En el recurso contencioso-administrativo número 693/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por «Victorinox Ag.», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de febrero de 1993 y 26 de abril de 1994, se ha dictado, con fecha 3 de abril de 1996 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Victorinox Ag.", contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de febrero de 1993, que denegó la inscripción de la marca 1.550.579, "gráfica", así como la desestimación de la reposición interpuesta contra aquélla; debemos declarar dichos actos administrativos no conformes con el ordenamiento jurídico, anulándolos. No se hace imposicion de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de octubre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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