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Documento BOE-A-1996-24946

Resolución de 15 de octubre de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 1.431/1994, interpuesto por don Francisco Andrés Vilaplana y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 11 de noviembre de 1996, páginas 34227 a 34227 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-24946

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una Sentencia, el 10 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 1.431/1994, interpuesto por don Francisco Andrés Villaplana, doña María Victoria Lozano Tarancón, doña María Vicenta Gallego Soler, don José Miguel Macián Villanueva, doña Belén Martínez Sanmiguel, doña Socorro Palencia Herrero, don José Luis Tejero Gil y don Demetrio Sancho Gargallo, contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 16 de noviembre de 1993, que desestimó el recurso de reposición, planteado por los interesados, contra la desestimación, por silencio, de su petición inicial de 18 de febrero de 1993, relativa a que se anunciasen de nuevo, en concurso, determinados puestos de trabajo.

La parte dispositiva, de la mencionada Sentencia, contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el letrado don Andrés Morey Navarro, en nombre de las personas relacionadas en el encabezamiento de la demanda, contra la Resolución de 16 de noviembre de 1993, que desestimó el recurso de reposición formulado contra la resolución denegatoria, presunta por silencio administrativo, de la petición formulada, debemos confirmar y confirmamos dichas resoluciones administrativas, por ser conformes a Derecho, sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada Sentencia.

Madrid, 15 de octubre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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