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Documento BOE-A-1996-24976

Resolución de 24 de octubre de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 415/1994, interpuesto por don Pedro Luis García Montilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 11 de noviembre de 1996, páginas 34235 a 34235 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-24976

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 15 de julio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 415/1994, interpuesto por don Pedro Luis García Montilla, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 27 de diciembre de 1993, que declaró al interesado autor responsable de una falta leve y de otra grave, y le impuso una sanción de apercibimiento y otra de suspensión de funciones de diez días.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que, estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro Luis García Montilla, contra la Resolución del Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 27 de diciembre de 1993, debemos declarar la prescripción de la infracción referida a los hechos sancionados como falta leve y, en consecuencia, revocamos la Resolución impugnada en este particular, dejando sin efecto la sanción por la falta leve, y confirmando la Resolución impugnada en lo demás referido a la sanción por falta grave, al ser ajustada a Derecho su imposición, sin hacer expresa condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 24 de octubre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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