En el recurso contencioso-administrativo número 525/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de marzo de 1993 y 21 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 11 de abril de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Iberia Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de marzo de 1994, confirmatoria en reposición de la de 2 de marzo de 1993, debemos declarar y declaramos que dichas Resoluciones son conformes a Derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de septiembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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