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Documento BOE-A-1996-24307

Orden de 17 de octubre de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 3/70/94, promovido por doña Alba Villar Rey.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 1996, páginas 33348 a 33349 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-24307

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 28 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/70/94, en el que son partes, de una, como demandante doña Alba Villar Rey, y de otra como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 2 de noviembre de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 2 de noviembre de 1990, sobre compatibilidad de actividades públicas.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Rechazamos la inadmisibilidad del recurso propuesto por el Abogado del Estado en la contestación; y resolviendo el fondo desestimamos íntegramente el recurso contencioso-administrativo número 3/70/1994, interpuesto por doña Alba Villar Rey, contra la Resolución del Subsecretario, por delegación del Ministro para las Administraciones Públicas, de 2 de noviembre de 1993, que declara inadmisible el recurso de reposición contra la del Inspector General de Servicios de la Administración Pública, por delegación del mismo Ministro indicado, de 2 de noviembre de 1990, que declaró la incompatibilidad entre las dos actividades públicas desarrolladas por la interesada, la principal de Matrona de equipo de zona del INSALUD en Vigo (Pontevedra), y la secundaria de Matrona en el Instituto Social de la Marina en Vigo (Pontevedra), habiendo sido declarada en situación de excedencia voluntaria en esta actividad secundaria, resoluciones que confirmamos al ser conformes al ordenamiento jurídico, en los motivos que han sido objeto de impugnación, absolviendo a la Administración General del Estado demandada de las pretensiones contra ella deducidas en la demanda; y sin condena en las costas causadas en este proceso.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 17 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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