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Documento BOE-A-1996-24818

Resolución de 7 de noviembre de 1996, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la inclusión en la Central de Anotaciones de una emisión de Obligaciones de la entidad financiera Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 9 de noviembre de 1996, páginas 34169 a 34169 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-24818

TEXTO ORIGINAL

La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que desarrolla el Mercado de la Deuda Pública en Anotaciones establece en su artículo 55 que las Comunidades Autónomas y otras entidades y sociedades públicas podrán negociar en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones aquellas categorías de valores que emitan bajo esa forma de representación.

El Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, que regula la adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece en su disposición adicional segunda el procedimiento para aplicar lo previsto en el artículo 55 de la Ley citada.

En su virtud, previo informe favorable del Banco de España y haciendo uso de las facultades que me confieren en la Orden de 6 de julio de 1993, he resuelto:

Autorizar la negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones de una emisión de bonos del Instituto de Crédito Oficial (ICO), para 1996, cuyas características básicas son:

Nominal de la emisión: 20.000 millones de pesetas.

Instrumentación: Obligaciones simples al portador.

Precio de la emisión: A la par, libre de gastos para el suscriptor.

Nominal unitario: 25.000.000 de pesetas.

Fecha de emisión: 11 de noviembre de 1996.

Tipo de interés: El 7,17 por 100 fijo anual los tres primeros años y a partir del cuarto año, en caso de que el Instituto de Crédito Oficial no ejerza su opción de amortización anticipada y hasta su vencimiento, será de un 7,28 por 100 fijo anual pagadero, en ambos casos, los días 11 de noviembre de cada año.

Amortización: El 11 de noviembre de 2001, al 100 por 100 del valor nominal. Libre de gastos para el tenedor.

El Instituto de Crédito Oficial tendrá opción de amortizar anticipadamente la emisión al final del tercer año, es decir, el 11 de noviembre de 1999.

En caso de ejercitarse dicha opción de amortización, se realizará a la par, es decir, al 100 por 100 del valor nominal de cada obligación, y deberá comunicarse mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y en un diario de difusión nacional a los tenedores de los mismos con un preaviso de veinte días naturales antes de finalizar el tercer año de vida de la emisión.

Materialización: Anotaciones en cuenta.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 7 de noviembre de 1996.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

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