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Documento BOE-A-1996-22289

Orden de 13 de septiembre de 1996 por la que se modifica la autorización de los centros privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria «Nuestra Señora de la Consolación», de Villacañas (Toledo).

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 1996, páginas 30266 a 30266 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-22289

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de doña Beatriz de Diego Millán, representante de la titularidad de los centros docentes privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria denominados «Nuestra Señora de la Consolación», domiciliados en la calle María Rosa Molas, número 18, de Villacañas (Toledo), solicitando modificación de la autorización de los centros por ampliación de seis unidades de Educación Primaria y cuatro unidades de Educación Secundaria Obligatoria,

Este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, ha resuelto:

Primero.-Modificar la autorización de los centros privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria «Nuestra Señora de la Consolación», de Villacañas (Toledo), que quedan configurados del modo siguiente:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Nuestra Señora de la Consolación».

Titular: Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación.

Domicilio: Calle María Rosa Molas, número 18.

Localidad: Villacañas.

Municipio: Villacañas.

Provincia: Toledo.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.

Capacidad: 12 unidades y 290 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Nuestra Señora de la Consolación».

Titular: Congregación de Hermanas de Nuestra Señora de la Consolación.

Domicilio: Calle María Rosa Molas, número 18.

Localidad: Villacañas.

Municipio: Villacañas.

Provincia: Toledo.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: Ocho unidades y 240 puestos escolares.

Segundo.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de septiembre de 1996.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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