En el recurso contencioso-administrativo número 741/1993 interpuesto por don Ignacio Borraz Moreno, contra la resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 23 de noviembre de 1992, que lo jubiló y determinó sus derechos pasivos y contra la de 30 de junio de 1993, que desestimó el recurso de reposición, en solicitud de que le sean reconocidos como años de servicio, a efectos de pasivos, los períodos de tiempo trabajados en empresas públicas extranjeras, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Sexta), con fecha 17 de enero de 1996, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Ignacio Borraz Moreno, contra la resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 23 de noviembre de 1992, que lo jubiló y determinó sus derechos pasivos y contra la de 30 de junio de 1993, que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones ajustadas a Derecho, confirmando las mismas, sin hacer especial imposición de las costas del recurso.»
En su virtud, esta Subsecretaría, conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 10 de octubre de 1996.-El Subsecretario, Juan Junquera González.
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