio de Colaboración.

Cuarta.-A tenor de lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, sobre la Función Estadística Pública, sin perjuicio de las funciones encomendadas al respecto a la Agencia de Protección de Datos, artículo 36, Ley Orgánica 5/1992, una vez de la explotación la aplicación informática, el Instituto Andaluz de Servicios Sociales facilitará al Instituto de Servicios Sociales información relativa a datos globales relacionados con los procesos desarrollados por la misma a efectos estadísticos. Por su parte, el Instituto Nacional de Servicios Sociales facilitará al Instituto Andaluz de Servicios Sociales la información elaborada sobre las mismas materias.

En ningún caso se establecerá intercambio de datos de carácter personal entre las partes, como consecuencia de los ficheros que se generen con la explotación de la aplicación informática «Estrella».

Quinta.-Ambas partes se comprometen:

a) Al asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con las actividades que desarrollan en relación con los procesos previstos en la aplicación informática «Estrella».

b) A la cooperación en programas de formación de personal técnico trabajando en Áreas de Orientación Profesional para personas con discapacidad.

c) A la organización y ejecución de actividades comunes consideradas de interés mutuo dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen la finalidad del presente Convenio.

Sexta.-Con el fin de hacer llegar al mayor número de usuarios posible la metodología desarrollada en esta aplicación informática, el Instituto Andaluz de Servicios Sociales podrá difundir y dar a conocer este instrumento en todos los organismos públicos y entidades privadas interesados en su utilización en esa Comunidad Autónoma.

La cesión, asistencia técnica y ajuste del mencionado instrumento informático a las necesidades de aquellos Servicios de Orientación Profesional que así lo solicitaran, quedará supeditado a la celebración de los acuerdos oportunos entre éstos y el Instituto de Servicios Sociales.

Séptima.-La cesión del uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» prevista en este Convenio de Colaboración es totalmente gratuita, quedando absolutamente prohibida la comercialización de la aplicación informática «Estrella» y documentación que se relaciona en el anexo de este Convenio.

Octava.-La cesión del uso y disfrute de la aplicación informática «Estrella» prevista en este Convenio de Colaboración, no exime al Instituto Andaluz de Servicios Sociales de sus obligaciones y responsabilidades como titular de los ficheros que se generen, en relación con la vigente legislación que regula el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

Novena.-El presente Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de un año renovable por períodos iguales por acuerdo tácito.

Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo.

Cualquiera de las partes podrá, a su vez, denunciar el presente Convenio comunicándolo por escrito a la otra parte con tres meses de antelación a la fecha que vaya a darlo por terminado. En ambos casos deberán finalizarse las tareas proyectadas hasta esa fecha.

Décima.-La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente Convenio.

Y en prueba de conformidad, firman por duplicado el presente Convenio en el lugar y fecha anteriormente señalados.

Por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales, la Directora gerente, Prudencia Rebollo Arroyo.-Por el Instituto Nacional de Servicios Sociales, el Director general, Héctor Maravall Gómez-Allende.

ANEXO

Relación de material cedido por el Instituto Nacional de Servicios Sociales al Instituto Andaluz de Servicios Sociales en base al Convenio de Colaboración celebrado por ambas entidades con fecha 4 de julio de 1996:

Ocho copias de la aplicación informática «Estrella» en juegos de seis discos de 3,5".

Ocho manuales de uso de la aplicación informática «Estrella».

Ocho modelos de fichas-tipo diseñadas:

Ficha-soporte entrevista personas con discapacidad.

Ficha-tipo centros.

Ficha-tipo empresas.

Ficha-tipo ofertas.

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