En el recurso contencioso-administrativo número 1.543/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por E.I. Du Pont de Nemours and Company contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de diciembre de 1992 y 17 y 24 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 20 de julio de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso deducido por la representación procesal de E.I. Du Pont de Nemours and Company contra los actos a que el mismo se contrae, actos que anulamos declarando el derecho de la actora a la inscripción de las marcas que dichos actos deniegan, sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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