Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 11 de julio de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el recurso contencioso-administrativo número 156/1992, promovido por don Vicente Hidalgo Otero, contra resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria, por silencio administrativo del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimando la demanda, debemos anular, por ser contrarias al ordenamiento jurídico, las resoluciones recurridas a que se ha hecho mención en los antecedentes de esta sentencia.
Sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 27 de septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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